CCSS le negó pago de licencia de maternidad por atrasarse un día en el seguro
Sala Constitucional condenó a la institución y ordenó realizar el pago
(CRHoy.com) Atrasarse un día en el pago del seguro, motivó que la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) le negara el depósito de la licencia de maternidad a una trabajadora independiente.
El caso llegó hasta la Sala Constitucional a través un recurso de amparo que fue declarado parcialmente con lugar por los magistrados del alto Tribunal.
En el amparo, la afectada reconoció que por su avanzado estado de embarazo no pudo cancelar a tiempo el pago del seguro que adquirió en 2021, pero destacó que el retraso fue solo de un día.
"Por tal motivo, el 9 de febrero, cuando se le extendió la incapacidad se encontraba en mora y el 10 de febrero de 2023 realizó la cancelación de la referida cuota con un día de atraso, después de otorgada la licencia de maternidad", se lee en la sentencia.
Sin embargo, a pesar de sus gestiones, le comunicaron que el pago de la licencia de maternidad no le correspondía. ¿Por qué? Según la Sala, la Caja alegó que se apegó al artículo 10 de la morosidad patronal.
"Toda vez que, como trabajadora independiente debía estar al día con las cuotas, antes de obtener la incapacidad", reza.
Debido a eso, los magistrados condenaron a la Caja, al pago de costas, daños y perjuicios, y le ordenaron al jefe de la Sucursal de Guadalupe -donde se hizo la gestión- a que en un plazo de 15 días realicen el pago que corresponda a la licencia por maternidad de la asegurada.
"Bajo el entendido que los pagos de la licencia se harán a futuro – y no en forma retroactiva-, a partir de la fecha en que se canceló la deuda -10 de febrero de 2023-. Lo anterior, si otro motivo no lo impide y en caso de que aún no le haya sido cancelado lo pertinente", señalaron.
Este medio consultó la posición del Seguro Social; sin embargo, al cierre de esta nota no se ha obtenido respuesta.
