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Juzgado desestima causa penal por tragedia mortal de Cambronero

Fiscalía solicitó desestimación al considerar que no existían delitos en el caso

Por Pablo Rojas | 20 de Jul. 2023 | 11:22 am

(CRHoy.com). El Juzgado Penal de San Ramón ordenó desestimar la causa penal que investigó la muerte de 9 personas en la tragedia de Cambronero, sucedida el pasado 17 de setiembre de 2022 en la carretera Interamericana Norte, en el tramo entre San Ramón de Alajuela y Esparza de Puntarenas.

La tragedia ocurrió a las 4:30 p.m. de ese día en el kilómetro 67+500 a la altura del sector de Cambronero, cuando un talud situado en la parte alta de la montaña se desprendió y arrastró un autobús de transporte público de la empresa Alfaro (ruta San José-Bolsón de Santa Cruz) y una motocicleta hasta el guindo.  De las 9 víctimas, 8 eran pasajeros del autobús y 1 fue el conductor de la motocicleta.

El Ministerio Público, a través de la oficina de prensa, confirmó a CRHoy.com que la Fiscalía Adjunta de San Ramón solicitó la desestimación de la causa penal que se siguió bajo el expediente 22-001718-0068-PE.

"En dicha causa, el Juzgado Penal de la localidad ordenó la desestimación del caso, tras solicitud del Ministerio Público, con fundamento en los Artículos 282 y 299 del Código Procesal Penal. De acuerdo con lo resuelto, se estableció que no existió ningún indicio de que el conductor del autobús faltara al deber de cuidado y que de ello generara el hecho de tránsito", citó la fiscalía.

Según la entidad, un informe pericial de Ingeniería Forense "determinó que todo se debió a un deslizamiento de lodo y piedra, el cual arrastró hacia el precipicio al bus y a la motocicleta que circulaban en ese momento".

La resolución fue notificada el 29 de marzo de 2023, detalló la fiscalía.

¿Qué dice el Código Penal?

  • Artículo 282: Desestimación

Cuando el hecho denunciado no constituya delito o sea imposible proceder, el Ministerio Público solicitará al tribunal del procedimiento preparatorio, mediante requerimiento fundado, la desestimación de la denuncia, la querella o las actuaciones policiales.

La desestimación no impedirá reabrir el procedimiento, cuando nuevas circunstancias así lo exijan, ni eximirá al Ministerio Público del deber de practicar los actos de investigación que no admitan demora.

La resolución, que admite la desestimación, se comunicará a la víctima de domicilio conocido y será apelable por esta, por el querellante, el actor civil y el Ministerio Público.
Si se trata de una víctima que está siendo objeto de protección, el fiscal a cargo del caso deberá informarla de inmediato.

  • Artículo 299:

Actos conclusivos Cuando el Ministerio Público o el querellante estimen que los elementos de prueba son insuficientes para fundar la acusación, podrán requerir la desestimación o el sobreseimiento definitivo o provisional.

También, podrán solicitar la suspensión del proceso a prueba, la aplicación de criterios de oportunidad, el procedimiento abreviado o que se promueva la conciliación.

Junto con el requerimiento remitirán al juez las actuaciones, las evidencias y los demás medios de prueba materiales que tengan en su poder.

Bus que se accidentó en Cambronero

Así quedó el bus del accidente en Cambronero. Archivo CRH

Deslizamiento mortal

El paso por la ruta estuvo cerrado totalmente entre la tarde del jueves 15 de setiembre y la tarde del viernes 16 de setiembre, producto de los derrumbes originados tras las fuertes lluvias en otro punto distinto al de la tragedia: el kilómetro 65+400.

El 16 de setiembre la vía se reabrió de manera regulada y, durante la mañana del sábado 17 de setiembrese volvió a cerrar partir de las 8:00 a.m. para continuar las labores de limpieza. La reapertura, según las comunicaciones oficiales del ministerio, se dio a la 1:30 p.m. del sábado. Unas 3 horas antes de la tragedia.

El tema de la reapertura de la vía el día de los hechos, tras las condiciones vulnerables detectadas en el corredor vial, fue uno de los aspectos medulares de la discusión originada luego del suceso mortal.

El deslizamiento en el kilómetro 67+500 arrastró al precipicio un bus de la empresa Alfaro y la motocicleta.

De hecho, previo a la reapertura, Luis Amador, ministro de Obras Públicas y Transportes, publicó un mensaje en las redes oficiales del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) en el que dijo que había ordenado que efectuaran la limpieza lo más rápido posible con el objetivo de restablecer el flujo vehicular.

Las autoridades del MOPT y del Consejo Nacional de Vialidad (Conavi) han insistido en reiterados espacios, como la Comisión de Infraestructura de la Asamblea Legislativa, que abrió un expediente para investigar posibles responsabilidades de las autoridades, en que se siguieron todos los protocolos para atender un caso de este perfil, que la reapertura se hizo considerando que la vía era apta para circular y que la caída de material que se convirtió en mortal fue un hecho "imprevisible".

Además, enfatizaron en que la tragedia sucedió en otro punto distinto al que ocasionó los cierres entre el 15 y el 17 de setiembre. También, variaron la versión del "cierre total", pese a las publicaciones oficiales y los avisos, e insistieron en que lo que hubo durante la mañana del sábado 17 de setiembre fue un "cierre parcial" mientras concluían los trabajos de limpieza.

El paso por Cambronero, en la Interamericana Norte, estuvo cerrado al tránsito entre el 17 de setiembre y el 15 de diciembre de 2022 debido a la inestabilidad detectada en puntos adicionales, además del de la tragedia.

Eso sí, el movimiento vehicular se reabrió solo para vehículos pesados y de transporte público. Los automotores livianos pueden circular por la vía cantonal alterna.

Las 9 víctimas del suceso fueron: Zeneida Farista Castro, de 61 años; Juni Mayorga Díaz, de 54 años; Andrey Calderón Olmazo, de 22 años; Jenny Gómez Jiménez, de 51 años; Kevin Bolaños Sancho, de 22 años; Verny Fallas Salas, de 66 años; Víctor Zúñiga Espinoza, de 64 años; José Guido Hernández, de 44 años y Berner Brown Naranjo, de 50 años.

Además, dos de las sobrevivientes del accidente plantearon un recurso de amparo contra MOPT para buscar respuestas sobre por qué la unidad de transporte de la empresa Alfaro (placa GB-1686) tenía agotado el seguro obligatorio que cubriese a potenciales víctimas de accidentes.

María Jovita Bonilla Zúñiga y Aurora Lara Lara, quienes viajaban en el autobús afectado, plantearon un recurso de amparo ante la Sala Constitucional para obtener información clave de parte del MOPT y el Instituto Nacional de Seguros (INS) en procura de que algún ente se haga cargo por la atención médica que debían recibir tras el accidente.

Ambas han procurado obtener, desde octubre de 2022, datos de ambas instituciones y a la fecha han chocado con pared.

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