American Airlines operará vuelos comerciales diarios desde Dallas y Miami
A partir del 8 de octubre se reanudará frecuencia Miami-Liberia
(CRHoy.com).-Una semana después de que Costa Rica abriera el ingreso de turistas desde Estados Unidos, American Airlines anunció operaciones diarias desde Dallas y Miami.
Este miércoles 9 de setiembre, a las 12:16 p.m. arribó al Aeropuerto Internacional Juan Santamaría (AIJS) el vuelo 1053 proveniente del aeropuerto de Dallas/Fort Worth. La aeronave procuraba regresar a esa ciudad norteamericana a la 1:43 p.m.
El plan de la compañía es que a partir de este jueves 10 de setiembre se reanuden los vuelos desde Miami hacia el AIJS.
Mientras, a partir del 8 de octubre se espera la reanudación de los desplazamientos entre Miami y el aeropuerto Daniel Oduber en Liberia, Guanacaste.
La intención de la aerolínea norteamericana es que esos vuelos se mantengan con una frecuencia diaria.
"Luego de suspender la mayoría de sus vuelos internacionales en marzo, desde junio American ha comenzado a reanudar sus vuelos a través de Latinoamérica, incluyendo vuelos a Honduras en agosto. Este mes en Centroamérica, la aerolínea también tiene planificado reanudar operaciones en El Salvador y Guatemala", indicó la empresa norteamericana, a través de un comunicado de prensa.
El primer traslado comercial se completó desde el aeropuerto de Newark (Nueva Jersey) y estuvo a cargo de la empresa United Airlines. Se trató del primero desde ese país desde que se emitió, a mediados de marzo, una orden para cerrar fronteras aéreas a los turistas extranjeros.
La reanudación de los vuelos comerciales desde EE.UU está en curso desde el 1º de agosto desde 9 estados: Maryland, Virginia, Distrito de Columbia (D.C.), Nueva York, Nueva Jersey, Vermont, Maine, Nueva Hampshire y Connecticut.
Mientras, a partir del 15 de setiembre, se unirán los visitantes de otros: Pensilvania, Massachusetts y Colorado.
Cabe destacar que está permitido el ingreso de turistas que hagan escalas en ciudades no autorizadas, siempre y cuando los pasajeros NO salgan del aeropuerto del que partirán con rumbo a Costa Rica.
Otra aerolínea que ya calienta motores es JetBlue, la cual planea retomar operaciones a partir del 1º de octubre desde Orlando, Fort Lauderdale y Nueva York. En el caso de Spirit Airlines, procura reanudar los vuelos a partir del 10 de setiembre desde Fort Lauderdale y desde el 24 de octubre desde Orlando. Ambos destinos están sujetos a la autorización del estado de Florida.
Otras empresas, como Southwest o Delta, aún no dan pistas de cuándo reanudarían los vuelos entre EE.UU. y Costa Rica.
Un vuelo comercial es aquel que transporta turistas extranjeros y no debe confundirse con los vuelos de repatriación (o humanitarios) que se han desarrollado durante el transcurso de la emergencia sanitaria.
Los vuelos de repatriación, realizados por distintas aerolíneas hacia o desde diferentes destinos, permitieron que costarricenses regresen al país o que extranjeros que estaban en Costa Rica retornaran a sus localidades de origen.
Estos son los requisitos para los extranjeros que ingresarán:
- Deberán provenir de alguno de los países o estados autorizados por medio de vuelos comerciales o vuelos privados.
- Turistas procedentes de EE.UU. deberán aportar licencia de conducir o la Cédula de Estado (State ID) que los acredite como residentes del estado autorizado.
- Deberán completar el formulario digital denominado Pase de Salud.
- Deberán demostrar que cuenta con un seguro de viaje, nacional o internacional, que cubra los gastos de alojamiento y gastos médicos generados por la enfermedad COVID-19. En caso de que se presente seguro colectivo (grupo familiar), la cobertura deberá ser suficiente para cubrirá los gastos de alojamiento y médicos generados por la enfermedad COVID-19 a cada una de las personas que abarque.
- Deberán presentar un documento que demuestre haberse realizado dentro de las 72 horas (antes era de 48 horas) anteriores a la salida el vuelo hacia Costa Rica, una prueba de PCR-RT de COVID-19, con resultado negativo.
- Este documento deberá presentarse en idioma español o inglés. Deberán presentar el visado correspondiente según su nacionalidad o, en su defecto, la autorización de ingreso excepcional por parte de las autoridades correspondientes.
