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Legítima defensa: ¿Cuándo aplica, cómo defenderse y en qué casos se justifica?

Por Daniel Chinchilla | 27 de Feb. 2021 | 12:03 am
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(CRHoy.com) Cuatro oficiales de la Fuerza Pública de apellidos Chaves, Valverde, Vargas y Mora fueron detenidos por haber asesinado a un menor de edad durante el cumplimiento de un abordaje por caso de violencia doméstica.

Por estos hechos, se inició un proceso de investigación en el marco de una causa judicial por homicidio en el que se pretende establecer si la actuación se llevó a cabo bajo el esquema de legítima defensa.

El artículo 28 del código penal establece lo siguiente:

"No comete delito el que obra en defensa de la persona o derechos, propios o ajenos, siempre que concurran las siguientes circunstancias: a) Agresión ilegítima; y b) Necesidad razonable de la defensa empleada para repeler o impedir la agresión. Se entenderá que concurre esta causal de justificación para aquel que ejecutare actos violentos contra el individuo extraño que, sin derecho alguno y con peligro para los habitantes u ocupantes de la edificación o sus dependencias, se hallare dentro de ellas, cualquiera que sea el daño causado al intruso…", cita la normativa penal.

Es decir, la norma de nuestro sistema legal establece que no es un hecho delictivo, cuando una persona se defiende de otra que perpetra un ataque ilegítimo o bien, tiene una clara intención de hacerlo. 

Sin embargo los supuestos que se expresan en esta regla jurídica no dejan del todo claro, si la actuación de los oficiales fue correcta, o bien, si estuvo apegada a derecho.

Por ejemplo, en el video el ahora occiso expresa su intención de no dar más lucha, pero en cuestión de segundos, intenta escaparse hacia su cuarto y es ahí donde se le da muerte, por lo que a hoy, se desconocen las circunstancias en que se dio el ataque.

Para el abogado penalista Rodrigo Araya, efectivamente hay una legítima defensa por cuánto el ahora occiso (menor de edad) tenía consigo dos armas punzocortantes en sus dos manos y nunca obedeció la orden de los uniformados para someterse al cumplimiento.

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Desconocimiento protocolario

CRHoy.com también consultó al exdirector del extinto Servicio Policial de Intervención Inmediata (SPI) del Organismo de Investigación Judicial Minor Araya, para aportar algunos elementos en este análisis respecto a la actuación que hicieron los policías.

"Ellos -los policías- deben hacer algo porque hay una amenaza que no ha sido controlada en ese momento (…) El sospechoso no dejó otra opción más que el uso de fuerza mayor y gravosa es la fuerza letal, sin embargo, se dio de la manera en que ocurrió gracias a la negligencia del Ministerio de Seguridad Pública porque hay una grave falta de visión profesional en materia policial, ellos envían a sus oficiales a la calle sin conocimiento, sin equipo y sin supervisión profesional para enfrentar amenazas en casos de violencia doméstica, y es ahí donde se dan hechos lamentables", dijo Araya.

Para Araya, es una verdadera lástima que la Fuerza Pública no cuente hoy en día con elementos de defensa como armas no letales, con los que se puede evitar casos como el que hoy se discute.

El menor recibió cinco impactos de bala en el cuello, abdomen y extremidades dentro de su vivienda.

La Fuerza Pública llegó a ese sitio porque la madre del joven llamó a través del 91-1- pidiendo ayuda por supuesta violencia doméstica.

Cuando los oficiales atendieron el caso el menor estaba con una tijera en su mano derecha y en la izquierda un desatornillador y, pese a múltiples órdenes, el muchacho no acató la orden de desprenderse de esas armas.

Sin embargo, para Minor Araya es ahí donde falta el conocimiento policial y la dotación de más herramientas.

"Una persona que está bajo la influencia de alguna droga, licor, o bien que posee algún tipo de padecimiento que le provoca un estado de ansias, nunca obedece una orden, y es ahí cuando necesitamos armas menos letales para nuestros oficiales, porque ellos ahí pueden neutralizar a la persona sin que sea un hecho mortal", dijo el experto.

Los oficiales fueron sometidos a una audiencia preliminar este mismo viernes en el Juzgado Penal del II Circuito Judicial en San José, y quedaron libres con medidas cautelares como: firmar periódicamente ante el juez, no salir del país y mantener domicilio fijo.

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