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Nueva orden migratoria de Trump afectará 19 países: Esto es lo que usted tiene que saber

Cuba y Venezuela entre los países afectados directamente

Por Gustavo Arias | 6 de Jun. 2025 | 12:15 am

El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, firmó esta semana una nueva orden ejecutiva que restringe el ingreso de ciudadanos de 19 países, reactivando el debate entre seguridad nacional y derechos humanos.

La medida, que entrará en vigor el próximo 9 de junio, es calificada por sus críticos como una versión ampliada de la "Prohibición Musulmana" de 2017.

Estas son 10 claves para entender el alcance de la nueva normativa.

1. ¿Qué países afecta y qué tipo de restricciones incluye?

La orden divide a los países en dos categorías:

Prohibición total (12 países). Sus ciudadanos no podrán obtener ningún tipo de visa para ingresar a Estados Unidos:

  • Afganistán.
  • Chad.
  • Eritrea.
  • Haití.
  • Irán.
  • Libia.
  • Myanmar (Birmania).
  • República del Congo.
  • Somalia.
  • Sudán.
  • Yemen.
  • Guinea Ecuatorial.

Restricciones selectivas (7 países). Se suspenden las visas de turismo (B1/B2) y estudiantiles (F), aunque se mantienen otras categorías, como visas de negocios, tránsito o reunificación familiar:

  • Cuba.
  • Venezuela.
  • Burundi.
  • Laos.
  • Sierra Leona.
  • Togo.
  • Turkmenistán.

2. ¿Cuál es la justificación de la Casa Blanca?

El Gobierno de Trump argumenta que la medida responde a motivos de seguridad nacional. Según sus datos:

  • 15 de los 19 países presentan tasas de sobreestadía de visas superiores al 10%. Por ejemplo, Chad alcanza un 55,6% en visas estudiantiles.
  • 8 países se niegan a aceptar deportaciones desde EE. UU.
  • 12 países tienen sistemas de identificación inseguros, lo que dificulta la verificación de antecedentes.

La administración sostiene que el ingreso de ciudadanos provenientes de estos países representa un riesgo potencial en términos de terrorismo y crimen organizado.

3. ¿Qué pasa con los deportistas y eventos internacionales?

La orden contempla excepciones específicas para atletas profesionales con visa P-1, permitiendo su participación en eventos como:

  • La Copa Mundial de Clubes de la FIFA, que inicia el 14 de junio.
  • La Copa Mundial de la FIFA 2026, que tendrá sedes en EE. UU.
  • Los Juegos Olímpicos de Los Ángeles 2028.

Las visas tendrán validez limitada y estarán sujetas a controles reforzados. Por ejemplo, la selección de fútbol de Irán podrá competir, pero sus aficionados no podrán ingresar.

También se incluyen entrenadores, personal de apoyo y familiares inmediatos que viajen en el contexto de estos eventos.

4. Cuba y Venezuela ¿Por qué están entre los afectados?

Cuba fue incluida por:

  • Ser considerada un Estado patrocinador del terrorismo.
  • La negativa a cooperar con EE. UU. en seguridad y repatriaciones.
  • Una tasa de sobreestadía del 18,75% en visas estudiantiles (F, M y J).

Restricciones: Se suspende la emisión de visas B1, B2, B1/B2, F, M y J. Además, los consulados reducirán la validez de otras visas de no inmigrante en la medida permitida por la ley.

Venezuela fue incluida por:

  • Deficiencias en la emisión de pasaportes y documentos civiles.
  • Falta de cooperación en la repatriación de ciudadanos.
  • Una tasa de sobreestadía del 9,83% en visas B1/B2.

Restricciones: Se aplican las mismas suspensiones de visas que para Cuba, con igual criterio de reducción de validez consular.

5. ¿Existen excepciones humanitarias?

Sí. La orden contempla excepciones en casos como:

  • Reunificación familiar inmediata (cónyuges e hijos menores de ciudadanos estadounidenses).
  • Refugiados y asilados ya aprobados antes del 9 de junio.
  • Minorías religiosas perseguidas, como cristianos en Irán.

6. ¿En qué se diferencia esta medida de la "Prohibición musulmana" de 2017?

Aunque guarda similitudes con la llamada "Prohibición Musulmana" de 2017, esta nueva orden ejecutiva presenta diferencias importantes.

La primera es el alcance: pasa de 7 países (de mayoría musulmana) a un total de 19, incluyendo ahora a naciones de África, Asia y América Latina.

La segunda diferencia está en las excepciones: mientras que en 2017 estas eran confusas y mal definidas, ahora se especifican con mayor claridad, como ocurre con los deportistas y ciertos casos humanitarios.

Por último, el respaldo legal también cambia. Algunas disposiciones del veto original fueron bloqueadas por los tribunales, pero esta nueva medida parece diseñada cuidadosamente para resistir desafíos legales y evitar que la Corte Suprema la anule, como ocurrió parcialmente en el pasado.

7. ¿Tiene efecto inmediato?

Sí. A partir del 9 de junio, las embajadas y consulados deberán rechazar automáticamente las solicitudes de visa incluidas en la orden, salvo en casos con excepciones humanitarias o deportivas.

8. ¿Quiénes están exentos automáticamente?

Quedan excluidos de la medida:

  • Deportistas profesionales que vayan a participar en torneos y sus familiares inmediatos.
  • Portadores de green cards.
  • Personas con doble nacionalidad, siempre que uno de los países no esté en la lista.
  • Diplomáticos y personal de organismos internacionales acreditados.

9. ¿Pueden los países salir de la lista?

En teoría, sí. Para ello deben:

  • Mejorar sus sistemas de verificación de identidad.
  • Reducir las tasas de sobreestadía por debajo del 10%.
  • Cooperar activamente con las deportaciones.

Sin embargo, la orden no establece un cronograma específico de revisión ni quién evaluará el cumplimiento de estos criterios.

10. ¿Qué viene ahora?

Organizaciones de derechos humanos, universidades y asociaciones civiles ya han anunciado que llevarán la orden a los tribunales. También se espera una fuerte respuesta diplomática de países africanos y latinoamericanos, incluyendo quejas formales ante Naciones Unidas.

Mientras tanto, miles de personas con planes de estudio, trabajo o turismo verán suspendidas sus oportunidades de ingreso a Estados Unidos.

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