Informe del BCR pide a Fiscalía investigar a gerente por presunto incumplimiento de deberes por destrucción de archivos
Unidad de Investigación del banco sugirió a la Fiscalía investigarlo en la causa penal donde figuran los exfuncionarios Juan Carlos Bolaños y Álvaro Camacho.
Un informe efectuado por la Unidad de Fraude Interno de la Unidad de Investigaciones del Banco de Costa Rica (BCR) como parte de la investigación desarrollada para determinar la responsabilidad de los altos mandos de la entidad en la destrucción de discos duros de computadoras del banco, determinó que pudo existir incumplimiento de deberes por parte de Douglas Soto Leitón, gerente general del BCR por su forma de actuar ante las presuntas irregularidades.
Se trata del caso FI-1074-23, el cual se hizo de conocimiento interno desde febrero pasado, para posteriormente ser remitido al Ministerio Público con el fin de que indaguen a profundidad lo sucedido.
"(…) podría existir un incumplimiento de funciones", detalla el informe.
Los criminólogos del banco se dieron a la tarea de entrevistar testigos, recopilar bitácoras, grabaciones de cámara de video, obtener documentación, entre otras labores, para identificar todos los detalles de posibles relaciones de la destrucción de los discos con la salida Juan Carlos Bolaños Azofeifa, quien fungió como gerente corporativo del BCR y Álvaro Camacho de la O, quien ocupó el cargo de subgerente del mismo departamento hasta el 19 de junio del 2023 cuando los dos renunciaron.
El informe abarcó varios aspectos relacionados con el caso por el cual incluso la Fiscalía Adjunta de Probidad de Transparencia y Anticorrupción (Fapta) tiene abierto el expediente 23-017883-0042-PE, en el cual se busca establecer si Bolaños y Azofeifa incurrieron en un delito a la hora de eliminar información de los equipos que el banco les había asignado para sus labores.
No obstante, una testigo entrevistada por el Ministerio Público en la investigación penal por presuntas irregularidades en la compra del Parque Empresarial del Pacífico (PEP) por parte del Fondo de Inversión Inmobiliario No Diversificado (Fiind) de la Sociedad Administradora de Fondos de Inversión del Banco de Costa Rica (BCR SAFI), reveló una supuesta solicitud girada por Douglas Soto Leitón, para proceder con la desaparición de archivos con documentación de interés institucional.
La prueba testimonial, en poder de CRHoy.com, versa sobre la causa tramitada por la Fapta a través del expediente 21-000209-1218-PE para esclarecer un aparente sobreprecio irregular en la compra de ese inmueble ubicado en Caldera, en Esparza de Puntarenas, por el cual el Fiind pagó $70 millones.
Según la declaración la informática recibió orden por parte del entonces gerente de realizar la irregular acción en su oficina el mismo día que ellos presentaron su renuncia, no obstante ella confesó que le indicaron que todo se hizo por "una solicitud girada por Douglas Soto".
"Para esta unidad, no queda claro, y no se entrega por parte del Sr. Douglas Soto Leiton, evidencia de alguna instrucción de su parte o hacia alguna oficina de control, la interposición de una denuncia pronta y directa sobre los hechos cuestionados, claramente su perfil de puesto indica (… Garantizar el acatamiento del marco normativo de Control Interno, Cumplimiento y Gestión de Riesgos, para promover una cultura de gestión basada riesgos en el Conglomerado Financiero BCR.), lo cual hubiere evitado a todas luces un daño mayor a nivel de opinión pública y sus clientes.
Por lo que podría existir un incumplimiento de funciones, dado al alto nivel del cargo, en donde recomendarse una posible investigación para determinarlo", revela la investigación que ahora está en manos de la Fiscalía.
El oficio argumenta que existe una posible vinculación entre la destrucción de los archivos con la causa judicial que investiga la compra del PEP al exdiputado Humberto Vargas Corrales por medio de la sociedad anónima 3-101-764316 por $70,8 millones y que cuatro años después el último avalúo le puso un precio de $28 millones.
"Dadas los elementos que se vislumbran sobre el posible deterioro o eliminación de la información ubicada en los equipos y dispositivos entregados a los señores Juan Carlos Bolaños Azofeifa y el Sr. Álvaro Camacho de la O, con la presunta autorización del Sr. Douglas Soto Leitón, entorno (sic) la causa judicial de marras, pareciera que tienen una relación directa con los hechos irregulares y de los cuales se están investigando en vía judicial por la fiscalía especializada, esto con respecto al sobre precio de sus inversiones en el llamado Parque Empresarial del Pacífico", reza el escrito.
Soto figura como investigado
Por esa razón, a lo interno del banco Soto Leitón figura como investigado a raíz de los elementos que lo señalan en la presunta autorización que dio de deshacerse de los discos duros con información sacada de las computadoras de Camacho y Bolaños.
La sugerencia hecha al Ministerio Público para abrir una causa contra Soto por los hechos explorados se basa en lo expuesto en el artículo 339 del Código Penal, donde se establece:
"Sera reprimido con pena de inhabilitación de uno a cuatro años, el funcionario público que ilegalmente omita, rehúse hacer o retarde algún acto propio de su función. Igual pena se impondrá al funcionario público que ilícitamente no se abstenga, se inhiba o se excuse de realizar un trámite, asunto o procedimiento, cuanto está obligado a hacerlo"
Consultamos a la Fiscalía si el gerente bancario tiene alguna causa abierta relacionada con este tema y respondieron que la oficina de Anticorrupción, Transparencia y Anticorrupción de momento no tiene expediente contra el funcionario de alto rango vinculado a este caso.
Sobre los hechos investigados, Soto Leitón rechazó "enérgica y vehementemente la afirmación" que se hizo a raíz de nuestra consulta, asegurando que él en ningún momento giró instrucción para destruir los discos duros ni cualquier otro activo del BCR.
Señaló que más bien una vez que se enteró de lo sucedido, solicitó las indagaciones pertinentes.
Por su parte el BCR respondió que la institución es respetuosa del ordenamiento jurídico vigente, por tanto, se encuentra en la mejor disposición de colaborar con cualquier investigación que así lo solicite, no obstante se ampararon en el artículo 295 del Código Procesal Penal para negarse a brindar más detalles porque la investigación sigue en curso.
Participación de Bolaños y Camacho

Álvaro Camacho de la O y Juan Carlos Bolaños Azofeifa
Pese a que el banco no logró acreditar si los actos se cometieron adrede, determinaron que sí fueron hechos plenamente premeditados por los dos exfuncionarios, quienes fungieron junto a Soto en el Comité de Riesgos y el Comité de Inversiones que analizó y aprobó la compra del PEP.
"(…) no existen elementos de prueba directos que correspondan a establecer si hubo una decisión dolosa de los sujetos involucrados en un intento solapado de destruir información valiosa para desvirtuar responsabilidades de delito en sede judicial, lo correcto es mencionar, que se presentaron situaciones anómalas dado a su actuar.
Estas decisiones parecieran orquestadas, y que provocó daños no sólo para resolución judicial, sino que lesiona los intereses del BCR en su condición de entidad pública, dado que es determinante la materialización del riesgo reputacional y de imagen, el cual hasta ahora no se ha calculado, pues se puede visualizar en los medios de comunicación, comentarios nefastos en redes sociales, y no se ha realizado el conteo de la salida de clientes en banca de personas y banca corporativa", informe bancario.
Eso sí, en el informe bancario expusieron que no existen elementos para determinar si Bolaños y Camacho actuaron de mala fe y utilizaron el nombre del gerente general, no obstante, aducen que "tampoco podemos decir lo contrario, dado que no está dentro de la objetividad marcar una referencia negativa o positiva".
"(…) lo que sí es viable mencionar, es que dentro de los elementos de prueba, el Sr. Soto Leitón, no entrega evidencia de su sana gestión o buena práctica según sus responsabilidades, que hubieran evitado o minimizado la situación presentada", dice el texto.
Añaden que al no poder identificarse que las actuaciones contengan un dolo directo, se guían por lo establecido en los artículos de la función pública, los cuales no fueron aplicados, pues los hechos eran conocidos desde hace varios meses y una vez que los dos funcionarios renunciaron se tenía que buscar proteger la información sensible que contenían esos artefactos.
"(…) no eran salidas de renuncia en función normal, sino que eran salidas del subgerente general y un gerente de negocio, como para haberlos manejado de forma simplista, además como acto grave no fue interpuesta las denuncias que correspondían, y que estos hechos presuntamente irregulares eran de conocimiento de la Gerencia General, según se expone en la misma entrevista del Sr. Soto", apunta el informe.
Los dos exfuncionaros, al ser consultados sobre los señalamientos, mediante un correo electrónico, indicaron que por recomendación de su abogado no se referirían al tema.