11 de abril y Semana Santa: ¿Feriados? ¿Deben descontarlo de mis vacaciones?
Una serie de dudas surgen de cara a la celebración del 11 de abril y muchos trabajadores no saben si la fecha debe ser día feriado, si el empleador debe descontarlo de las vacaciones o si es día de pago doble.
Randall González, abogado especialista en temas laborales de la firma BLP, asegura que la decisión de dar libre toda la Semana Santa es exclusiva del patrono. Con respecto al 11 de abril, las empresas sí deben a dar libre a sus empleados, ya que es un feriado de pago obligatorio.
Si usted desea trabajar ese día para luego pedir el miércoles y juntarlo con Jueves y Viernes Santo, tendrá que negociar eso con su patrono. Eso sí, si trabaja el 11 de abril para tomar libre el miércoles no podrá cobrarlo doble.
"En los casos de las empresas que seguirán operando durante la Semana Santa, es posible que las personas quieran hacer el cambio del disfrute del feriado para alargar el período que tendrán libre. Sin embargo, la Ley laboral no contempla esa posibilidad. Si se quiere hacer el cambio, tanto el empleado como el patrono deben negociarlo y documentarlo por escrito", indicó González.
Aunque exista el acuerdo para que el colaborador trabaje con normalidad el 11 de abril a cambio del disfrute del feriado para otro día, es probable que por el funcionamiento de la empresa, el acuerdo no aplique para toda la planilla. En estos casos, la Ley contempla el pago doble para los empleados que no puedan acogerse al día libre.
El 11 de abril no es un día de vacaciones. Si el trabajador lo labora, debe recibir el pago doble.
En cuanto a Jueves y Viernes Santo, el Código de Trabajo establece ambos días como feriados de pago obligatorio.
Si el patrono decide cerrar la empresa toda la Semana Santa, podrá rebajar el lunes y miércoles de las vacaciones de sus empleados. Esto porque el artículo 155 del Código de Trabajo establece que el patrono tiene la potestad de determinar la época en que los trabajadores disfrutarán de sus vacaciones.Esto debe quedar documentados.
Si el trabajador asiste a laborar el Jueves y Viernes Santo, el patrono deberá pagarlos doble.