Alcaldía desobedece a juez que declaró ilegalidad de impuesto a limonenses
Al día de hoy la Municipalidad no ha procedido a eliminar de la tabla de impuestos el tributo por las aceras
(CRHoy.com) El Tribunal Contencioso Administrativo decretó la ilegalidad e inmediata nulidad sobre el impuesto cobrado por la Alcaldía de Limón para que el pueblo limonense generara una recaudación superior a ¢700 millones a fin de costear la culminación del proyecto de aceras del cantón.
Sin embargo el ayuntamiento no procedió aún a publicar documentación informativa sobre la eliminación del tributo.
Mediante resolución No. 446 del 30 de agosto del 2019, el juez Francisco Chávez Torres da la razón a una ciudadana limonense que presentó una objeción contra el acuerdo del Consejo Municipal en el año 2017 para cobrar un impuesto de ¢46 mil, dividido en cuatro tractos de ¢11 mil.
La mujer de apellidos Monge Alfaro, manifestó a la Municipalidad de Limón mediante un oficio escrito que debía ser exonerada del cobro del impuesto porque frente a su casa de habitación en el barrio Bellavista no se construyó ningún tipo de acera.
"(…) la contribución especial tiene un hecho generador que no consiste en la prestación de uns ervicio exclusivo del sujeto pasivo, sino en la obtención por parte de este, de un beneficio particular o de un aumento del valor de sus bienes como consecuencia de la realización de obras públicas o del establecimiento -que tienen como requisito esencial que sean obras que se realicen por primera vez las aceras no son una obra de primera vez pues siempre existieron-" señala el documento enviado al tribunal.
Monge además resalta que el pueblo limonense está pagando por un crédito millonario en el Banco Nacional, que se le permitió obtener a la Municipalidad de Limón para poder realizar el proyecto de aceras nuevas desde el año 2014, y que no tendría ahora por qué razón venir a cobrar un tributo extra para reponer el dinero.
Tribunal da la razón a ciudadana
Para el Contencioso Administrativo, la Municipalidad en efecto omitió hacer un análisis real sobre las personas a las que iba a cobrar el impuesto especial, sin considerar que muchos ciudadanos no se vieron favorecidos con la construcción de las aceras.
Incluye en su fallo, que no debía haberse creado el impuesto pues ya existe un préstamo en una entidad bancaria para la construcción de las obras.
"Debe considerar el Gobierno Local -Municipalidad- que en materia impositiva rige estrictamente el principio de legalidad en sus dos vertientes positiva y negativa; por lo cual le esta impedido a la Administración efectuar una interpretación o integración normativa que sustente la existencia de un hecho generador del tributo distinto del inmerso directamente en la norma tributaria. Por lo expuesto, se impone acoger el recurso de apelación invocado por la señora María Isabel Monge Alfaro y declarar la nulidad de la resolución N°0027-01-2018 del 3 de abril del 2018", redacta el juez.
Sin embargo a la fecha, el alcalde de Limón Néstor Mattis, ni su sustituta Cinthya Arrieta, han procedido a anular el cobro del tributo.
Cabe señalar que por el crédito de ¢410 millones para la construcción de aceras en el cantón de Limón, la Fiscalía Adjunta de esa provincia investiga al alcalde Néstor Mattis por malversación de fondos debido a que, se pagaron los dineros sin que hayan concluido las obras por parte de la empresa TVT S.A.

