Corte había concluido en abril que plan fiscal no afectaba al Poder Judicial

Iniciativa de ley ya incluía entonces reformas que ahora la Dirección Jurídica cuestiona

15 de Oct. 2018 | 8:29 am
Corte Suprema de Justicia. CRH

Corte Suprema de Justicia. CRH

Contrario a lo que estableció la Dirección Jurídica la semana pasada al señalar que el plan fiscal afectará el funcionamiento del Poder Judicial, en abril, la Corte Plena había ya dado su beneplácito al proyecto de ley.

Así consta en una carta enviada el 16 de abril pasado por el entonces presidente de la Corte Suprema de Justicia Carlos Chinchilla, a la Jefa de Área de la comisión encargada de ver el tema, Noemy Gutiérrez.

La respuesta se dio ante una consulta de la Asamblea Legislativa solicitada el 2 de abril anterior y obedecía al primer texto que se pretendía conocer en la comisión. Posteriormente, y ante el  cambio de diputados en mayo, Hacienda debió enviar dos nuevas versiones de plan fiscal.

"Se devuelve la consulta sin pronunciamiento de la Corte, porque el texto consultado no se refiere a la organización o funcionamiento del Poder Judicial", indicó entonces la respuesta.

Esta respuesta contradice en gran medida a la resolución emitida la semana por la Dirección Jurídica, en especial porque gran parte de las normas que se establecieron en el último texto sustitutivo – aprobado ya en primer debate- estaban comprendidos en el primer texto que empezó a discutirse a inicios de año.

Por ejemplo, uno de los aspectos que cuestiona la Dirección Jurídica es en relación a los presupuestos, los cuales quedarán supeditados al criterio del Ministerio de Hacienda. La Dirección Jurídica alega:

La transferencia de destinos definidos por ley a favor del Poder Judicial sería una intromisión entre Poderes y afectaría la independencia de este último. Lo anterior, en tanto, que se podría impactar parcialmente el presupuesto institucional, dado que la administración de justicia no está contemplada como un criterio de prioridad en lo que corresponde a los destinos específicos.

Contradictoriamente el tema ya estaba incluido en el primer texto de ley. En el artículo 22 de la Regla Fiscal indicaba que:

En el caso de las transferencias a órganos desconcentrados, el Ministerio de Hacienda decidirá, mediante criterios de oportunidad y conveniencia y siguiendo las prioridades del Plan Nacional de Desarrollo, el monto a presupuestar a estos órganos.

Otro de los cuestionamientos que hace la Dirección Jurídica es en torno a salarios y la reducción de pluses.

El Órgano del Poder Judicial afirma que las modificaciones eliminan la "posibilidad de otorgar incentivos mediante reglamento o acto administrativo, con lo cuál habrá una afectación sensible al personal del Organismo de Investigación Judicial (OIJ), lo cual podría impactar el servicio prestado por ese órgano".

Entre los pluses que tienen en OIJ está dedicación exclusiva, riesgo, variación de jornada, disponibilidad y bono por exclusividad policial.

Empero el texto original ya establecía límites en cuanto a incentivos y pluses salariales, sobre los cuales la Corte Plena había emitido un criterio favorable.

Por ejemplo se habla del incentivo a la excelencia que no podía superar el 2,54% de un salario base. También se establecían topes sobre anualidades.

La Corte Plena deberá emitir un nuevo criterio jurídico sobre el proyecto fiscal, el cual puede apartarse de la opinión de la Dirección Jurídica.  Esta opinión se daría a conocer esta semana.