#CRHoyExplica ¿Por qué Aquí Costa Rica Manda se quedó sin candidatos a alcaldes?

16 de Dic. 2023 | 1:02 pm

Archivo CRH

Este jueves los magistrados del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) emitieron dos resoluciones donde señalan que los candidatos a alcaldes, vicealcaldes y síndicos del partido Aquí Costa Rica Manda (ACRM) quedaron fuera de las elecciones municipales del próximo 4 de febrero.

La razón principal es que este partido no cumplió con el quesito de paridad de género horizontal para sus candidatos. Esto quiere decir que ACRM debió presentar igual cantidad de hombres como de mujeres en sus candidaturas para este proceso electoral.

En una votación dividida de tres en contra y dos a favor, los magistrados rechazaron la apelación que interpuso el presidente de ACRM, Federico Cruz, conocido como Choreco, figura cercana al presidente Rodrigo Chaves.

En la resolución 10157-E3-2023, el TSE declaró, sin lugar, la apelación relativa a la no inscripción de las candidaturas a las alcaldías y vicealcaldías de 69 cantones de esta agrupación.

El asesor político del TSE, Gustavo Román, explicó que esta agrupación no cumplió el principio de paridad horizontal previsto en el ordenamiento jurídico electoral, por cuanto, de la totalidad de las candidaturas cuya inscripción se solicitó, 36 de ellas fueron encabezadas por hombres mientras que las otras 33 por mujeres.

"Además, debido a que la candidatura propuesta para la alcaldía de Talamanca, recayó en una persona de sexo distinto (femenino) del que fue fijado por la Asamblea Nacional del partido para encabezar la nómina de esa circunscripción electoral en ese cargo (masculino)", agregó Román.

El asesor y amigo cercano del presidente, Federico Cruz, es el presidente de Aquí Costa Rica Manda. Foto: CRH.

Incumplimiento

En el caso de las sindicaturas, ACRM presentó la solicitud de inscripción de 391 candidatos y mediante la resolución 10148-E3-2023, el TSE declaró, de forma unánime, la apelación, porque el partido, no definió el género de los encabezamientos de sus listas de candidaturas uninominales antes de que empezara el proceso de elección interno.

"El TSE señala que, contrario a la regla fijada en la resolución 1330-E8-2023 del 6 de marzo de 2023, para la implementación de la paridad horizontal en los cargos uninominales (como es el caso de las sindicaturas), el partido no definió, antes de que se convocara la contienda interna, los encabezamientos para las candidaturas a las sindicaturas que presentarían en los diversos distritos del país, con lo cual no estaban habilitados, ni siquiera, para iniciar el proceso de elección de candidaturas partidarias", explicó Román.

Excepcionalidad

El TSE reconoció, en otra resolución del 28 de abril pasado, el reto que supondría para los partidos cumplir con las reglas de paridad horizontal que hasta este momento fueron inéditas en el país.

Para ello fijó supuestos, indicó Román, en los cuales los partidos podrían, excepcionalmente, presentar sus nóminas sin haber logrado la paridad horizontal. Pero, para eso, era imprescindible que se dieran las siguientes condiciones:

  • Si después de convocadas las asambleas partidarias para designar las candidaturas, los partidos no lograban la paridad, la asamblea superior quedaba habilitada para realizar, de manera directa, las designaciones que hicieran falta para alcanzar esos porcentajes (50% y 50%), pudiendo ser ciudadanos que cumplieran los requisitos legales -aunque no así los estatutarios- en tanto formaran parte de los encabezamientos previamente definidos.
  • La agrupación debía demostrar ante la administración electoral, que, al momento de entregar las nóminas, llevó a cabo diversas acciones para alcanzar la paridad y que, pese a ello, no lo logró.
  • Acreditar en el acta de la asamblea superior que efectivamente se dio la oportunidad a los militantes y delegados para postular nuevas candidatas o candidatos con el fin de cumplir con la paridad horizontal, para lo cual es importante recordar que los delegados del TSE fiscalizan todas las asambleas partidarias y que rinden un informe en el que acreditan las acciones adoptadas por los partidos para procurar, entre otros aspectos, la referida paridad.

En el caso de ACRM, no se tuvo por demostrado que, para cumplir el principio de paridad horizontal en la integración de sus listas, la Asamblea Nacional, en su sesión del 30 de setiembre de 2023, abriera un espacio efectivo para la discusión y posterior designación de las nóminas a las alcaldías y vicealcaldías municipales vacantes.

Aquí puede leer la resolución completa del TSE: TSE, 10157-E3-2023

Según indicó el letrado del TSE Andrey Cambronero, aún existe pendientes algunas apelaciones en el caso de candidaturas de regidurías de ACRM, razón por la cual no es posible señalar que esta agrupación chavista, está totalmente fuera del proceso municipal.

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