Juicio contra empleado de ebais por abuso sexual a escolares ha tenido que realizarse 4 veces
Víctimas de abuso sexual han tenido que relatar 12 veces su testimonio

Los juicios se han realizado en los Tribunales de Pérez Zeledón.
Un funcionario de un Ebais, en Pérez Zeledón, de apellidos Ureña Ureña enfrentará un quinto juicio por el delito de abusos sexuales agravados en contra de estudiantes de sexto grado de la Escuela La Aurora de Daniel Flores, esto luego de que el Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago resolvió anular lo actuado con una condenatoria previa de 10 años de cárcel y al pago de una acción civil resarcitoria de ₡8 millones.
Aunque en un principio eran seis las supuestas víctimas, durante los dos juicios realizados durante este 2025, cuatro de ellas desistieron de continuar con el proceso (ya son mayores de edad). Esto fue confirmado a CR Hoy por Andrés Pérez González, el abogado del imputado, quien explicó que ocho años de proceso en un caso de supuestos delitos sexuales "es demasiado tiempo y perjudica no solo a las víctimas también al acusado".
"Aquí hay una carencia de respuesta del sistema tanto para el imputado como de las presuntas víctimas, son las propias deficiencias del sistema por lo que se han anulado los juicios. Un proceso de ocho años no solo perjudica a las víctimas quienes particularmente manifestaron en el juicio oral y público que no querían declarar debido a que ha pasado mucho tiempo. El sistema no les dio una respuesta adecuada", explicó el abogado.
El jurista indicó que un primer debate con seis supuestas víctimas se anuló por una incapacidad de una jueza. El segundo juicio, también con seis de las supuestas víctimas, fue anulado porque hacía falta la recolección de una prueba.
El tercer y cuarto contradictorio se realizó durante este 2025, con dos de las seis víctimas. En ambos casos el juicio fue anulado por recursos de apelación interpuestos por la defensa técnica del acusado tras ser encontrado culpable.
Los hechos empezaron a investigarse en el 2017, luego de una visita que el imputado hizo a un centro educativo en Pérez Zeledón debido a su trabajo en un Ebais de la zona. Esto indicó la fiscalía tras una consulta de CR Hoy:
"En respuesta a su solicitud, la Fiscalía Adjunta de Pérez Zeledón informó que el juicio correspondiente al caso de su interés se realizó en tres ocasiones. El primero fue suspendido por una incapacidad, en el segundo el imputado fue sentenciado y en el tercero también se dictó una condena.
Estos hechos ocurrieron en la Escuela La Aurora de Daniel Flores, cuando equipo del Ebais de la zona se presentó al centro educativo para realizar una prueba. En ese momento, el imputado se desempeñaba como técnico de laboratorio. Según la Fiscalía, el acusado aprovechó la visita para cometer actos abusivos, en perjuicio de seis estudiantes".

Según informó la Fiscalía, los hechos ocurrieron en el 2017 en la Escuela La Aurora.
La última anulación
El 17 de noviembre anterior, el Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago, ordenó un nuevo juicio contra el imputado Ureña Ureña, quien había sido condenado por dos delitos de abuso sexual agravado en contra de dos de las supuestas víctimas, por hechos que habrían ocurrido en el 2017.
Sin embargo, el abogado defensor alegó que durante el debate el Tribunal de Juicio no permitió la presencia de un psicólogo forense, situación que afectó el derecho a defensa del acusado. Esto señala la resolución del Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago:
"Informa que en los inicios del debate la defensa técnica del imputado solicitó al tribunal que autorizara la intervención del psicólogo forense, Ms. C. Julio Córdoba Elizondo, experto en el área de la psicología, para lo cual se aportó su carné de agremiado en el Colegio Profesional de Psicólogos de Costa Rica. Al formar parte del equipo de la defensa y no ser perito, no era obligación de la defensa técnica justificar los motivos de su intervención en el contradictorio, lo que está vinculado con la estrategia defensiva del encausado. Reclama el recurrente que el Tribunal no puede entrar a valorar la conveniencia ni la oportunidad de intervención del consultor técnico porque esta es una valoración que compete a la defensa, particularmente en un caso en el que parte del sustento defensivo se asocia a la forma en que la psicología del testimonio aborda la declaración de personas menores de edad, presuntas víctimas de abuso sexual infantil", dice la resolución.
En la resolución, el Tribunal de Apelación de Sentencia Penal le dio la razón a la defensa técnica:
Lleva razón la defensa técnica del imputado Ureña Ureña al reprochar que cualquier motivo que se esgrima, no previsto en la ley, para denegar el nombramiento de un consultor técnico (el psicólogo forense) constituye una limitación injustificada al derecho de defensa previa y a la garantía de obtener una sentencia justa", señala el documento.
El abogado, Andrés Pérez González, enfatizó en que, así como de las supuestas víctimas, su cliente se ha visto afectado principalmente en la parte laboral, al no encontrar respuesta efectiva y rápida en el sistema judicial, como lo demandan estos casos.
"El tema del consultor técnico, en la teoría del caso, es para determinar la fiabilidad de las declaraciones. Las supuestas víctimas han repetido su relato en al menos 12 ocasiones durante las diferentes etapas del proceso pero, además, en la escuela o ante el Patronato Nacional de la Infancia. En el caso del acusado, le ha afectado a nivel laboral, durante ocho años de proceso no ha podido tener ascensos laborales u horas extra. Se trunca un proyecto de vida al no existir respuesta", añadió el abogado.