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Choferes sancionados durante Semana Santa tendrán 10 días para impugnar multas

11 de Abr. 2023 | 10:04 am

(CRHoy.com). Tras los días libres por Semana Santa y el feriado de este 10 de abril, en conmemoración a la Batalla de Rivas, este martes 11 de abril a las 7:00 a.m. el Consejo de Seguridad Vial (Cosevi) retomó la operación normal en todas las sedes.

De esta forma, se están brindando los servicios para devolución de placas, licencias, vehículos o para tramitación de impugnaciones.

Asimismo, si la persona desea impugnar una multa realizada durante Semana Santa y todavía está dentro del plazo de 10 días hábiles, puede hacerlo mediante correo electrónico, sin necesidad de firma digital.

"De igual manera, por la gran cantidad de boletas confeccionadas y acumuladas durante el receso, no necesariamente el infractor verá reflejada en el sistema o en el banco su multa, podría tomar varios días de esta semana", recalcó Carlos Rivas Fernández, director jurídico del Cosevi.

En ese mismo sentido, las autoridades le hacen ver a los infractores que desean pagar su multa rápido, para acceder a un descuento, que los 10 días hábiles que tienen para pagar con ese beneficio del 15% menos corre igualmente a partir de que la multa se confeccionó. A las multas categoría A, que son las más elevadas, actualmente en unos ¢368 mil, no se les aplica el descuento citado, ni ninguno otro.

"Tanto para pagar, como para impugnar, si la multa se hizo el domingo de Ramos, por dar un ejemplo, la persona podrá impugnar o acceder al descuento incluso hasta el lunes 24 de abril, porque los 10 días hábiles corren a partir del martes 11 de abril", detalló el funcionario.

Rivas aprovechó para explicar que, adicionalmente al pago de las multas, los conductores que se les decomise el vehículo deberán pagar por cada día de custodia, además del costo del acarreo del vehículo al plantel.

Actualmente, el monto por acarreo es de ¢8 mil, por los primeros 6 kilómetros de traslado o menos. Por cada kilómetro adicional o su fracción, el infractor debe cancelar más de ¢1.300.

En cuanto a la custodia, el monto está fijado en más de ¢4 mil, y debe ser pagado por cada día que el vehículo permanezca en los planteles del Consejo. Eso implica que, si a una persona se le decomisa el vehículo el sábado primero de abril, por ejemplo, deberá pagar la custodia durante todos los días de cierre (se reabre el 11 de abril) y hasta la fecha de la cita.

Las personas deberán sacar esa cita en este sitio web para tramitar la devolución de las placas o el vehículo.

Impugnación

Las personas solo deben impugnar cuando estimen que fueron sancionados de manera injusta con la prueba respectiva. Las multas de Tránsito prescriben en 7 años con la actual Ley de Tránsito, por lo que, en caso de que el argumento no sea de recibo, lo más que logrará hacer el infractor es postergar el pago de la multa, pero para renovar la licencia tendrá que pagarla, incluso hasta con intereses, en algunos casos.

Rivas reiteró que, desde abril del 2020, las personas que consideran razonable apelar una multa hecha por la Policía de Tránsito, tienen la opción de realizarla por correo electrónico, sin necesidad de contar con firma digital.

El correo disponible es recepción-impugnaciones@csv.go.cr, cumpliendo como requisito que la persona firme manualmente el documento, que luego puede escanear, si no tiene firma digital, y adjuntar imagen de la cédula de identidad y señalar una dirección de correo electrónico como único medio para recibir las comunicaciones futuras.

De igual manera, se puede enviar por fax, al número 2010-4701 en San José, o al número de fax de cualquier otra sede.

Rivas añadió que los documentos adicionales, como la copia de la cédula de identidad y las pruebas, deben enumerarse y aportarse como anexos o escanearse en un solo documento. Las imágenes no pueden superar el peso de 10 Megabytes (MB), si se remite por correo electrónico.

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