Logo

Ley Jaguar 2.0 también viola la Constitución, determina Sala IV

Por Bharley Quiros | 1 de Oct. 2024 | 7:09 pm

Rodrigo Chaves, presentó el proyecto de ley a la Asamblea Legislativa el 5 de junio. CRH

Los magistrados de la Sala Constitucional volvieron a encontrar vicios de inconstitucionalidad a la segunda versión del proyecto de ley Jaguar.

Este martes se dio a conocer la votación de los magistrados, quienes resolvieron la consulta del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) y de la Contraloría General de la República.

El fallo determina que el proyecto del presidente Rodrigo Chaves tiene un vicio de inconstitucionalidad en el artículo 4, que plantea la reforma al artículo 67 de la Ley General de Contratación Pública.

Según la consulta, la reforma propuesta permite la contratación de diseño y construcción de obra pública sin los controles de fiscalización propios de la contratación pública, como dispone el artículo 182 de la Constitución Política.

Además, la Sala IV encontró otro vicio en el artículo 5 de la iniciativa, que pensaba modificar el artículo 5 bis de la Ley Orgánica de Japdeva.

La reforma planteada por el Gobierno pretendía que se permitiera la realización de alianzas estratégicas aun tratándose de infraestructura, lo cual resulta contrario al artículo 182 de la Constitución Política.

Sin roces constitucionales

Por mayoría, los magistrados declararon que no hay un vicio de inconstitucionalidad en el artículo 2 del proyecto, que reforma el artículo 12 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República.

Dicho artículo hace referencia a las competencias de control y fiscalización de la Contraloría.

El magistrado Castillo Víquez consigna razones adicionales. El magistrado Rueda Leal emite voto particular y evacua este extremo de la consulta, en el sentido de que el artículo 2 del proyecto de ley 24.467, que propone la modificación al primer párrafo del artículo 12 de la Ley Orgánica de la Contraloría, es constitucional, siempre que se interprete que se mantienen incólumes las potestades de control y fiscalización de la Contraloría y las competencias derivadas de los numerales 183 y 184 de la Constitución Política, indicó la Sala.

Mientras que el magistrado Araya García y las magistradas Hess Herrera y Alvarado Paniagua salvan el voto y disponen que el artículo consultado es inconstitucional.

Los diputados deberán ahora esperar la resolución completa de la Sala IV para decidir si votan o no la solicitud de referéndum que pide el presidente Chaves.

 

Comentarios
0 comentarios
OPINIÓNPRO