¿Cuándo un menor puede ser vacunado en contra de la voluntad de sus papás?

Entidades estatales apelaron a artículos de Código de la Niñez y Código de la Familia

30 de Ene. 2022 | 11:35 am

(CRHoy.com). El personal de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), destacado en el Hospital San Vicente de Paúl de Heredia, se facultó en 2 extremos legales para proceder con la vacunación del menor de 6 años, cuya madre no quería que se inoculara contra el COVID-19.

Para este fin, el Patronato Nacional de la Infancia (PANI) emitió al centro médico el oficio PANI-OLHS-OF-00052-2022, preparado por la oficina de Heredia Sur, en la que apuntaron que el hospital debía actuar en función de sus competencias, según criterio médico, conforme lo dispuesto en los Artículos 43 y 46 del Código de Niñez y Adolescencia y el Artículo 144 del Código de Familia.

Estos sustentos podrían funcionar en casos similares y no solo en casos atinentes al COVID-19.

¿Qué estipulan estos artículos?

Código de la Niñez y Adolescencia:

Artículo 43 – Vacunación.

Las personas menores de edad deberán ser vacunadas contra las enfermedades que las autoridades de salud determinen. Suministrar y aplicar las vacunas serán obligaciones de la CCSS.

Por razones médicas, las excepciones para aplicar las vacunas serán autorizadas solo por el personal de salud correspondiente.

El padre, la madre, los representantes legales o las personas encargadas serán responsables de que la vacunación obligatoria de las personas menores de edad a su cargo se lleve a cabo oportunamente.

Artículo 46- Denegación de consentimiento.

Si el padre, la madre, los representantes legales o las personas encargadas negaren, por cualquier razón, su consentimiento para la hospitalización, el tratamiento o la intervención quirúrgica urgentes de sus hijos, el profesional en salud queda autorizado para adoptar las acciones inmediatas a fin de proteger la vida o la integridad física y emocional de ellos, en los términos del Artículo 144 del Código de Familia.

Código de Familia:

Artículo 144 -Autorización para intervención médica de menores

Cuando sea necesaria una hospitalización, un tratamiento o una intervención quirúrgica, decisivos e indispensables para resguardar la salud o la vida del menor, queda autorizada la decisión facultativa pertinente, aun contra el criterio de los padres. En los casos de menores representados por el PANI, se aplicará igual disposición ante una discrepancia.

Según el PANI, en el caso del menor, se realizó una investigación preliminar el 28 de enero que apuntó el riesgo a la salud en el entendido que egresara del centro médico sin la respectiva inoculación.

"(…) no se identifican otros factores de vulnerabilidad que imposibiliten el retorno de la persona menor de edad con sus progenitores, que no sean el riesgo a su salud si no cuenta con la vacunación previo al egreso hospitalario, sean el alto riesgo en su salud que refieren en los informes remitidos. Por lo que reitera que el hospital en atención a su criterio médico y la legislación vigente está facultado para efectuar la vacunación previa a la salida de Mateo del centro médico en resguardo del derecho fundamental a la salud y vida", apuntó la entidad.

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Arcelio Hernández, abogado que asesora a los padres del menor, explicó a través de su página oficial en Facebook que las autoridades del hospital actuaron contrario a derecho.

"El consentimiento informado, previo, pleno y libre, es aún más importante tratándose de una vacuna que apenas tiene autorización de uso de emergencia en la población pediátrica. Y ese consentimiento es de los padres. La representación de los hijos es un atributo de la patria potestad", detalló Hernández.

La madre del niño denunció supuestos atropellos y agresiones físicas por parte del personal hospitalario mientras intentaba frenar la vacunación del menor, quien deberá recibir la segunda dosis en 21 días.

La mujer, quien está embarazada, afirmó que le arrebataron el celular para evitar que grabara la situación y negó que intentara "salir corriendo" con el niño. Al parecer, ella presentaría una denuncia formal ante la Fiscalía Adjunta de Heredia por lo ocurrido.

El caso de Mateo motivó una manifestación el miércoles pasado frente a las instalaciones del centro médico. Sin embargo, en determinado momento, un grupo de personas intentó ingresar a la fuerza, enfrentándose a la seguridad interna, para "rescatar" al menor. Fruto de esto, 7 personas resultaron detenidas. Entre ellas, el conocido líder "antivacunas" contra el COVID 19, Marco Morales Albertazzi.

La vacunación de menores de 18 años es obligatoria en Costa Rica.

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