Condenan al Poder Judicial por pérdida de prueba en proceso penal
La prueba extraviada estaba en dos procesos penales por presunta estafa
(CRHoy.com).- El Poder Judicial fue condenado a pagar ¢2.500.000 a un hombre quien demandó a dicha institución por la pérdida de una prueba en un proceso penal por estafa, en la cual figuraba como víctima.
La resolución fue dictada por el Tribunal Contencioso Administrativo y el Consejo Superior del Poder Judicial ordenó el pago de la suma a favor de la persona, tras el oficio DJ-1906-2022 de Argili Gómez Siu y Flor Isabel Segura Chaves; Subdirectora Jurídica y Coordinadora del Área de Procedimientos Disciplinarios y Jurisdiccionales, respectivamente.
Aunque el hombre había solicitado un más de $8 mil, ya que consideró que la prueba perdida era vital en dos procesos penales, el Tribunal Contencioso no lo consideró así y solamente le concedió ¢2.5 millones por daño moral subjetivo ante el extravío de los documentos.
"El Tribunal Contencioso Administrativo, determinó que, a modo de indemnización por la pérdida de la prueba, conforme a las reglas de equidad, razonabilidad y proporcionalidad, se fijaba en la suma de ¢2.500.000.00 (monto fijado por concepto de daño moral subjetivo); lo anterior, con base al estudio realizado por esa autoridad judicial en donde determinó que la ausencia de la prueba extraviada en ningún nivel fue la que condujo al despacho penal a fallar como lo hizo", se indica en el acta del Consejo Superior del 1 de noviembre pasado, 094-2022.
La prueba perdida formaba parte de los procesos penales 04-6004-0647-PE y 07-000024-0016-PE. En ambas se dictó una absolutoria a favor de la persona denunciada.
El Tribunal Contencioso determinó que no se probó que la ausencia de la prueba fue lo que determinó la absolutoria en sede penal, "no se razonó ese resultado en orden a la ausencia de la prueba, como sí en orden a falencias en la acusación y falta de legitimación del señor Nombre 001 para reclamar como suyo, dinero proveniente de las cuentas de una entidad jurídica. Dicho lo anterior, en forma distinta, la ausencia de la prueba extraviada en ningún nivel fue la que condujo a la autoridad judicial a fallar como lo hizo, eso no se probó."
El Consejo Superior ordenó el pago del dinero, sin embargo, solicitó al Área de Cobro Administrativo de la Dirección Jurídica, los procesos para recuperar la suma, y al Tribunal de la Inspección Judicial para ver si procede o no la aplicación del régimen disciplinario.
