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Sistemas alternativos de contratación cesan su vigencia en esta fecha

Por Erick Carvajal | 1 de Oct. 2022 | 6:28 am

(CRHoy.com).- La Contraloría General de la República (CGR) aclaró, ante una consulta del Banco Nacional, que los sistemas alterativos de contratación, con independencia de su objeto, cesan su vigencia con posterioridad al 30 de noviembre, no pudiendo efectuarse nuevos requerimientos luego de esa fecha, aunque sí es posible efectuarlos antes de esta, aún y cuando su ejecución se materialice con posterioridad.

Edgar Herrera y Kathia Volio, gerente y fiscalizadora de la División de Contratación Administrativa, respondieron una consulta planteada por Erick Leitón, Proveedor de la entidad financiera, quien solicitó el criterio del ente contralor sobre la continuidad en la utilización de sistemas alternativos de contratación autorizaos por la CGR, ante la entrada en vigencia de la Ley General de Contratación Pública, el 31 de mayo pasado.

Un transitorio de dicha ley establece:

(…) Transitorio II- Todos los procedimientos de compras tramitados por sujetos que manejen fondos públicos bajo regímenes de contratación distintos del de la Ley 7494, Ley de Contratación Administrativa, de 2 de mayo de 1995 y no cubiertos por ella, cuya decisión inicial haya sido emitida antes de la entrada en vigencia de la presente ley, continuarán el procedimiento al amparo de sus respectivas leyes o reglamentos de contratación especiales. De igual manera, aplicará lo anterior para aquellos sistemas alternativos de contratación autorizados por la Contraloría General de la República, de manera que los procedimientos y contratos iniciados antes de la entrada en vigencia de esta ley continuarán su trámite conforme a esas disposiciones (…)

La Contraloría señaló que como lo establece el transitorio, todos los procedimientos con regímenes distintos a los previstos en la actual ley continúan su trámite conformen a las disposiciones que los regulan, en cuanto hayan sido emitidos antes de la entrada en vigencia de la ley; lo mismo sucede con los sistemas alternativos.

Sin embargo, si la institución tiene autorizado un sistema alternativo cuyo plazo de vigencia trasciende o va más allá del 30 de noviembre del 2022 no podrá hacer nuevas contrataciones o requerimientos de algún proveedor precalificado con posterioridad a esa fecha.

"Lo que sí podría hacer la Administración, es que teniendo como fecha límite de utilización de estos sistemas el 30 de noviembre del 2022, pueda generar alguna contratación o requerimiento de servicio con anterioridad o en esa misma fecha, a pesar de que la ejecución de esta trascienda el 1.º de diciembre de 2022, y ello precisamente porque el Transitorio en cuestión, establece que continuarán con las reglas que les vio nacer, procedimientos y contratos iniciados antes de la entrada en vigencia de esta ley", explicó la Contraloría.

En marzo pasado, la misma Contraloría determinó que las instituciones públicas no están listas para implementar la nueva Ley General de la Contratación Pública.

Un total de 59 instituciones fueron sometidas al escrutinio del ente contralor. El nuevo marco de compras establece modificaciones en el aspecto de procedimiento y esto exige una preparación estatal antes de ser implementada.

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Estudio de la Contraloría sobre nueva ley de compras públicas.

Estudio de la Contraloría sobre nueva ley de compras pública.

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