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Gobierno y ministerios corrieron a borrar posteo con información falsa tras críticas de ciudadanos

Tras fuertes críticas en redes sociales, instituciones públicas eliminaron de sus cuentas una campaña de desinformación difundida por el Gobierno

Por Andrey Villegas | 2 de Oct. 2025 | 10:04 am

En cuestión de pocas horas, una avalancha de críticas obligó a las instituciones del gobierno, incluida la Casa Presidencial, a dar marcha atrás a una campaña de desinformación difundida en redes sociales.

La campaña, difundida por orden del Gobierno desde la noche del miércoles, llevaba por nombre "Cayó la Mordaza" y estaba acompañada de una fotografía del presidente Rodrigo Chaves, cuyos ataques contrra el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) en las últimas semanas se centraron en acusarlo de imponer una mordaza al Ejecutivo.

A partir de la convocatoria a elecciones, la ley, vigente, aplicada y respetada desde hace 16 años, impide al gobierno difundir publicidad. El propósito de la norma es conservar la equidad del proceso.

Sin embargo, la iniciativa no gustó a la ciudadanía y en redes sociales se leyeron comentarios como:

  • "No digan cosas que no son ciertas. Qué bajo han caído con esta clase de publicidad. Nuestro TSE merece respeto".
  • "Es increíble la irresponsabilidad cívica que, desde Casa Presidencial, censuren las leyes que rigen en este país".
  • "36 años fuera de Costa Rica y se le olvidó cómo funcionan nuestras leyes. Hágase un favor y lleve, como mínimo, un curso de leyes en Costa Rica. Deje de estar dañando nuestro Estado social de derecho y nuestra patria".
  • "Cuánto irrespeto a nosotros, los ciudadanos, y a nuestra democracia".

Instituciones como el Ministerio de Salud, el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (Mideplan), el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (Mopt), el Ministerio de Educación Pública (MEP) y el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), entre otros, dieron marcha atrás con las publicaciones.

Tal y como se aprecia en las siguientes imágenes:

Chaves se contradice sobre discurso de la "mordaza"

El propio Chaves ha tenido contradicciones en torno al tema. Este miércoles, durante su programa televisivo, indicó que "podría no ser el último", luego de dedicar días a ataques y duras críticas contra el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) por la aplicación de la supuesta "mordaza" a partir del 1.º de octubre, fecha de inicio de la campaña electoral de 2026.

Esta medida se aplica para evitar que los miembros del Poder Ejecutivo utilicen recursos públicos en favor de candidaturas presidenciales afines al partido de gobierno que busquen la continuidad. Así lo establece el artículo 142 del Código Electoral, en vigor desde su reforma en 2009.

Eugenia Zamora, presidenta del TSE y Rodrigo Chaves, presidente de la República. CRH

Posición del TSE

Por su parte, el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) recordó que, a partir de este jueves 2 de octubre, regirá la prohibición establecida en el artículo 142 del Código Electoral. Esta impide a las instituciones del Poder Ejecutivo, la administración descentralizada, las empresas del Estado, las alcaldías y los concejos municipales difundir mensajes que exalten los logros de su gestión, la obra pública realizada o que incluyan la imagen de sus jerarcas.

La restricción se mantendrá vigente desde el día siguiente a la convocatoria oficial a elecciones nacionales hasta la propia jornada de los comicios en primera ronda o, de ser necesario, hasta la segunda votación (primer domingo de abril de 2026).

Según precisó el TSE, la disposición aplica a todo tipo de medios de comunicación: prensa escrita, radio, televisión, redes sociales, sitios web institucionales y demás plataformas digitales, independientemente de si existe o no un pago para su difusión. Con esta medida se protege la equidad en la competencia electoral y se previene el uso indebido del aparato estatal y de los recursos públicos en favor de partidos o candidaturas, directa o indirectamente.

El TSE explicó que esta disposición se sustenta en la resolución n.º 4190-E8-2025, del 20 de junio anterior, en la cual adecuó la interpretación del artículo 142 conforme a lo resuelto por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) en los casos Capriles vs. Venezuela y Gadea Mantilla vs. Nicaragua.

"En esas sentencias, la Corte IDH señaló que el uso de recursos institucionales, como redes sociales o sitios web oficiales, puede generar un desequilibrio en la contienda electoral al favorecer la opción oficialista o a grupos afines al gobierno, y afectar el carácter justo y competitivo de la elección. De acuerdo con la Corte IDH, los Estados deben contar con mecanismos para evitar el uso indebido del aparato público en las campañas electorales; esto implica restricciones a la difusión de propaganda oficial durante el periodo electoral. Aunque no se incurra en gasto público directo, la visibilidad y amplificación de los mensajes emitidos desde canales oficiales puede influir de manera ilegítima en la intención de voto de la ciudadanía", indicó el TSE.

Ante ello, el organismo dispuso que también queda prohibida la publicación de este tipo de mensajes en plataformas digitales institucionales, con pago o sin él.

El artículo 142 del Código Electoral establece que el incumplimiento de esta veda gubernamental se sanciona igual que las conductas consideradas como "beligerancia política"; es decir, la inobservancia de las prohibiciones conlleva la destitución obligatoria del funcionario responsable y su inhabilitación para ejercer cargos públicos por un periodo no menor a dos años.

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