Hacienda no puede dejar a contribuyentes sin consulta tributaria, determinó Tribunal
El Tribunal Contencioso Administrativo sostuvo que el Ministerio de Hacienda debe adoptar las medidas necesarias para que los contribuyentes puedan acceder a la consulta tributaria en línea durante la migración al nuevo sistema TRIBU-CR, el cual estará disponible a partir del 4 de agosto.
Así lo dejó claro en una resolución mediante la cual se frena la intención del Ministerio de desactivar el acceso a la información tributaria en línea a partir de este viernes a las 11:45 p.m., con el fin de migrar la información de la plataforma Administración Tributaria Virtual (ATV) al nuevo sistema TRIBU-CR.
"Deberá el Ministerio de Hacienda adoptar las medidas necesarias para garantizar que los costarricenses puedan acceder a su consulta tributaria en línea mientras se instala en el sistema de Hacienda Digital el sistema TRIBU-CR, por cuanto no puede dicho Ministerio incumplir con un mandato legal que específicamente le atañe como parte de sus funciones, aun cuando sea con miras a un eventual buen fin y mejoramiento del sistema de Hacienda Digital", señaló Nailea del Mar Víquez, jueza tramitadora, en la resolución del 16 de julio de este año.
El Tribunal mencionó que el artículo 18 bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios establece que el Ministerio de Hacienda debe mantener un acceso de consulta pública, vía Internet, en la página web institucional, para todos aquellos contribuyentes que pretendan gestionar trámites estatales relacionados con regímenes de exoneración o incentivos fiscales, participar en procesos de contratación pública, concesiones, permisos o autorizaciones para explotar bienes o servicios públicos, o bien ejercer cualquier actividad lucrativa que requiera licencia municipal, ya sea ante la Administración Central o entes descentralizados.
"Es decir, durante más de dieciséis días, los costarricenses que pretendan realizar cualquiera de estos trámites descritos anteriormente no podrán consultar su situación tributaria, debido a la deshabilitación del sistema de consulta tributaria. Lo anterior podría implicar, eventualmente, la pérdida de concesiones, licitaciones públicas, incentivos fiscales o exoneraciones, permisos o autorizaciones para explotar servicios o bienes públicos, generando perjuicios a los contribuyentes y, eventualmente, daños significativos también a otras instituciones gubernamentales, por no poder verificar el cumplimiento tributario de sus administrados y/o solicitantes de trámites como los mencionados", argumentó el Tribunal.
El Tribunal resolvió ordenar al Ministerio de Hacienda frenar el apagón de la consulta tributaria en línea, al acoger una solicitud de medida cautelar provisionalísima planteada por la diputada independiente Johana Obando.
La legisladora solicitó que se garantice el cumplimiento del artículo 18 bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios.
El Tribunal otorgó un plazo de tres días hábiles al Ministerio de Hacienda y a la Dirección General de Tributación para que se pronuncien sobre la medida cautelar solicitada por Obando.