Hombre fue detenido con orden de captura desactualizada en Corredores
Magistrados condenan al Estado por daños y perjuicios causados por el Archivo Criminal
(CRHoy.com) Un hombre fue detenido en Corredores por oficiales del Grupo de Apoyo Operacional (GAO) de la Fuerza Pública con una orden de captura desactualizada, determinó la Sala Constitucional.
El tribunal declaró parcialmente con lugar un hábeas corpus -figura que protege a las personas de detenciones e incomunicaciones ilegítimas por parte de una autoridad- presentado contra la Corte Suprema de Justicia y el Ministerio de Seguridad Pública (MSP). Tras estudiar el recurso, los magistrados determinaron que el Archivo Criminal falló al actualizar su sistema, lo que derivó en la detención del tutelado. Esto constituyó una "violación a los derechos fundamentales".
La aprehensión fue requerida el 24 de mayo de 2022 por el Tribunal de Flagrancia de la localidad, en un proceso que se seguía contra el recurrente por presunta desobediencia, en el que fue declarado rebelde.
El individuo fue capturado el 12 de agosto del 2022. Ese mismo día, en una audiencia, se homologó un procedimiento especial abreviado -con el que una persona reconoce los hechos que se le atribuyen- y se le dejó en libertad. En ese momento, el órgano jurisdiccional remitió un oficio para dejar sin efecto la orden de captura, el cual confirmó la Cabina de Radio del Archivo Criminal ese mismo día.
"No obstante, pese a lo anterior, a las 9:35 p.m. del 9 de noviembre de 2022, ingresó a celdas del Organismo de Investigación Judicial (OIJ) por orden del Tribunal de Flagrancia de Corredores según la causa penal [se reserva] por el delito de desobediencia. En ese momento, la Policía Judicial revisó el sistema Expediente Criminal Único (ECU) y determinó que el imputado registraba captura activa y pendiente de ejecutar.
"Por ello, por parte del personal del Organismo de Investigación Judicial de Ciudad Neily, en Corredores, y por tratarse de horas no hábiles, procedió en horas de la mañana del 10 de noviembre de 2022 a remitir al Tribunal de Flagrancia del II Circuito de la Zona Sur y mediante correo digital de las 8:15 a.m. a informar sobre la captura del señor [se reserva]. Sin embargo, la coordinadora del despacho judicial le indicó a la Policía Judicial: ‘Buenos días, licenciado, un gusto saludarle, según lo indicado por el compañero [se reserva], quien es el técnico que tramita la causa, esta se encuentra finalizada y la captura fue cancelada el 12 de agosto del 2022, a su vez fue confirmada en Cabina de Radio de Archivo Criminal el mismo día doce, con el señor [se reserva]", menciona la resolución 2022029809, del 16 de diciembre de 2022.
Esto constituyó una violación flagrante al artículo 22 de la Constitución Política, toda vez que se privó de libertad en forma ilegítima al tutelado.
"Nótese que, a propósito de la falta de actualización del sistema por parte del Archivo Criminal, esto implicó que el amparado fuera detenido por la Fuerza Pública y que haya tenido que permanecer en las celdas al menos 10 horas. En consecuencia, lo que procede en este recurso de hábeas corpus es declarar con lugar el recurso, únicamente contra el Archivo Criminal del Poder Judicial, por no haber tramitado la gestión de dejar sin efecto la orden de captura remitida el 12 de agosto de 2022 por el Tribunal de Flagrancia de Corredores", recalcaron los altos jueces.
En tal sentido, el tribunal condenó al Estado al pago de los daños y perjuicios causados con los hechos que dieron base a la declaratoria.