3 cosas que debe saber sobre cambios para compra de bienes en efectivo
Los diputados aprobaron en primer debate el expediente 20.438, un proyecto que establece cambios para hacer compras de bienes en efectivo.
El principal cambio es establecer un límite para hacer compras de bienes en efectivo de menos de $10 mil, es decir, poco más de ¢5 millones al tipo de cambio actual.
Entonces, para hacer compras de bienes, como podría ser una casa, una finca o un carro y que tengan un valor de $10 mil o más, ya no se podrán hacer en efectivo.
Es decir, que si ese bien tiene un valor igual o superior a este monto, para realizar la compra se deberá hacer una transferencia bancaria.
Por ejemplo, supongamos que usted va a comprar una casa por un monto de $70 mil (poco más de ¢40 millones).
Hoy esa compra se podría hacer en efectivo, pero con esta nueva ley, para poder adquirir esa propiedad, usted tendrá que hacer el pago por medio de una transferencia bancaria.
Supongamos que la compra es por vehículo, con un valor de $7.000, (unos ¢3,5 millones) el interesado podrá hacer compra en efectivo, si así lo quiere o puede.
Esto aplicará de igual manera para compras que empresas o personas jurídicas extranjeras hagan en el país por este tipo de bienes y bajo estos montos.
Los diputados que respaldan esta ley insisten que este es un mecanismo necesario para evitar el lavado de dinero y que grupos de crimen organizado adquieran bienes con dinero de dudosa procedencia.
Esta iniciativa, presentada a la corriente legislativa en 2017, nació producto de la investigación legislativa por los Panama Papers. La entonces diputada del FA, Patricia Mora Castellanos, fue una de sus firmantes e impulsoras.
Responsabilidad notarial
En ese proceso de compra el notario público jugará un papel fundamental.
Ya que deberá comprobar que la persona interesada en la compra, hizo el depósito bancario por medio de una transferencia o bien depositando el dinero en la cuenta del banco.
El Registro Nacional hará la inscripción de dicho bien, confiando en el reporte notarial que indica que existió la transferencia bancaria.
El notario que mienta en ese informe se expone a fuertes sanciones ya establecidas en su responsabilidad profesional.
¿Por qué $10 mil?
El diputado del Frente Amplio (FA) Jonathan Acuña, explicó que poner un tope de $10 mil no es antojadizo, sino que responde a un criterio técnico del Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD).
Ese monto se establece además en la Ley 8204 que posibilita a los bancos preguntar al cliente el origen de los recursos cuando se hagan depósitos por esa cantidad.
"Esto es un proyecto en contra de quienes lavan plata y de los que hacen negocios ilegales en la compra de fincas, carros y casas", insistió el frenteamplista.
¿Qué sigue?
El proyecto fue aprobado por el voto a favor de 30 diputados, de las fracciones del Partido Liberación Nacional (PLN), Nueva República y el oficialismo.
En contra obtuvo 10 votos, de los diputados del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC) y del Partido Liberal Progresista (PLP).
Aún falta que se vote en segundo debate, en principio el próximo martes 16 de abril.
Aunque los legisladores en contra de esta reforma podría llevar el proyecto a consulta a la Sala Constitucional, lo que congelaría el proceso de aprobación final, como mínimo un mes calendario.