Logo

Municipalidad y MOPT deben arreglar acera en mal estado para estudiantes con discapacidad

Deben resolver la situación en un plazo de 3 meses.

Por Ingrid Hidalgo | 17 de Mar. 2023 | 6:36 pm

(CRHoy.com).-La Sala Constitucional ordenó que la Municipalidad de Pérez Zeledón y el Ministerio de Obras Públicas y Transporte (MOPT) deben girar las órdenes para solucionar un grave problema que afecta a estudiantes con discapacidad y a los habitantes de la comunidad.

Las autoridades judiciales declararon con lugar a un recurso de amparo que se interpuso debido a que el mal estado de una acera limita la movilidad vial de los vecinos y estudiantes y docentes de la Escuela de Enseñanza Especial.

De acuerdo con el recurso interpuesto, todo ocurrió en el 2022 cuando se emitió una solicitud ante la Municipalidad de Pérez Zeledón para que intervinieran y buscaran una solución en la acera desde la Marisquería El Pacífico, la cual se ubica en diagonal al costado oeste del Estadio Municipal hasta la escuela, donde asisten menores que utilizan silla de ruedas y muletas,  estudiantes con limitaciones visuales parciales o totales, entre otros.

Las personas que presentaron este recurso señalaron que esa acera es utilizada de manera frecuente por los estudiantes y funcionarios del centro educativo, por lo que temían que les limitara movilizarse hasta la escuela o que sucedieran más accidentes.

"… se planteó ante la municipalidad accionada solicitud de intervención de las aceras de la vía que va desde la Marisquería El Pacífico, ubicada en diagonal al costado oeste del Estadio Municipal. Lo anterior por cuanto esa ruta es utilizada para desplazarse a la Escuela de Enseñanza Especial, la cual alberga estudiantes con diferentes tipos de discapacidades, tales como limitación motriz que utilizan silla de ruedas y muletas, así como personas con limitaciones parciales o totales visuales; además, de funcionarios y otros usuarios. Alega que las aceras en ambos lados del trayecto han generado accidentes a la comunidad educativa por el mal estado y las condiciones especiales de los mismos, entre ellas, caídas graves e impedimento de movilidad adecuada y segura para los mismos", se indicó en el recurso.

El Alcalde de Pérez Zeledón, Jeffry Montoya; el coordinador del Proceso de Gestión Vial de la Municipalidad, Emmanuel Alfaro; y el coordinador de Gestión Ambiental de la Municipalidad, Álvaro Murillo, señalaron que acudieron al lugar para inspeccionar la problemática.

De acuerdo con los oficios emitidos, la Municipalidad indicó que la afectación se encuentra en la acera que comunica al Supermercado MAYCA con la Escuela de Enseñanza Especial.

Las autoridades locales comentaron que la acera se ubica en la Ruta Nacional 243 y además, por lo establecido en la ley de Movilidad peatonal Ley N° 9976, específicamente en el Artículo 2 inciso b), el Ministerio de Obras Públicas y Transportes era el responsable de resolver la situación.

Asimismo, en el recurso se señala que, en el informe realizado por el Coordinador de Planteles Región X y XI de la División de Obras Públicas del MOPT, José Alberto Jiménez, el experto detalló:

"La longitud total de la acera es de 850 metros, va desde el costado noroeste del Estadio Municipal de Pérez Zeledón al Centro Especial Pérez Zeledón (…) Los primeros 150 metros están en una condición aceptable, pero consiguientemente se comienza a notar el deterioro de las mismas, empezando por desprendimiento del concreto, hundimientos, falta de rampas en los entronques de las calles, acera a la entrada de construcción".

El experto opinó que el mal estado de esta carretera trae problemas para todos, especialmente a los jóvenes con sillas de rueda y con condición visual limitada que caminan por la zona hasta llegar a su centro educativo.

Por ello, brindó una serie de recomendaciones, por ejemplo, reconstruir por completo la acera en los tramos más dañados bajo las normas de la Ley 7600 (Igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad) y crear una alianza o un convenio entre CONAVI, MOPT y la Municipalidad para la construcción de la misma tomando en cuenta la Ley 9976.

Las personas que presentaron este recurso señalaron que decidieron interponer este recurso debido a que el Ministerio y la Municipalidad han sido "omisos en brindar solución a la movilidad vial de los vecinos y usuarios de la Escuela de Enseñanza Especial".

"En el caso de la municipalidad recurrida, ha omitido acatar las disposiciones de coordinación interinstitucional establecidas en el artículo 4.h de la Ley de Movilidad Peatonal, así como lo impuesto en la Ley 8220 y, por su parte, el ministerio recurrido, ha sido omiso en su obligación de supervisión e intervención del adecuado estado de la infraestructura vial de movilidad peatonal al existir infraestructura dañada y que representa un riesgo para la población y principalmente los usuarios de la Escuela de Enseñanza Especial que alberga estudiantes con discapacidades diversas que corren riesgos constantes por las precarias condiciones de las aceras y demás elementos que componen la movilidad peatonal", se indicó en el recurso.

Después de un exhausto análisis del caso, la Sala declaró con lugar el recurso.

Las autoridades judiciales les ordenó al Alcalde de Pérez Zeledón, Jeffry Montoya; el coordinador del Proceso de Gestión Vial de la Municipalidad, Emmanuel Alfaro; y el coordinador de Gestión Ambiental de la Municipalidad, Álvaro Murillo a que giren órdenes para buscar soluciones para resolver esta problemática en un plazo máximo de tres meses.

La Sala también le pidió a Alonso Mora Arroyo, Director General de la División de Obras Públicas del MOPT a que busque acciones concretas para mejorar la acera.

"Se declara con lugar el recurso. Se ordena a Jeffry Gilberto Montoya Rodríguez, a Emmanuel Ceciliano Alfaro y a Álvaro Murillo Mora, por su orden Alcalde, Coordinador del Proceso de Gestión Vial y Coordinador de Gestión Ambiental, todos de la Municipalidad de Pérez Zeledón, así como a Alonso Mora Arroyo, en su condición de Director General de la División de Obras Públicas del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, o a quienes en sus lugares ejerzan esos cargos, que giren las órdenes pertinentes y lleven a cabo todas las actuaciones que estén dentro del ámbito de sus competencias, para que de forma coordinada y fundada, en el plazo máximo de TRES MESES, contados a partir de la notificación de esta sentencia, solucionen el problema denunciado con relación a las aceras de la zona reclamada por la parte recurrente en la ruta nacional No. 243. Se advierte a la autoridad recurrida que, de conformidad con lo establecido por el artículo 71 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional se impondrá prisión de tres meses a dos años o de veinte a sesenta días multa, a quien recibiere una orden que deba cumplir o hacer cumplir, dictada dentro de un recurso de amparo y no la cumpliere o no la hiciere cumplir, siempre que el delito no esté más gravemente penado. Se condena a la Municipalidad de Pérez Zeledón y al Estado al pago de las costas, daños y perjuicios ocasionados con los hechos que sirven de base a esta declaratoria, los que se liquidarán en ejecución de sentencia de lo contencioso administrativo. El Magistrado Castillo Víquez consigna notas. Notifíquese.-"

Comentarios
0 comentarios
OPINIÓNPRO