Marchamo digital: Sala IV ya estudia primeros recursos de amparo
Advierten eventuales riesgos sobre privacidad de datos de personas
(CRHoy.com). La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia confirmó la presentación de los primeros recursos de amparo contra el proyecto del marchamo digital, promovido por el Instituto Nacional de Seguros (INS) junto con el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) y el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones (Micitt).
Las autoridades anunciaron el proyecto el 26 de abril y el 9 de junio, a través del Sistema Integrado de Compras Públicas (Sicop), el INS publicó una licitación mayor, por un presupuesto superior a los ₡4.800 millones, para la contratación de la empresa que suministraría suministre etiquetas con Tecnología de Identificación por Radio Frecuencia (RFID, por las siglas en inglés) para el proyecto del marchamo digital.
El contrato para adjudicar tiene una vigencia de 1 año con opción de otros 3 mediante renovaciones. El objetivo es conseguir el suministro de 1.800.000 etiquetas.
¿Qué representa la tecnología RFID? Es el acrónimo de Radio Frequency Identification y se refiere a una tecnología mediante la cual los datos digitales, codificados en etiquetas RFID o etiquetas inteligentes, son capturados por un lector RFID a través de ondas de radio.
La tecnología RFID funciona similar al código de barras, pues los datos de una etiqueta son capturados por un dispositivo que almacena la información en una base de datos.
En este caso, algunos expertos en manejo de datos personales, mostraron inquietudes en torno a una segunda etapa del plan, anunciada por el Poder Ejecutivo, en la que el marchamo digital serviría para compartir datos sobre movilidad con otras entidades, como la Policía de Tránsito.
Los recursos de amparo se presentaron entre el 12 y el 13 de junio, según confirmó la oficina de prensa de la Sala Constitucional.
Sobre los reclamos:
- Expediente 23-013897-0007-CO.
Tema: marchamo electrónico.
Recurso de amparo contra: el MOPT, el Micitt y el INS.
Estado: En estudio de admisibilidad.
Ingresó: el 13 de junio del 2023.
Argumentos:
Desde el punto de vista del recurrente resulta de mucha preocupación la implementación del marchamo digital, por cuanto, al no existir transparencia con respecto del alcance de este proyecto, se desconocen diversas implicaciones que el mismo podría respecto de la privacidad y la protección de datos personales de todos los costarricenses.
Debe recordarse que un dato personal es cualquier dato que identifica o hace identificable a una persona física. Según el proyecto anunciado, el chip que se instalará en los vehículos permitirá que al leerse por un dispositivo se muestra la información que actualmente posee la tarjeta del derecho de circulación, es decir, el número de matrícula del vehículo, su propietario, las características del vehículo, e incluso, el valor fiscal del mismo y el valor del impuesto pagado.
Todos estos datos son datos personales, por lo que el proyecto que se pretende desarrollar es un proyecto que realizará un tratamiento masivo de datos personales de los costarricenses, mediante la conexión de una base de datos a una tecnología que permite identificar a un vehículo y asociarlo a los datos contenidos en dicha base.
Al ubicarse lectores de estos chips en distintos lugares, se podrá entonces geolocalizar a un vehículo específico en un lugar específico de la ciudad en un momento determinado, y si a esa tecnología se le habilita la posibilidad de captar imágenes o videos, se podrá identificar además la imagen personal del conductor y los acompañantes, lo que sin duda es una herramienta de videovigilancia muy poderosa, e igualmente peligrosa, en donde el tratamiento de estos datos se debe fundamentar en estrictos criterios técnicos y jurídicos, que deben ser transparentados a la población desde el inicio del proyecto, sobre todo cuando involucran fondos públicos de una institución que no tiene dentro de sus competencias la mayoría de las funcionalidades que se menciona se aplicarán mediante esta tecnología.
- Expediente 23-013775-0007-CO.
Tema: marchamo electrónico.
Presentado contra: el INS.
Estado: En estudio de admisibilidad.
Fecha: Ingresó el 12 de junio de 2023.
Argumentos:
El presente recurso de amparo se dirige contra la decisión del Instituto Nacional de Seguros de sustituir el marchamo tradicional por un marchamo digital, pues este implicará el acceso a datos sensibles como será la ubicación de la propiedad de las personas propietarias de un vehículo.
El agravio impugnado es una violación del artículo 24 de la Constitución Política al tratarse de una violación a la intimidad de las personas 3 propietarias de un vehículo y al derecho a la autodeterminación informativa. Bajo el marchamo digital, el Gobierno de la República tendrá la posibilidad de saber mi ubicación, al ser el suscrito un propietario de un vehículo sujeto al cobro del marchamo. Además, se considera que la implementación del marchamo digital es una violación del principio de reserva legal en materia de regulación de derechos fundamentales.
Según el plan del gobierno, con el marchamo digital se "modernizará el ecosistema de regulación vehicular y simplificará los servicios relacionados". Así las cosas, en una primera etapa se brindará la etiqueta del derecho de circulación hasta por 10 años y se unificarán las etiquetas que se pegan en el parabrisas.
Pero, en una segunda etapa, que levanta dudas entre expertos en la materia, en el marchamo digital se utilizará el chip colocado en la etiqueta para -según el gobierno- efectuar tareas como “agilizar el tránsito durante las presas, dar prioridad a vehículos de emergencias, abrir agujas de pajes o ingresar a parqueos”.
En esa misma línea, el chip que se colocará en los vehículos permitirá remitir información hacia un sistema centralizado que podrá ser leída a distancia por la Policía de Tránsito.