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Johnny Araya valora cobrar “daños y perjuicios” si resulta absuelto por tráfico de influencias 

Defensa del exalcalde capitalino plantea pedir indemnización y costas procesales, tras casi una década bajo investigación judicial

Por José Adelio Murillo | 8 de Ago. 2025 | 5:11 am

El equipo de defensa legal del exalcalde de San José, Johnny Araya Monge, valora solicitar una indemnización al país en caso de que resulte absuelto en el juicio que enfrenta por supuesto tráfico de influencias, en el que el extraditable Celso Gamboa Sánchez y la exfiscala Berenice Smith también figuran como imputados.

Ayer jueves, los abogados defensores de Araya pidieron al Tribunal Penal de Hacienda una absolutoria tanto en lo penal —para evitar una pena de cárcel— como en el pago de ₡12 millones que pretende la Procuraduría General mediante una acción civil resarcitoria.

Los defensores fueron más allá e incluso solicitaron que, por el contrario, en lugar de condenar al exalcalde, se le indemnice y se condene al Estado a pagarle las costas de todo este proceso. La decisión quedará en manos de los jueces a cargo.

No obstante, Araya se plantearía adicionalmente demandar al Estado o a particulares específicos por los "daños y perjuicios" que le habría provocado estar sometido a este procedimiento desde que se inició la investigación, hace casi una década.

Así lo confirmó su abogado, Alfonso Ruiz, en declaraciones a CR Hoy.

"Eso es un tema que tenemos que valorar cuando el proceso termine. No es propio de esta causa, puede ser propio de un proceso adicional y eso va a depender no solo de la certeza de la sentencia, si es que se dicta de esa manera y de la acreditación del daño que don Johnny pueda establecer.

Sí les digo con toda transparencia que él ha valorado la posibilidad preliminarmente de instar contra un medio de comunicación, precisamente porque él considera que esa mala praxis periodística que ya yo describí que expliqué en las conclusiones, es el origen de todo este proceso judicial, pero eso lo valoraremos, por supuesto, a futuro", replicó el jurista.

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Ruiz reconoció que las condenas por costas —que ya solicitaron expresamente— suelen ser "simbólicas" y se calculan entre un 10 % y un 15 % de la estimación.

Si eventualmente los jueces determinaran condenar en costas por la acción civil contra el exalcalde, el país podría estar obligado a pagar unos ₡2 millones. Sin embargo, una eventual demanda para reparar esos "daños y perjuicios" sería mucho más cuantiosa.

"Pongámoslo en en estas condiciones: el daño que se le causa a una persona que está sometida 9 años a un proceso judicial no solo es un tema económico, es un tema de daño moral, es un tema de daño emocional, es un tema de procesos, un tema de tiempo, es un tema de gastos legales, hay un montón de factores al redor de ese tipo de circunstancias.

Claro que una indemnización por daños y perjuicios por un proceso de este tipo tiene una connotación muy distinta", explicó el abogado.

Para el jurista, el planteamiento de pedir una condenatoria por gastos es un asunto más de "responsabilidad, credibilidad y dignidad", para poder sostener que la demanda civil interpuesta por la Procuraduría no cumple con los requisitos, carece de elemento probatorio y no establece situaciones que justifiquen una petición millonaria.

"Repito, no es el tema del monto, es la forma en la que se pretende y y la temática de la pretensión específica. (…) El tema de lo que ha costado el proceso y del daño económico que se le ha causado también a Don Johnny y a los demás imputados es otra historia",señaló Ruiz.

La Fiscalía Adjunta de Probidad, Transparencia y Anticorrupción (FAPTA) sorprendió a el miércoles al solicitar absolver al exmagistrado Gamboa, al exalcalde capitalino y a la exfiscal subrogante Smith.

Los tres imputados eran señalados por el Ministerio Público de realizar gestiones para eliminar el nombre del exalcalde de una causa penal durante la campaña electoral que lo llevó de regreso a la Municipalidad de San José en 2016.

Contrario a ese criterio, la Procuraduría sí solicitó condenar a los tres acusados y, además, pidió una indemnización. En su rol de abogado del Estado, este órgano solicitó sentenciar a Gamboa y a Smith a pagar ₡15 millones cada uno, y ₡12 millones en el caso de Araya.

El procurador Federico Quesada se apartó del criterio fiscal al considerar que se trata de exfuncionarios públicos que supuestamente cometieron actos ilegales en el ejercicio de sus funciones.

"Hicimos las dos cosas, indicaba yo en las conclusiones que nuestra acción civil tiene una pretensión que es una indemnización por el daño social. Ese daño social que reclamamos se origina por una actuación delictiva, así está estructurada la acción civil.

De modo tal que, al depender de la acreditación del hecho punible, de la acreditación del delito, bien puedo yo, como lo hice, solicitarle al tribunal que se separe de las consideraciones de la Fiscalía y también le pedimos que los condenen penalmente por el extremo mínimo de la pena.

Por su parte, Natalia Villalta, fiscala adjunta y jefa de FAPTA, explicó que la razón para solicitar la absolutoria fue la objetividad, al no contar con evidencia ni elementos de prueba suficientes para pedir una condena contra los acusados.

La acusación elaborada por otro equipo de fiscales años atrás no describía claramente qué presiones habrían ejercido Gamboa y Smith para favorecer a Araya, lo cual dificultó demostrar la existencia de un delito, según indicó.

"Nosotros tenemos que hacer un análisis de toda la prueba testimonial y documental, pero es que el análisis tiene que ser bajo el principio de objetividad y eso fue precisamente lo que hoy nosotros aplicamos. 

Analizamos todo el universo de prueba y nos llevó a la conclusión de que en este caso lo procedente era pedir una absolutoria en favor de los imputados", señaló Villalta.

Inicialmente, la tesis fiscal sostenía que hubo contactos con el entonces subjefe del Ministerio Público, Celso Gamboa, para impulsar gestiones que permitieran cambiar el estatus judicial de Araya.

La Fiscalía alegó en aquel momento que los tres imputados —Gamboa, Araya y Smith— ejecutaron una serie de acciones concertadas entre noviembre de 2015 y enero de 2016, con el objetivo de manipular una causa penal por presunto enriquecimiento ilícito y eliminar la condición de imputado de Araya.

Según esa versión, Gamboa y Smith habrían utilizado su jerarquía para influir sobre la fiscala instructora del caso, Natalia Rojas Méndez, y conseguir que emitiera un oficio que —en apariencia— afirmaba falsamente que Araya no era imputado.

Ese documento, identificado como FAPTA-08-2016, fue entregado a Araya el 6 de enero de 2016. Al día siguiente, su nombre fue eliminado del sistema informático de la Fiscalía.

Dos días después, el entonces candidato a regresar al municipio por el partido Alianza por San José envió el oficio por WhatsApp a una periodista de La Nación, que preparaba un reportaje sobre aspirantes con causas penales activas.

Gracias a esa maniobra, el nombre de Araya no apareció en el listado publicado el 2 de febrero de 2016. Según la Fiscalía, los imputados habrían generado una "ventaja indebida" que le permitió ocultar su condición procesal ante el electorado.

La postura del Ministerio Público cambió tras recibir toda la prueba. En la fase de conclusiones, el fiscal Carlos Rodríguez explicó que la acusación inicial carecía de precisión y claridad, lo que impedía sostener una solicitud de condena.

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