Implicaciones del “Convenio multilateral sobre asistencia administrativa mutua en asuntos fiscales” para las empresas
En un mundo cada vez más globalizado las empresas que operan en dos o más jurisdicciones enfrentan un entorno regulatorio en constante evolución, y una de las iniciativas más significativas en el ámbito de la fiscalidad internacional es el "Convenio multilateral sobre asistencia administrativa mutua en asuntos fiscales" (MLI por sus siglas en inglés), el cual fue desarrollado por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).
El MLI busca modificar los convenios para evitar la doble imposición en forma rápida, sistemática y coordinada y así desarrollar la denominada acción 15 del plan BEPS, para evitar la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios; además, el convenio mejora la cooperación entre las administraciones fiscales de diferentes países.
El MLI se desarrolló en respuesta a la necesidad de abordar las lagunas y discrepancias en los tratados fiscales bilaterales que permitían la planificación fiscal agresiva. También pretende implementar rápidamente ciertas medidas del proyecto BEPS de la OCDE, sin necesidad de renegociar individualmente cada tratado bilateral.
Actualmente, este convenio se ha suscrito en 100 jurisdicciones de todo el mundo y en Latinoamérica está vigente en: Belice, Chile, Costa Rica, Panamá y Uruguay. En el caso de Costa Rica está vigente en todos los países con los cuales se tiene suscrito un convenio para evitar la doble imposición tributaria: México, España, Alemania y los Emiratos Árabes Unidos.
Cláusulas que impactan a empresas
El MLI introduce una serie de cláusulas que afectan directamente a las empresas. Entre las más relevantes se incluyen:
- Cláusula de Prevención del Abuso de Convenios (PPT por sus siglas en inglés): Esta cláusula busca prevenir la obtención indebida de beneficios de los tratados fiscales. Las empresas deben asegurarse de que sus estructuras comerciales y transacciones tienen un propósito comercial genuino y no están diseñadas, principalmente, para obtener ventajas fiscales. Bajo esta cláusula se debe de aplicar un test de sustancia previo a la aplicación de un convenio para evitar la doble imposición tributaria.
- Cambios en la definición de establecimiento permanente: El MLI modifica la definición del establecimiento permanente, lo que puede afectar a las empresas que operan en varios países. Ahora, ciertas actividades que anteriormente no se consideraban de establecimiento permanente, podrían estar sujetas a imposición en el país anfitrión.
- Arbitraje obligatorio: El MLI introduce disposiciones para resolver disputas entre empresas y administraciones fiscales de manera más eficiente, evitando la doble imposición. Esto puede ser positivo para las empresas, ya que proporciona un marco más claro para la resolución de conflictos.
Ante estas implicaciones las empresas deben tomar medidas para garantizar el cumplimiento y la gestión eficiente de sus obligaciones fiscales. Algunas de ellas pueden ser:
- La revisión de estructuras comerciales: Las empresas deben evaluar a sus estructuras comerciales existentes para asegurarse de que estén en línea con los requisitos del MLI y que no sean consideradas abusivas.
- Monitoreo de actividades: Dado el cambio en la definición de establecimiento permanente, las empresas necesitan monitorear sus actividades en diferentes jurisdicciones para determinar si se activa la imposición en el país anfitrión.
- Evaluación de riesgos: Es fundamental que las empresas realicen una evaluación exhaustiva de los riesgos fiscales derivados del MLI en sus operaciones internacionales y ajusten sus estrategias según corresponda.
- Debida documentación de respaldo: Las empresas deben asegurarse de mantener una documentación exhaustiva y transparente sobre sus transacciones y operaciones para respaldar su posición ante las autoridades fiscales.
En conclusión, el MLI representa un cambio significativo en el panorama de la fiscalidad internacional y tiene implicaciones importantes para las empresas multinacionales. Las empresas deben adaptarse a las nuevas cláusulas y requisitos introducidos por el MLI, revisar sus estructuras y operaciones, y tomar medidas proactivas para garantizar el cumplimiento y minimizar los riesgos fiscales.