Canciller niega haber querido favorecer a amiga

A Jeanneth Cooper, amiga cercana de la canciller, Epsy Campbell se le pretendía colocar en una plaza de embajadora a pesar de no cumplir con los requisitos.
La vicepresidenta y canciller de la República, Epsy Campbell, niega que haya querido beneficiar a su cercana amiga, Jeanneth Cooper en un puesto de embajadora interna de la Cancillería, a pesar de que Cooper no cumple con los requisitos para ello.
Por medio de un correo electrónico en donde solicita un derecho de respuesta, Campbell admitió que el 3 de noviembre firmó el oficio DM-0429-2018, solicitándole al viceministro administrativo de la cancillería, Jorge Gutiérrez, el nombramiento de Cooper; sin embargo asegura en una misiva que el 12 de septiembre "desistió" de hacer dicho nombramiento, esto tras un "cambio de criterio" de la Dirección de Recursos Humanos de la Cancillería.
No obstante, Campbell no aporta ningún documento donde se evidencie que ella expresamente ordenara dejar sin efecto el oficio DM-0429-2018, donde ordena el nombramiento de Cooper.
Este medio solicitó a la Cancillería el envío de dicho documento, en caso de existir, sin embargo a la hora de esta publicación la carta no había sido recibida.
El oficio DM-0429-2018 fue enviado a esta redacción por la misma oficina de prensa de la Cancillería el 17 de septiembre anterior, es decir, cinco días después de la fecha que Campbell dice que se "desistió " de nombrar a Cooper.
Fuentes internas de CRHoy en la Casa Amarilla aseguran que hasta esta semana no existía ningún oficio firmado por la canciller en el cual revocara su orden de nombrar a Cooper.
Lo único que mandó a decir el Ministerio de Relaciones Exteriores, fue que hasta esta martes "se recibió, vía correo electrónico, la respuesta del Departamento de Recursos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, en la cual se deniega el nombramiento de la señora Jeaneth Cooper Cooper, en el cargo de embajadora interna en comisión, por no reunir los requisitos del artículo 14 del Estatuto de Servicio Exterior".

Campbell y Cooper son amigas cercanas de hace años atrás. En el medio de ambas la ex presidenta ejecutiva de Japdeva, Ann Mckinley
CRHoy solicitó también el registro de asistencia de Jeanneth Cooper a su trabajo en la Presidencia, donde labora actualmente. La información tampoco ha sido entregada.
Vale mencionar que funcionarios de la Cancillería, quienes prefieren mantener su identidad protegida, aseguran que Cooper estuvo a lo largo de toda la semana anterior laborando en esa institución y que incluso atendió reuniones en calidad de embajadora.
El nombramiento de Cooper en la Cancillería se cayó porque a mediados de septiembre Jorge Sáenz, director del Instituto Manuel María Peralta y Abelardo Quirós, jefe de Recursos Humanos de la Cancillería, notificaron a la dirección jurídica de la institución y a la canciller que dicho nombramiento no se podía realizar por dos razones: primero porque los puestos de embajadores internos no son puestos de confianza y segundo porque su designación no cumple con los criterios de idoneidad señalados en el artículo 14 del Estatuto del Servicio Exterior, donde se señala claramente que estos cargos deben ser ocupados para personas con titulación académica en Derecho, Economía o Relaciones Internacionales .
De haberse concretarse su traslado y nombramiento en una plaza de embajador, como lo ordenó Cambpell, el salario de Cooper hubiera alcanzado una base de ₡1.174 950, es decir, ₡421.950 más de lo que gana ahora.
En su descargo de 9 páginas, la canciller niega que el memorando DM-0429-2018 donde ordenó el nombramiento de Cooper se haya hecho a raíz de que se en la Casa Presidencial le negaron el pago del plus salarial por Dedicación Exclusiva.
Sin embargo, este medio presentó toda la documentación con la que fue solicitado este plus para Cooper por Campbell el 30 de mayo, 22 días después de haber iniciado esta administración (ver documentos abajo).
En la Presidencia, Cooper devenga un salario mensual de ₡753.875, donde se incluye un único plus por discrecionalidad y confidencialidad del 25%.




