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6 años después, Prodhab pide información sobre decreto que permite a Salud a pedir datos sensibles de pacientes

Por Ambar Segura | 30 de Mar. 2026 | 2:08 am

La Agencia de Protección de Datos de los Habitantes (Prodhab) decidió este mes solicitar información al Ministerio de Salud sobre el decreto emitido en el 2019 que avala a la entidad solicitar información sensible de pacientes a los psicólogos.

Esto se da tras denuncias presentadas por la clínica de salud mental Poïesis, que presentó un recurso de amparo ante la Sala Constitucional debido a que el Ministerio los está presionando para que entreguen semanalmente la lista de pacientes con nombre, número de cédula y padecimiento, lo que permitiría que sean identificados.

Los especialistas de la clínica temen que estos desincentive a los pacientes a acudir a consulta. Además, alegan que es una violación al secreto profesional. Pese a esto, Salud ha amenazado a la clínica con cierres y multas.

La reacción de la autoridad encargada de proteger esos datos llegó seis años después de emitido el decreto.

La Prodhab confirmó que no ha recibido denuncias formales sobre este tema. Aun así, reconoció que, "debido a la temática", realizó una revisión preliminar. Luego decidió solicitar información al Ministerio de Salud, es decir, actuó de oficio, pero años después de la implementación del mecanismo.

En febrero de 2026, la Prodhab participó en una jornada académica organizada por el Colegio de Psicología de Costa Rica. En esa actividad, una funcionaria expuso sobre privacidad y tratamiento de datos personales. Ahí se reiteró que los diagnósticos de salud mental son datos sensibles. Indicó que requieren consentimiento informado, protocolos de seguridad inscritos y la identificación de un responsable del tratamiento.

En ese mismo espacio se promovió el decreto y la obligatoriedad de los datos sensibles de los pacientes. De acuerdo con Bonilla, que participó en la jornada, la Prodhab estuvo presente. Sin embargo, no planteó cuestionamientos, no se refirió a la constitucionalidad del sistema. Tampoco a la ausencia de consentimiento informado, ni a la falta de inscripción de la base de datos del Ministerio de Salud ante la propia agencia.

Datos personales y acceso a estos

Sobre el tratamiento de datos, la Prodhab recordó que la información personal pertenece a cada titular. Indicó que, si no existe una herramienta legal que habilite el acceso, se debe contar con consentimiento informado.

También subrayó que, antes de recolectar datos, se debe informar de forma clara varios aspectos. Entre ellos, la existencia de la base de datos, los fines de la recolección y los destinatarios de la información. Además, si las respuestas son obligatorias o facultativas. También el tratamiento de los datos y las consecuencias de no suministrarlos.

La entidad enfatizó que este consentimiento es adicional al consentimiento clínico requerido en la atención médica.

Vigilancia epidemiológica

En el debate sobre la utilidad de la información, el especialista explicó que la vigilancia epidemiológica requiere datos como cantidad de casos, grupo de edad, sexo, región geográfica y diagnóstico. No obstante, el decreto también exige información identificatoria como nombre, cédula, dirección exacta y teléfono.

La clínica considera que estos datos no aportan valor epidemiológico. Sostiene que conocer los intentos de suicidio en una zona no requiere identificar a las personas.

El director general de Grupo Poïesis, Carlos Bonilla, defendió la vigilancia epidemiológica. Sin embargo, rechazó la inclusión de datos identificatorios.

"Nosotros apoyamos y aplaudimos la vigilancia epidemiológica. La usamos todos los días. Lo que rechazamos es que se haga con el nombre y la cédula del paciente. Eso no aporta ningún dato científico y sí destruye la privacidad de una persona que confió en nosotros en uno de los momentos más vulnerables de su vida", afirmó.

Bonilla agregó que estas medidas evocan prácticas del pasado, ya que antes estigmatizaban a personas con enfermedades mentales.

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