Autoridades de Seguridad otorgaron permiso irregular a oficial, denuncia Auditoría
Obtuvo permisos cuestionados del Viceministro Juan José Andrade y del Director de Guardacostas, Martin Arias
Un oficial de la Fuerza Pública destacado en la Dirección Policial de Apoyo Legal realiza el Curso de Oficiales Superiores (Comandantes) con permisos que fueron cuestionados en el informe AGSP/EE-01-733-2017 del 5 de julio pasado, de la Auditoría Interna del Ministerio de Seguridad.
Además, en el estudio llamado "Documento de Advertencia" y enviado el Ministro de Seguridad, Gustavo Mata, también se señalan otra serie de irregularidades en la convalidación de materias y que el oficial había perdido el curso de Estadística, con lo que -automáticamente- perdía su condición de estudiante, según Douglas Elioth Martínez, Auditor Interno del Ministerio.
En 2009, el oficial de apellido Sánchez tuvo que dejar el curso impartido por la Academia del Servicio Nacional de Guardacostas tras "…incurrir en faltas al Reglamento de Ética que rige el actuar de los miembros de la Fuerza Pùblica…", según el oficio 0740-2009 DALEP, de Katia Rivera, de la Directora de Apoyo Legal de aquel momento.
Sin embargo, el 18 de octubre del año pasado, retomó el curso con una serie de permisos otorgados por el Viceministro Juan José Andrade, por el Director del Servicio Nacional de Guardacostas, Martín Arias y por el Director Policial de Apoyo Legal, Rigoberto Rodríguez, que contravienen los procesos que rigen la formación policial, según especifica el informe.
"…El "Reglamento Interno y de Servicio de la Escuela Nacional de Policía" que entró en vigencia en el año 2013 y cuya aplicación resulta obligatoria para el proceso de convalidación que el funcionario inició nuevamente en el año 2016, prohíbe esta modalidad de estudios para los cursos en donde se inicia una escala policial, por lo que, el visto bueno otorgado por los comisarios Arias Araya, Rodríguez Sojo y Andrade Morales, contraviene la norma que rige los procesos de formación policial, como lo indica el artículo 37 del reglamento…"
[accordionset][accordionx heading='Artículo 37.Convalidación.']La Escuela abrirá un periodo para la recepción de solicitudes de convalidación de materias, dentro del transcurso del primer mes de cada curso que imparta, para lo cual informará a los estudiantes regulares del curso respectivo, con ocho días de antelación ante la recepción de las solicitudes. No será aplicable el proceso de convalidación para los cursos de iniciación policial, sea Curso Básico Policial o Curso Básico Policial para personal de Alta, Curso de Oficiales Ejecutivos y Curso de Oficiales Superiores[/accordionx][/accordionset]
Las irregularidades en este proceso no se quedaron solamente en los permisos, sino que las materias de iniciación a escalas policiales no pueden ser convalidadas, según el "Reglamento Interno y de Servicio de la Escuela Nacional de Policía" como es el caso del Curso Básico Policial, Curso de Oficiales Ejecutivos y Curso de Oficiales Superiores.
"…Por lo que no cabe la posibilidad de que el funcionario efectuara dicho proceso, por cuanto se infringen los lineamientos generales establecidos por la Escuela como ente rector en materia de formación policial…", señala el documento de Auditoría.
Además, según el "Reglamento Interno y de Servicio de la Escuela Nacional de Policía" se pierde la condición de estudiante al perder al menos una materia, superado el proceso de aplicación de exámenes de reposición. En este sentido, Sánchez obtuvo un 52 en Estadística y pese a eso continuaba en el curso.
[accordionset][accordionx heading='Artículo 14. Pérdida de la condición de estudiante.']Se pierde la condición de estudiante en forma definitiva por cualquiera de las siguientes circunstancias: 1. Por solicitud de retiro voluntario del estudiante. 2. Por incumplimiento del contrato de adiestramiento. 3. Por incumplimiento de las normas y reglamentos institucionales, con fundamento en el debido proceso. 4. Por haber presentado documento y/o suministrado información falsa en su proceso de incorporación. 5. Por pérdida de la idoneidad del cargo. 6. Por la pérdida de al menos una materia, superado el proceso de aplicación de exámenes de reposición. 7. Por pérdida de la práctica supervisada." (La negrita no es del original) [/accordionx][/accordionset]
"…De no actuarse conforme a lo previsto, la Administración asumiría el riesgo de continuar con un proceso de formación policial contrario a la legalidad y transparencia, propiciando la obtención de grados policiales y posibles ascensos de manera irregular, transgrediendo la política de formación policial que establece el ente rector en la materia, en este caso, la Escuela Nacional de Policía….", indica el documento.



