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Caso Crucitas: fiscalía enfrenta a Óscar Arias otra vez

Arranca nueva audiencia preliminar

Por Johel Solano | 16 de Sep. 2019 | 12:04 am

(CRHoy.com) El caso Crucitas tendrá un nuevo episodio. El Ministerio Público intentará demostrar -una vez más- que tiene suficientes argumentos para que el expresidente Óscar Arias Sánchez (1986-1990 y 2006-2010) vaya a juicio.

Este lunes, arranca una nueva audiencia preliminar en el II Circuito Judicial de San José. Esta audiencia se da luego de que el Tribunal Penal aceptara una apelación de la Fiscalía, luego de que se emitiera un sobreseimiento definitivo a favor del expresidente.

El 21 de febrero anterior, el Juzgado Penal de Hacienda consideró que la investigación penal contra el político estaba prescrita. Sin embargo, el Tribunal avaló los criterios de la Fiscalía y ordenó una nueva audiencia preliminar.

A Arias se le achacaban 2 presuntos delitos de prevaricato al avalar un decreto de conveniencia nacional para el proyecto minero de Infinito Gold.

Apelación clave

En febrero anterior, una jueza de apellido Bonilla expuso en su resolución que el caso estaba prescrito desde el 14 de noviembre de 2016, pues bajo su óptica la prescripción de 6 años (aplicable para el delito de prevaricato) comenzó a regir cuando el 14 de noviembre de 2010 el Tribunal Contencioso Administrativo anuló la concesión y el decreto de conveniencia nacional que favorecían el proyecto minero. Y, antes de ese plazo, Arias no fue indagado (una indagatoria interrumpe el período de prescripción).

Sin embargo, en la apelación planteada por la Fiscalía General, un juez de apellido Saborío dijo que hubo una aplicación incorrecta de la prescripción ya que se basó en el artículo 33 del Código Penal, cuando lo debió haber hecho en el artículo 62 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito.

"Sobre este extremo se debe de indicar que efectivamente, como lo hacen ver los recurrentes, la jueza comete un grosero error. En ese sentido, considera esta autoridad con el mayor de los respetos y consideraciones posibles, que no se puede estimar que la sentencia de las 10 horas con 40 minutos del 14 de diciembre del dos mil diez, dictada Tribunal Contencioso Administrativo, se puede considerar como la sentencia que refiere el artículo 33 del Código Procesal Penal, como causal de interrupción de la acción penal.

"Es criterio del suscrito que todas las causales que establece el anterior articulado son propias de actos que acontecen dentro del proceso penal, a contrario sensu, no refieren a actos que acontecen fuera de él. Basta dar una simple lectura al mismo para comprender lo anterior", subrayó el juez Saborío en su fallo, del cual este medio tiene copia.

La Fiscalía apeló bajo la premisa que el caso no estaba prescrito, pues los fiscales a cargo del caso sostuvieron que la resolución contenciosa-administrativa quedó en firme hasta el 30 de noviembre de 2011 a través de un fallo de la Sala Primera.

Bajo esa tesis, para el Ministerio Público la prescripción vencía hasta el 30 de noviembre de 2017 y el expresidente fue indagado el 8 de noviembre de ese año. Es decir, para ellos, la indagatoria se hizo en días previos a que rigiera la prescripción.

Abogado de Arias: "no se cometió ningún delito"

Rodolfo Brenes y Francisco Castillo, abogados de Óscar Arias en este proceso. Foto CRH

Rodolfo Brenes Vargas, abogado de Óscar Arias en el caso Crucitas, explicó que enfrentarán la audiencia muy tranquilos, seguros de que "no se cometió ningún delito.

"Vamos respetuosos de la autoridad judicial a participar en la audiencia. A escuchar los argumentos de la parte acusadora y plantear los argumentos de defensa. Estamos convencidos de que no se cometió ningún delito y los hechos están sobradamente preescritos" , señaló Brenes.

El representante legal detalló que ambas partes ya conocen los argumentos por lo que es muy difícil que surja alguna sorpresa.

El caso

  • En 2014, la Fiscalía General (manejada por Jorge Chavarría Guzmán) solicitó la desestimación del caso al considerar que no existían pruebas, sin embargo, en noviembre de 2017 la fiscala general Emilia Navas ordenó reactivar el caso para determinar la posibilidad de plantear una acusación.
  • El exmandatario nunca había sido imputado por el otorgamiento de la concesión minera, ni por la declaratoria de conveniencia nacional del proyecto. De hecho, la Fiscalía de Chavarría lo separó de la causa que se siguió contra el exministro de Ambiente Roberto Dobles y otros 6 funcionarios estatales.
  • Esto, pese a que el expresidente y exministro firmaron el decreto de conveniencia nacional. Solo Dobles –junto con los demás 6 imputados- fue acusado y posteriormente condenado a 3 años de prisión con beneficio de ejecución condicional de la pena. Esto, en enero de 2015. Cabe señalar que para que un decreto tenga validez jurídica debe contar con la firma del mandatario.
  • La sentencia contra Dobles y los demás imputados fue anulada a finales de 2015 y se ordenó una nueva audiencia preliminar para determinar si el caso se elevaba a juicio.
  • En setiembre de 2017, un juzgado penal -antes de iniciar la audiencia preliminar- pidió aclarar la situación jurídica del expresidente Arias, pues nunca fue imputado por el otorgamiento de la concesión minera a Industrias Infinito. Tampoco, por la declaratoria de conveniencia nacional de esa actividad.
  • Tanto Dobles como Arias firmaron el decreto. Pero, solo el exministro fue imputado y posteriormente condenado. Por eso, el juzgado consideró importante revisar el estado del exmandatario.
  • La petición de los jueces fue ampliamente cuestionada por el entonces fiscal general Jorge Chavarría, quien reactivó su jubilación en diciembre de 2017. Es más, la Fiscalía amenazó con plantear una queja ante la Inspección Judicial contra esos funcionarios.
  • Con todo ese contexto, en agosto del año pasado la Fiscalía General decidió acusar a Arias y planteó llevarlo a juicio.
  • A finales del año pasado, una jueza aceptó la acumulación de expedientes por el caso y de esta forma Arias es procesado junto con los demás imputados en el caso. Algo a lo que ya se había opuesto la defensa del exmandatario.
  • Así las cosas la audiencia preliminar se desarrolló entre enero y febrero de este año. Con una resolución dictada el jueves 21 de febrero para sobreseer definitivamente al exmandatario.
  • Ahora, tras una apelación presentada por la Fiscalía, el juez Saborío Cascante determinó que existieron vicios en el sobreseimiento y el caso regresa a audiencia preliminar.
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