Colegio acatará disposición de Sala IV sobre alumno acusado por presunto abuso sexual
Institución alega que actuaron diligentemente desde el inicio del proceso
(CRHoy.com) El Colegio Lincoln ubicado en Santo Domingo de Heredia, manifestó que acatará la orden de la Sala Constitucional en la que se dispuso que el centro educativo deberá impartirle lecciones en modalidad virtual al estudiante que fue denunciado por presunto abuso sexual.
La institución emitió un comunicado en el que resalta que obedecerán la orden de los magistrados en protección de las menores que posiblemente se pudieron ver afectadas.
"Cuando la institución conoció del caso, actuó diligentemente y llevó a cabo un procedimiento sancionatorio, según su Manual de Estudiantes. El colegio respeta celosamente el debido proceso de todas las personas y somos respetuosos de las decisiones de la Sala Constitucional y estaremos pendientes a sus recomendaciones una vez que la sentencia esté disponible en su totalidad", indicó el Colegio Lincoln en su posicionamiento.
El estudiante señalado por supuesto abuso sexual – de apellido Solís- fue expulsado del centro educativo una vez que las presuntas afectadas expusieron sus casos ante las autoridades de la institución, razón por la cual, interpuso un recurso de amparo alegando que le estaban violentando su derecho a la educación y a tener un debido proceso.
La Sala emitió, en ese momento, una medida cautelar para que Solís se mantuviera en clases virtuales pero, tras el fallo, el Colegio debe garantizarle que las recibirá. Solís está cursando el bachillerato internacional.
La Sala Constitucional manifestó a través de un comunicado que la orden de que Solís recibiera las lecciones virtualmente fue "para garantizar la integridad física, psicológica y emocional de las estudiantes presuntamente afectadas".
"Queremos dejar muy claro que en Lincoln School nos tomamos muy en serio el comportamiento de nuestros alumnos tanto dentro como fuera del colegio, por lo que desde el primer momento actuamos en relación con este asunto", expresó el centro educativo.
De acuerdo con la Sala los magistrados que votaron el recurso fueron Fernando Cruz, Paul Rueda Leal y Anamari Garro; mientras que Luis Fernando Salazar Alvarado, Jorge Araya García y la suplente Alexandra Alvarado Paniagua salvaron el voto y declararon sin lugar el recurso en todos sus extremos.
"Por mayoría, se declara parcialmente con lugar el recurso, únicamente en cuanto a la alegada violación al derecho al debido proceso del amparado. Se dispone la nulidad absoluta del acto inicial de traslado de cargos y de las conductas ulteriores del procedimiento impugnado que dependan de este, lo que no obsta para que la parte recurrida inicie un procedimiento disciplinario de manera conforme al debido proceso y disponga o mantenga las medidas cautelares necesarias para esos efectos. Se ordena a Federico Chaves Sáenz, Presidente con Facultades de Apoderado Generalísimo sin Límite de Suma de la Asociación institución de Cooperación Educacional Colegio Lincoln, disponer y adoptar todas las conductas que sean pertinentes y necesarias para garantizar al amparado la continuidad de su ciclo académico, bajo la modalidad virtual, procurándole y garantizándole la atención debida en su proceso formativo, a fin de que cuente con herramientas adecuadas para su aprendizaje y evaluaciones. Dicho centro educativo deberá adoptar todas las medidas necesarias para garantizar la integridad física, psicológica y emocional de las personas estudiantes presuntamente afectadas. Por otra parte, el accionado deberá buscar el mecanismo necesario para que el amparado pueda realizar las evaluaciones académicas que requiera en el contexto de su bachillerato internacional", cita el "Por tanto" de los magistrados.
