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Chaves no puede “apagar” frecuencias de radio y televisión, según TSE

Por Carlos Mora | 3 de Abr. 2025 | 11:51 am

El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) ordenó al Ministerio de Innovación, Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones (MICITT) no implementar variaciones en el modelo ni en la asignación de frecuencias de radiodifusión hasta que concluya el proceso electoral de 2026.

Este miércoles, en su programa televisivo semanal, el presidente Rodrigo Chaves amenazó con apagar frecuencias de radio y televisión si desde la Asamblea Legislativa no se hacía una reforma en el esquema de cobro del canon por uso de frecuencias.

Sin embargo, una resolución del TSE ante una consulta formulada previamente, deja claro que no se puede aplicar ningun cambio que pueda llevar a que alguna emisora o televisora deje de operar.

El órgano electoral señaló que realizar cambios antes de que se emitan las declaratorias de elección podría provocar que varias radioemisoras dejen de operar o que sus condiciones de funcionamiento varíen "sustancialmente", lo cual afectaría el acceso de los electores a información de trascendencia político-electoral.

"El razonamiento del TSE es que el ejercicio del voto (como derecho) requiere del acceso a la información (también derecho), para cuya efectividad es fundamental el pluralismo informativo y que las agrupaciones políticas tengan acceso a un abanico amplio de medios para difundir sus ideas y convencer a la ciudadanía de sus propuestas, así como que los ciudadanos y ciudadanas puedan recibirlas", señaló la institución en un comunicado.

El TSE recordó que en 2017 tomó una decisión idéntica durante la administración de Luis Guillermo Solís Rivera (2014-2018), cuando, en el marco de la transición a la televisión digital, se evitó que las personas electoras quedaran sin acceso a señal gratuita de televisión.

Además de su resolución, el TSE mencionó otras razones para fundamentar su decisión.

Entre ellas, citó el "impacto negativo" que el cambio podría provocar en la equidad de la contienda, en el funcionamiento del sistema de financiamiento público de los partidos y en las opciones del propio TSE para comunicarse con la ciudadanía durante el proceso electoral, haciendo uso de la media hora gratuita que, por ley, deben cederle las radioemisoras.

Las magistradas y magistrados recordaron que su competencia está acotada a los aspectos relacionados con la organización, dirección y vigilancia de los procesos electorales y que incidan, directa o indirectamente, en las condiciones en las que los costarricenses ejercen el sufragio. Por ello, sobre el tema, se pronuncian exclusivamente en relación con los eventuales efectos que podría causar un cambio en la materia sobre las elecciones de febrero de 2026, pero no sobre la corrección jurídica, conveniencia u oportunidad de cómo, en adelante, se adjudicarán las frecuencias de radiodifusión. Por esta razón, aclaran que el proceso iniciado por el MICITT puede continuar, incluidas las prórrogas, renovaciones o adjudicaciones que en derecho correspondan, pero su entrada en vigor queda diferida hasta que se declaren las nuevas autoridades electas", agregó el TSE.

La decisión del TSE se tomó en la resolución n.º 2267-E8-2025 del 2 de abril. El documento lo puede ver en este enlace 2267-E8-2025

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