Presidente sobre norma de aborto terapéutico: “Se hará cuando yo determine”
Asegura que hay otras prioridades en su administración en este momento

El presidente Carlos Alvarado está de gira en Guanacaste esta semana
El presidente, Carlos Alvarado, se apoderó de la decisión acerca de cuando las mujeres costarricenses podrán contar con una norma sobre aborto terapéutico.
"Para cuando yo determine que sea un buen momento", advirtió el mandatario que será.
Sus declaraciones las ofreció este domingo por la tarde en una entrevista con el periódico regional La Voz de Guanacaste, como parte de su gira esta semana a la provincia.
La comunicadora que conducía la entrevista le leyó a Alvarado una pregunta de una seguidora de ese medio en Facebook acerca del avance de la norma para regular el aborto terapéutico.
Alvarado recalcó que la decisión acerca de la emisión de esa norma le corresponde al Poder Ejecutivo y a específicamente a él como mandatario, sin embargo recalcó que en este momento de su administración este tema no forma parte de sus prioridades, como si lo es "el déficit fiscal, la inseguridad y las mejoras en educación", comentó.
Añadió, eso sí, que dicha norma es parte de su compromiso de campaña y del acuerdo al que llegó con Rodolfo Piza, actual ministro de la Presidencia, a cambio de su apoyo para la segunda vuelta electoral.
Cuando la periodista que condujo la entrevista repreguntó: ¿Un buen momento político?, el jerarca contestó: "para cuando yo determine que sea un buen momento".
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Tema que divide al gabinete

Patricia Mora, presidenta del Instituto Nacional de las Mujeres.
En estos dos meses de administración ha quedado en evidencia que el tema de la firma de este norma divide al gabinete de Carlos Alvarado.
La ministra de la Condición de la Mujer y presidenta del Instituto Nacional de las Mujeres (Inamu), Patricia Mora, encontró trabas para impulsar esta norma, que creía viable para una pronta aprobación, según lo dijo en mayo a CRHoy.
Sin embargo, pocas semanas después de haber iniciado la administración ese ímpetu se cayó. El 29 de mayo la ministra de Salud, Giselle Amador, contradijo a la jerarca del Inamu y advirtió que no es una prioridad y que está en "stand by".
Amador reconoció en esa oportunidad a CRHoy.com que la norma del aborto terapéutico no avanzará por el momento debido a un acuerdo entre el presidente de la República, Carlos Alvarado y el ministro de la Presidencia, Rodolfo Piza, en el marco del Gobierno de unidad presentado previo a la segunda ronda electoral.
Ante esas declaraciones Mora no ocultó su asombro. "Me preocupa porque en el Inamu tenemos (…) un compromiso con hacer cumplir la normativa vigente y resulta que se está violentando el artículo 121 del Código Penal (…) Para el Inamu sí es una prioridad y que estaríamos insistiendo en que esa norma, que ya está trabajada, pueda ser aprobada gracias a la voluntad política", dijo Mora tras conocer las declaraciones de Amador.
En Costa Rica el artículo 121 del Código Penal permite a las mujeres abortar en caso de que su vida corra peligro durante el embarazo.
"No es punible el aborto practicado con consentimiento de la mujer por un médico o por una obstétrica autorizada, cuando no hubiere sido posible la intervención del primero, si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y éste no ha podido ser evitado por otros medios", señala.
Sin embargo hace falta un marco legal que deje las reglas claras para este artículo y la ausencia del mismo impide a mujeres que toman la decisión de abortar poder hacerlo.
La norma técnica, que ahora depende de la decisión del presidente Alvarado, detalla los pasos, plazos y los procedimientos a seguir para la realización del aborto impune en los centros de salud públicos y privados, a nivel nacional.
Entre otras cosas, el borrador ordena que el mismo se realice con el consentimiento de la mujer, que sea efectuado por un médico o una obstetra autorizada, cuando no hubiera médico disponible.
Además que se practique para evitar un peligro para la vida o la salud de la mujer y que el riesgo para la vida o salud de la mujer no haya podido ser evitado de otros medios.
Establece además un esquema para la práctica de un aborto impune en caso de que no sea una emergencia.