Gobierno difunde falsedad sobre resolución en caso Barrenador
En múltiples ocasiones, el Gobierno ha difundido mentiras sobre este caso en el que dos candidatas a diputadas del chavismo son imputadas.
Durante el programa televisivo de Casa Presidencial de este miércoles, se difundieron falsedades con respecto a un fallo relacionado con el caso Barrenador.
Por medio de un video, aseguraron que "un juez del Tribunal Contencioso Administrativo determinó que no hubo absolutamente nada irregular o ilegal en la adjudicación de 138 Ebáis a cooperativas". Esta aseveración es totalmente falsa, lo cual quedó demostrado en el fallo completo.
La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) presentó, en agosto de 2024, antes de los allanamientos del caso Barrenador, una solicitud de medida cautelar para que se suspendieran las adjudicaciones, lo cual fue rechazado por el juez. Cabe recordar que una medida cautelar es provisional y no resuelve la situación de fondo.
Las razones para rechazar la solicitud no son las mencionadas por el Gobierno, sino las siguientes:
ANEP no aportó las pruebas necesarias para demostrar que existieran sobreprecios, ya que se limitó a presentar, por medio de un dispositivo USB, una serie de noticias relacionadas con la contratación. De acuerdo con el fallo, "no constituyen documentos técnicos ni contienen información de respaldo que permitan verificar por parte de este Tribunal, que en efecto, la contratación se encuentra sobrevalorada".
Lo anterior no significa que no existiera nada irregular, tal y como lo mencionó el Gobierno, sino que, sencillamente, ANEP no aportó los estudios actuariales que se emitieron dentro de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), los cuales alertaban sobre sobreprecios.
Además, el juez ponderó el interés de ANEP en que se suspendieran los contratos, junto con el impacto que esto tendría en la comunidad. Se determinó que el perjuicio para las personas hubiera sido superior si se acogía la medida cautelar.
"Nos encontramos ante una contratación para la prestación de servicios en una cantidad considerable de Ebáis y Áreas de Salud por parte de las cooperativas y la asociación adjudicatarias, la cual ya se encuentra en ejecución; por lo que, de acceder a lo solicitado, implicaría que la CCSS deba retomar la prestación de los servicios adjudicados por su propia cuenta, lo que conlleva un proceso de transición que sin lugar a dudas generaría una afectación en la continuidad de los servicios de salud adjudicados, lo que sí incidiría directamente en el derecho a la salud y en la atención oportuna de las personas adscritas a las áreas de salud que fueron objeto de esta contratación", indicó el juez José Pablo Rodríguez como justificación para no acoger la medida cautelar.
Contratos se suspendieron
La decisión tomada por el juez no significa que el caso Barrenador se haya cerrado. Los contratos que la medida cautelar pretendía suspender habían sido suspendidos por la Junta Directiva de la CCSS desde hace aproximadamente cinco meses.
El 27 de agosto, los directivos arrancaron con el proceso para anularlos por tener presuntos sobreprecios, y así realizar una contratación de emergencia mientras se elabora un nuevo cartel licitatorio para los Ebáis del caso Barrenador.
Actualmente, la CCSS asumió la atención de dos áreas de salud, ya que Asemeco no participó en la contratación de emergencia. Las ocho áreas de salud restantes fueron adjudicadas a las cooperativas que originalmente las administraban.
¿Por qué se anularon?
Según el criterio de la Dirección Jurídica de la CCSS, debido a que la CGR anuló una de las diez partidas del caso Barrenador por no contar ni con razonabilidad de precios ni con un estudio de mercado, las demás partidas presentan los mismos vicios, ya que se adjudicaron en el mismo acto final.
"Ese vicio en el motivo del acto final de la partida 3 afecta también el acto final de las demás partidas, porque el vicio evidenciado proviene del estudio de razonabilidad de precios que lo fundamenta. Si afecta a la partida 3, también va a afectar a las demás partidas", detalló la Dirección Jurídica.
Caso Barrenador
La adjudicación del caso Barrenador abarca la administración de 138 Ebáis en diez áreas de salud: Pavas, Desamparados 2, Santa Ana, Escazú, San Francisco-San Antonio, San Pablo, Barva, Tibás, La Carpio-León XIII y San Sebastián-Paso Ancho.
Las cooperativas a las que se adjudicaron contratos con presuntos sobreprecios son Coopesana, Coopesalud, Coopesiba, Coopesaín y Asemeco.
La Fiscalía sostiene que los imputados en el caso anularon el procedimiento de compra que estaba listo para ser publicado y, en su lugar, instruyeron uno nuevo sobre el cual habrían ejercido control. Además, se les señala por haber influido sobre otros funcionarios para modificar el pliego de condiciones en beneficio de las cooperativas.
Las autoridades judiciales también apuntan que miembros de la Junta Directiva sostuvieron reuniones con los oferentes, lo que pudo haber generado una ventaja indebida para estos.
Asimismo, se investiga el plazo de contratación del servicio adjudicado, ya que la Ley de Contratación Pública establece un período ordinario que no puede superar los cuatro años; sin embargo, en este caso se otorgó por diez años.