2.375 funcionarios del MEP se encuentran re ubicados
Funcionarios del MEP son reubicados cuando presentan problemas de salud que limitan su trabajo
A la fecha, son miles los trabajadores del Ministerio de Educación Pública los que han debido acudir a una reubicación laboral con el fin de resguardar su salud.
Yaxinia Díaz, Directora de Recursos Humanos del MEP, explica que una reubicación consiste en un cumplimiento a los derechos laborales que tienen los trabajadores de acuerdo al artículo 254 del Código de Trabajo, el cual estipula que si el funcionario no cuenta con las condiciones de salud adecuadas para el puesto, debe ser reubicado en un sitio donde las funciones sean adecuadas a su condición, con el fin de que se mantenga trabajando para así garantizarle la estabilidad y los derechos laborales.
"En el Ministerio de Educación, básicamente la mayoría (de reubicados) son docentes y misceláneos que no pueden ejercer sus labores en totalidad tomando en consideración algunas dolencias que han sido debidamente certificadas por un especialista", afirma Díaz.
Actualmente, 2.375 funcionarios se encuentran reubicados en labores.
Siempre las reubicaciones se realizan en relación con el ámbito docente y por lo general, deben ser renovadas según el período en que el especialista lo dictaminó, los cuales varían entre 1 y 2 años. Para aquellos casos que son permanentes, los cuales según Díaz son muy particulares, se declaró inconstitucional el artículo 5° de la carrera docente y estos son mínimos.
Es por esto que la renovación consiste en un proceso muy estricto, el cual se debe hacer por control médico de un especialista de la Caja Costarricense de Seguro Social.
Según la directora, se han desarrollado varias reuniones entre el Departamento de Recursos Humanos del MEP y otras entidades como el Instituto Nacional de Seguros, la Caja Costarricense de Seguro Social y la Defensoría de los Habitantes, con el fin de que se lleve un control exhaustivo sobre la cantidad de personas reubicadas
Para la directora de recursos humanos del MEP, el compartir criterio con otras entidades se hace con el fin de homologar la gestión y evitar que existan situaciones de abuso por reubicación, ya que se aboga tanto por el bienestar del funcionario así como también por el interés publico, el cual es garantizar el derecho educativo.
Justamente para esto el MEP tiene una comisión designada para estos temas, la cual se encarga de verificar que las reubicaciones sean debidamente justificadas y que el colaborador sea reubicado en un puesto donde pueda desarrollar sus funciones sin que este afecte su condición física.
Para los funcionarios reubicados, las condiciones laborales se mantienen; es decir, su horario y salario se mantienen igual que en el de su puesto original, a excepción de los recargos.
En casos de situaciones conflictivas o disciplinarias donde está en peligro el interés superior del niño, la reubicación del funcionario, mientras está en investigación, es inmediata; cuando son reubicaciones por salud depende en que el trabajador tenga la información debidamente compilada y certificada por el especialista de la Caja Costarricense de Seguro Social.
En caso de no contar con las pruebas pertinentes, el docente no puede ser reubicado.
"Muchas personas optan por la reubicación y muchas son rechazadas por no ajustarse a los requisitos que se les está solicitando; en especial, la valoración de un especialista." concluyó Yaxinia Diaz.