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Congreso deja en firme ley de lactancia materna: Patronos deben otorgar tiempos para extracción

Por Gustavo Martínez | 18 de Mar. 2026 | 9:08 pm

La Comisión Plena III de la Asamblea Legislativa aprobó en segundo y último debate la ley para la protección de la lactancia materna, que establece la obligación de los patronos de otorgar espacios a las madres para amamantar y realizar la extracción durante la jornada laboral.

La iniciativa fue presentada por el diputado del Frente Amplio, Antonio Ortega Gutiérrez, y cuenta con la firma del resto de la bancada.

Empleadores darán espacios para extracción

El proyecto adiciona un artículo 97 bis al Código de Trabajo, el cual establece que:

  • El empleador deberá garantizar espacios para la extracción de leche durante la jornada laboral.

  • Se otorgará un mínimo de 25 minutos cada tres horas laborales.

  • Estos periodos serán remunerados como tiempo efectivo de trabajo.

  • No son acumulables ni pueden utilizarse para otros fines.

  • Podrán ajustarse según necesidades fisiológicas certificadas médicamente.

En caso de fallecimiento del menor, la madre podrá solicitar tiempo para el cese del proceso de lactancia, también mediante certificación médica, sin perjuicio de su salud.

Espacios para lactancia de menores

La iniciativa establece que toda madre en periodo de lactancia tendrá derecho a una hora diaria remunerada dentro de la jornada laboral para alimentar a su bebé. Este tiempo podrá organizarse de las siguientes formas:

a) Quince minutos cada dos horas en jornadas ordinarias.
b) Media hora dos veces al día.
c) Ingresar una hora más tarde o salir una hora más temprano del trabajo.

La opción elegida deberá ser comunicada por el empleador, quien podrá acordar con la trabajadora la modalidad más conveniente.

Se establece que la hora de lactancia será remunerada y se otorgará por cada menor lactante.

En jornadas extraordinarias, las mujeres en periodo de lactancia tendrán derecho a quince minutos adicionales cada tres horas, además del tiempo correspondiente a la jornada ordinaria.

En casos de adopción, la madre adoptante podrá acceder a un periodo de lactancia para inducir el proceso, previa certificación médica que indique el tiempo requerido.

Tras la aprobación, el texto pasa al Poder Ejecutivo para su firma y publicación como ley de la República.

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