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Caso contra expresidente peruano por lavado prescribe en Costa Rica

Expediente continúa activo, a la espera de que Fiscalía remita requerimiento a Juzgado

Por Paulo Villalobos | 21 de Jul. 2023 | 1:02 pm

(CRHoy.com) La investigación por presunta legitimación de capitales en Costa Rica contra el expresidente peruano, Alejandro Toledo, ya prescribió.

La Fiscalía Adjunta de Legitimación de Capitales y Persecución Patrimonial confirmó a CRHoy.com que el 5 de junio de 2023 se extinguió la acción penal por el aparente lavado de dinero que se le atribuye al exmandatario, su esposa Eliane Karp, su suegra Eva Fernenbug y su exjefe de seguridad Avraham Dan On.

No obstante, el despacho enfatizó que el expediente continúa activo, en el tanto que se está a la espera del requerimiento conclusivo correspondiente, que deberá ser estudiado y resuelto por el Juzgado Penal del I Circuito Judicial de San José.

A todos ellos se les persiguió bajo la sumaria 22-000101-1322-TP. Valga recalcar que, como lo adelantó este medio desde el 15 de diciembre de 2022, contra el exgobernante, sus allegados y colaborador, se ordenó un testimonio de piezas, derivado de la causa 13-000051-0618-PE, en la que figuró por casi 10 años.

La apertura de esa segunda sumaria respondía a la imposibilidad de poder juzgar en el país al expresidente, precisó el Ministerio Público a través de su oficina de prensa. En este punto es necesario recordar que Toledo fue extraditado a su nación el 23 de abril de 2023, desde Estados Unidos.

El exmandatario es acusado de supuesta colusión y tráfico de influencias en su país; de ahí que no pudiera ser presentado al territorio nacional para lo que procediera.

Los hechos que se atribuyen al expresidente tuvieron lugar durante su administración, entre 2001 y 2006. En el penúltimo año, el gobierno de Toledo firmó un contrato con la constructora brasileña Odebrecht, para la adjudicación de dos tramos de la carretera Interoceánica Sur, que une a Perú con Brasil.

A cambio, el exmandatario recibió $25 millones en sobornos, determinó la Fiscalía de esa nación; situación que el exgobernante rechaza.

En Costa Rica se persigue la presunta introducción al Sistema Financiero Nacional de $20 millones provenientes de esas dádivas. Ello, a través de facilidades aparentemente concedidas por empleados del Scotiabank, así como de la creación de una empresa fantasma, determinó el Ministerio Públcio.

La sociedad en cuestión se denominó Ecostate Consulting Group S.A. La misma fue creada en 2013 por el empresario Sabih Saylan, reconocido en Perú como la mano derecha del multimillonario israelí Yosef Maiman, a su vez identificado por el exgerente de Odebrecht, Jorge Barata, como receptor de los sobornos que la compañía brasileña pagó a su amigo Toledo, según determinó la investigación del escándalo de megacorrupción conocido como Lava Jato.

El dinero de esa empresa fue posteriormente cedido a Fernenbug, madre de la cónyuge del expresidente.

Pese a que la trama está clara para la Fiscalía, estos hechos difícilmente podrán ser objeto de contradictorio en Costa Rica. Esto por cuanto el plazo máximo para hacerlo vence en cuestión de meses y, para proceder, es necesario cumplir con -por lo menos- la toma de la declaración indagatoria de Toledo y el resto de los imputados. En ese acto se le informaría formalmente a los encartados los motivos por los que se les investiga, así como la prueba que se tiene en su contra, al tiempo que estos últimos podrían ofrecer evidencias para su debida valoración.

De concretarse esa cita, la pesquisa tomaría un nuevo aire, ya que la indagatoria es uno de los seis momentos procesales en los que se interrumpe el cómputo de la prescripción. Sin embargo, para que ello se pueda dar, es necesario que exgobernante -o alguno de los demás encausados- esté en el país.

Por ello es que todo hace pensar que los delitos atribuidos a Toledo y compañía prescribirán próximamente.

No obstante, recién el 28 de abril, el Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda condenó a Ecostate Consulting Group a la pérdida de $6,6 millones; suma que pasó a manos del Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD). Esto luego de que la empresa ligada al expresidente no pudiera justificar la procedencia del dinero.

Ese monto representa apenas una tercera parte del total de las dádivas que ingresaron a Costa Rica; pero a su vez, representa la totalidad del dinero que la Fiscalía logró inmovilizar, incluso antes de que Perú y otras naciones iniciaran sus investigaciones por los sobornos pagados por Odebrecht.

Causa archivada

El expediente 13-000051-0618-PE se dio por concluido a finales de 2021, cuando el Ministerio Público remitió al Juzgado Penal del I Circuito Judicial de San José tres requerimientos conclusivos. Todos estos fueron acogidos y se encuentran en firme, como lo dio a conocer CRHoy.com en la última semana.

Una de esas solicitudes corresponde a un sobreseimiento definitivo en favor de tres extrabajadores del Scotiabank, de apellidos Blanco, López y Rugama. Los tres tuvieron a su cargo el manejo de la cartera de productos bancarios de Avraham Dan On y Eva Fernenbug, por $20 millones.

La petición se sustentó en una prescripción de los hechos, ocurrida entre 2014 y 2017, mientras la pesquisa estuvo paralizada. Se debe recordar que en el último de los años, la entonces fiscala general Emilia Navas dispuso reabrir el caso para ejecutar diligencias que estaban pendientes (entre ellas, un allanamiento al banco); mismas que tenían como objetivo determinar el dolo (voluntad deliberada de cometer un delito, a sabiendas de su carácter delictivo y del daño que puede causar) de los personeros.

Desde la perspectiva de la Fiscalía, se estableció una actuación culposa (ilícito en el que se incurre sin el debido cuidado para evitar el daño, pero sin intencionalidad por parte del perpetrador) de los funcionarios. El despacho aseguró que "sin duda", los empleados "faltaron -al menos- al deber objetivo de cuidado". Lo anterior en el tanto que no aplicaron la debida diligencia que indica la Ley sobre Estupefacientes, Sustancias Psicotrópicas, Drogas de Uso No Autorizado, Actividades Conexas, Legitimación de Capitales y Financiamiento al Terrorismo.

Esa norma establece en su artículo 70 sanciones de entre 1 y 3 años de prisión al propietario, directivo, administrador o trabajador de las entidades financieras que en el ejercicio de sus funciones hayan facilitado culposamente la comisión de un cargo de lavado de dinero.

Precisamente, el máximo castigo previsto para ese delito es a su vez el plazo límite para perseguirlo penalmente, siempre que no se interrumpiera con algún acto procesal el cómputo de la prescripción. Aquel periodo pudo ser mayor, si se hubiese encontrado evidencia que permitiera acreditar que el hecho fue doloso, ya que eso hubiese hecho que las sanciones fueran mayores.

En la misma sumaria se pidieron otros dos sobreseimientos. Uno, por la muerte del empresario Yosef Maiman, ocurrida el 9 de octubre de 2021; mientras que el otro se solicitó tras un acuerdo de reparación integral del daño, al que se llegó con Sabih Saylan.

La Fiscalía subrayó que la participación de este ejecutivo fue "mínima" en el desvío final de los dineros que quedaban en Costa Rica. De ahí que únicamente se pactara con este el pago de $121.050; situación que se materializó.

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