Avanza proyecto que endurece legislación sobre uso de imagen de la mujer
(CRHoy.com).-Con una votación de cuatro a favor y una en contra, las diputadas que integran la Comisión de la Mujer del Congreso dictaminaron la noche de este lunes el expediente 21.375, proyecto que propone una reforma a la ley que regula la propaganda que utilice la imagen de la mujer, además, endurece la regulación y amplía los criterios para prohibir el uso de imágenes en publicidad y en otros espacios como medios de comunicación.
El texto señala que la propaganda o publicidad comercial que utilice la imagen de la mujer, en los mensajes publicitarios de comunicación masiva, incluidas las plataformas digitales de comunicación y estrategias publicitarias, será controlada y regulada con criterio restrictivo por el Ministerio de Gobernación.
En el particular, será objeto de regulación la propaganda o publicidad comercial que utilice la imagen de las mujeres de forma ofensiva, discriminatoria o que reproduzca estereotipos de género; o las representen como objetos sexuales; o incite discriminación contra ellas por su origen étnico-racial, nacionalidad, condición social, edad, identidad de género, sexo, orientación sexual, condición de salud, discapacidad, creencias religiosas; o promueva contra ellas violencia simbólica, física, psicológica, sexual y patrimonial; ya sea utilizando su cuerpo o partes de este como objeto cuando no tenga relación con el producto que se pretende promocionar, o su imagen asociada a comportamientos estereotipados que vulneren los fundamentos de nuestro ordenamiento, contribuyendo a fomentar patrones y estereotipos sexistas y a reproducir la violencia y la discriminación, indica el texto.
El proyecto prohibiría el uso de imágenes de mujeres como objetos sexuales en las portadas de diarios de circulación nacional o en campañas publicitarias de medios de comunicación.
Aunque las mociones aprobadas permitirían que las mujeres salgan en trajes de baño o lencería en catálogos de ropa.
Multas
El proyecto establece fuertes multas para los infractores:
- Se impondrá una multa de cinco a veinte salarios base (es decir ¢2.3 millones a ¢9.2 millones) a la persona física o jurídica que haya difundido publicidad comercial contraria al numeral 1 de la presente ley, que actualmente no se encuentre en circulación y que no pudo ser retirada cuando estuvo expuesta al público por parte del Ministerio de Gobernación y Policía.
- Se impondrá una multa de diez a quince salarios base (es decir ¢4.6 millones a ¢6.9 millones), a la persona física o jurídica responsable de la circulación de portadas o contraportadas de periódicos que presente a las mujeres como objetos sexuales para la promoción de sus ventas.
- Se impondrá una multa de quince a treinta salarios base (es decir ¢6.9 millones a ¢13.8 millones), a la persona física o jurídica que no cumpla con el retiro cautelar o definitivo de la propaganda o publicidad comercial, cuando este haya sido ordenado por el Ministerio de Gobernación en el ejercicio de sus funciones. Sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales correspondientes.
Solo la diputada del Partido Liberación Nacional (PLN), Katherine Moreira, votó en contra del texto.
El proyecto fue presentado en su momento por el exdiputado José María Villalta del Frente Amplio (FA).
Ahora pasará al plenario donde el resto de los diputados podrán hacer mociones de fondo.
