Logo

Nueva ley contra estafas: Así es el proceso para que clientes presenten reclamos

Por Gustavo Martínez | 28 de Feb. 2026 | 2:58 am

La Asamblea Legislativa aprobó esta semana en primer debate el proyecto de ley que obliga a los bancos a sentar responzabilidad y responder frente los clientes que resulten víctimas de estafas bancarias.

El texto avanza sin oposición en la corriente legislativa y se aprobará en segundo y último debate en la Comisión Plena III, el miércoles entrante.

Esto pese a la postura de la Asociación Bancaria Costarricense (ABC)Asociación Bancaria Costarricense (ABC) que cambió su criterio y el llamado de usuarios víctimas de fraudes electrónicos.

Reclamo ante estafas

El expediente 23.908, tras una serie de modificaciones, aclara el trámite a seguir en las entidades bancarias en casos de sufrir estafas en cuentas. A continuación se lo explicamos:

Cuando un usuario niegue haber autorizado una operación y alegue ser víctima de un robo (estafa, fraude electrónico o débito no autorizado) o denuncie el uso indebido de su cuenta, podrá presentar un reclamo ante la entidad financiera dentro de los 30 días naturales posteriores a los hechos.

El reclamo se realizará mediante un formulario proporcionado por la entidad y deberá adjuntar copia de la denuncia presentada ante el Organismo de Investigación Judicial (OIJ).

La entidad financiera contará con 30 días naturales para investigar y resolver el reclamo, prorrogables por única vez hasta por 10 días hábiles adicionales, previa notificación con al menos 3 días de anticipación.

Durante la investigación, la entidad deberá demostrar:

  • Que cumple con la normativa de seguridad establecida por la Superintendencia General de Entidades Financieras (SUGEF).

  • Que sus sistemas no fueron vulnerados, considerando controles como: análisis de patrones transaccionales, verificación de dispositivos y métodos de autenticación, detección de actividades atípicas y aplicación de mecanismos de confirmación previa cuando corresponda.

Si acredita el cumplimiento de estos requisitos, analizará la conducta del cliente.

La entidad podrá rechazar el reclamo si demuestra que existió:

  1. Autofraude.

  2. Dolo.

  3. Transferencias entre cuentas del mismo titular.

¿Rechazo del reclamo?

De acuerdo a la iniciativa, si la entidad financiera rechaza el reclamo, deberá notificar al usuario indicando las evidencias y el análisis forense o bitácora elaborado conforme a los parámetros de la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef). Copia de este informe deberá enviarse a la Policía Judicial y a la Sugef.

Por otra parte, la Sugef en un plazo de 10 días hábiles, validará mediante acto razonado si la decisión está debidamente fundamentada.

  • Si la Sugef no ratifica la decisión, la entidad deberá restituir los fondos y/o reabrir la cuenta en un máximo de 10 días hábiles, sin perjuicio de que pueda acudir a la vía judicial para reclamar la improcedencia del pago.

  • Si la Sugef confirma el rechazo, del cliente podrá acudir a las instancias judiciales correspondientes.

Devolución del dinero

Cuando la entidad determine que el reclamo es procedente, deberá acreditar los fondos en un plazo máximo de 10 días naturales, reabrir la cuenta si corresponde, eliminar intereses o cargos aplicados por la estafa y devolver los montos cobrados con sus respectivos intereses.

Además, si después de presentado el reclamo ocurren nuevas transacciones no autorizadas, la entidad financiera será responsable de estas y de sus consecuencias económicas.

Penalización

Asimismo, la iniciativa de ley establece que aquellos usuarios que se hagan pasar por víctimas de estafas ante los bancos, para obtener un beneficio económico a nivel personal o para un tercero, podrían ser castigados con penas de prisión:

a) Con prisión de dos meses a tres años, si el monto de lo defraudado no excediere de diez veces el salario base.

b) Con prisión de seis meses a diez años, si el monto de lo defraudado excediere de diez veces el salario base.

Bancos renuncian a la ABC

Los bancos públicos de Costa Rica —Banco de Costa Rica (BCR), Banco Nacional de Costa Rica (BNCR) y Banco Popular y de Desarrollo Comunal (BPDC)— anunciaron este jueves su renuncia formal, inmediata e irrevocable a la Asociación Bancaria Costarricense (ABC).

En un comunicado conjunto, aseguraron que la decisión responde a un quiebre de confianza generado por las declaraciones públicas emitidas por la vocería de la ABC en relación con el proyecto de ley sobre estafas informáticas contra clientes bancarios, aprobado en primer debate en el Congreso.

Comentarios
0 comentarios