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Alcalde de Limón acuerda no postularse a cargos públicos para evitar juicio

Caso está vinculado con una liquidación de un viaje hecho por jerarca a Colombia

Por Erick Carvajal | 31 de Jul. 2023 | 12:06 am

(CRHoy.com).— Néstor Mattis Williams, alcalde de Limón, aceptó no postularse a cargos públicos, en un plazo de 2 años, como parte de un acuerdo al que llegó con el Ministerio Público, el cual mantenía una causa penal en su contra por el presunto delito de enriquecimiento ilícito, que se tramitó bajo el expediente 15-000499-0472-PE.

Así quedó estipulado en una audiencia preliminar realizada en el Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de San José, donde Mattis Williams solicitó llegar a un acuerdo, el cual legalmente se conoce como "Suspensión del procedimiento a prueba".

En dicha audiencia participaron, además del alcalde de Limón, su abogado Ewald Acuña; el fiscal Óscar Alvarado; Pamela Carcache y Luis Richmond, de la Contraloría General de la República (CGR) y Miguel Cortés, de la Procuraduría General de la República (PGR) y el juez José Pablo León.

El caso que originó la apertura del expediente 15-000499-0472-PE está vinculado con un viaje a un congreso que hizo Mattis Williams a Cali, Colombia, a finales del 2013.

"El alcalde participó en un congreso en Cali, Colombia, cuyos gastos los cubrió la organización del evento, excepto el monto de los boletos aéreos. La municipalidad le autorizó el uso de gastos de representación, con los cuales debía pagar dichos boletos. No obstante, a la hora de liquidar los gastos, la CGR concluyó que la justificación de los gastos no concuerda con el dinero que el alcalde devolvió, ya que presuntamente reintegró menos dinero", informó la Fiscalía a CRHoy.com en el 2015.

Incluso, en ese momento se había solicitado a la Sección de Delitos Económicos del Organismo de Investigación Judicial (OIJ) el desarrollo de una auditoría interna del informe de liquidación de gastos presentada por Mattis.

No cargos públicos

Como imputado en esta causa, el alcalde de Limón, se comprometió a pagar la suma de ¢1.000.000, por concepto de daño social alegado por la Procuraduría. Para el depósito del dinero se estableció un plazo de 6 meses, a partir de la homologación de la medida alterna, y debía suscribir una póliza de riesgos de trabajo voluntaria y por el plazo determinado para su cumplimiento.

Además, no podía postularse para ocupar cargos públicos por el plazo de dos años; y debía inscribirse en el programa de atención en comunidad de la Dirección General de Adaptación Social para el control del cumplimiento de la medida alterna.

Mattis William tiene que mantenerse localizable; asistir a las citas del programa de Adaptación Social y abstenerse a cometer nuevos delitos sancionados con pena de prisión.

El plazo de cumplimiento de estas medidas se estipuló en 1 año, y la fecha del vencimiento es el 10 de febrero del 2025.

"Deberá la persona imputada llevar registros ordenados del cumplimiento de la medida alterna de suspensión del procedimiento a prueba, presentando en la oficina del Programa de Atención en Comunidad de la Dirección General de Adaptación Social y a este Juzgado Penal, los comprobantes de pagos y bitácoras de cumplimiento de trabajo comunal, así como la póliza suscrita para esto último. De no hacerlo, podría no admitirse ni aceptarse cualquier presunto cumplimiento y se podría revocar la medida alterna en el futuro", se indica en el acuerdo.

Además, el juez José Pablo León ordenó la suspensión del cómputo de la prescripción de la acción penal por el plazo de la suspensión del procedimiento a prueba, que vence en la fecha del 10 de febrero del 2025.

El Código Procesal Penal establece la "Suspensión del procedimiento a prueba" y en el artículo 25 indica:

"Cuando proceda la suspensión condicional de la pena o en los asuntos por delitos sancionados exclusivamente con penas no privativas de libertad, el imputado podrá solicitar la suspensión del procedimiento a prueba, siempre que, durante los cinco años anteriores, no se haya beneficiado con esta medida ni con la extinción de la acción penal por la reparación del daño o la conciliación. Para tales efectos, el Registro Judicial llevará un archivo de los beneficiarios (…)".

Nestor Mattis indicó a CRHoy.com, por medio de su abogado, que todavía no ha realizado el depósito del 1.000.000 de colones; "está cumpliendo con las horas de trabajo comunal en el hogar de ancianos  y ya se inscribió en el programa de atención a la comunidad para la supervisión del cumplimiento de la medida", informó.

CRHoy.com dio a conocer el 11 de abril del 2022 pasado, que la División Jurídica de la CGR declaró responsable de un proceso administrativo al alcalde de Limón, Néstor Mattis, y recomendó una suspensión sin goce salarial por un periodo de 20 días.

Además, se le achaca una responsabilidad civil solidaria de ¢16.859.757 que deberán ser depositados a las arcas de la Municipalidad de Limón.

CRHoy.com tuvo acceso al oficio DFI-003-202, enviado el 16 de enero del 2023, por parte del Director Financiero del ayuntamiento limonense, Gilberto Brown, a la Vicealcaldesa Ana Matarrtia Mc Calla, en donde se detallan las sumas canceladas dentro del expediente CGR-PA-2019004744, según lo requerido en el oficio 00109 de la Contraloría General de la República.

Hasta ese momento, solamente dos personas y dos empresas habían realizado los pagos ordenados por el ente contralor.

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