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Fiscalía pide separar a jueces del caso de Manzanita

Gestión del Ministerio Público será conocida a partir de las 8:30 a.m. de este jueves

Por Paulo Villalobos | 27 de Jul. 2023 | 12:05 am

(CRHoy.com) El Ministerio Público solicitó separar a los jueces que tienen a su cargo la realización del juicio contra Dennis Iván Cabrera Espinoza, alias" Manzanita".

La recusación de los decisores Virginia Valverde Delgado, Freddy Calderón Chaves y Leonardo Brenes Gómez fue confirmada por la oficina de prensa de la Corte Suprema de Justicia ante consulta de CRHoy.com. Tal gestión será conocida y discutida la mañana de este jueves.

No obstante, la respuesta únicamente señala que la gestión es contra el Tribunal Penal Especializado en Delincuencia Organizada, sin precisar nombres. Sobre ese particular, este medio mantiene en trámite una consulta al fiscal José Pablo Jiménez Trejos.

Ellos tres son los únicos que han intervenido -hasta ahora- en la antesala de la celebración del debate contra el líder narco y 12 de los miembros de su banda, aunque también está destacada como juzgadora suplente Ligia Lacayo Rosales.

Tampoco se conocen las razones por las cuales la Fiscalía Adjunta contra el Narcotráfico y Delitos Conexos pretende sacar del contradictorio a los jueces.

Pero en este punto, se vuelve necesario recordar que Valverde Delgado y Calderón Chaves -como lo dio a conocer CRHoy.com el 19 de julio pasado- formularon una consulta judicial ante la Sala Constitucional, en la que cuestionaron la Ley de Creación de la Jurisdicción Especializada en Delincuencia Organizada.

La consulta de constitucionalidad gira alrededor de una posible inobservancia del principio de igualdad, partiendo de que -supuestamente- el artículo 10 de la norma antes indicada da un trato procesal diferenciado a quienes figuran como imputados en casos que se tramitan en los nuevos tribunales, frente a aquellos que afrontan sus causas en otras jurisdicciones ordinarias.

Sin embargo, aquella consulta fue rechazada de plano por los magistrados, poco después que trascendiera la misma.

El Alto Tribunal declaró inadmisible la gestión por considerar que incumplía los requisitos mínimos estipulados en el ordinal 104 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional. Por ejemplo, se menciona que no se emplazó a las partes del proceso (es decir, al Ministerio Público y a la barra técnica, cuando menos), ni se dispuso la suspensión del contradictorio mientras se emitía una sentencia.

Además, se determinó que en la consulta se hace referencia a una resolución dictada en un expediente distinto al que se sigue contra "Manzanita", pero no se aportó copia certificada al expediente 23-016490-0007-CO.

"Por todo lo expuesto, este proceso carece de las formalidades requeridas por ley; y lo procedente es declararlo inevacuable", indicó esa tarde la Sala en un comunicado.

A pesar de que el órgano jurisdiccional tuvo conocimiento de aquella nota de prensa relacionada con el voto 2023-017759, Valverde Delgado indicó que el órgano jurisdiccional no había sido formalmente notificado y en tal sentido, junto a sus compañeros, procedió a resolver una solicitud de la Fiscalía y de la representación legal de los imputados, para que el juicio fuese postergado hasta que se evacuara la gestión de los decisores.

Mediante resolución 02R-2023, los juzgadores consultantes dispusieron "enderezar" su gestión ante los magistrados. En esa línea, procedieron a suspender el debate, al tiempo que dieron tres días hábiles a las partes para apersonarse al Alto Tribunal si lo consideraban necesario y pidieron se notificara al respecto a la Procuraduría General de la República (PGR), que no formaba parte de la causa 18-000104-1219-PE, en la que se persiguen los presuntos de narcotráfico y legitimación de capitales.

Básicamente, los jueces pretendían enmendar los errores de forma que tenía el planteamiento enviado a la Sala, a pesar de que esta ya se había pronunciado. Pero para lograr tal fin, ignoraron el documento emitido por los magistrados a través de su departamento de comunicaciones.

"Esta Cámara tuvo conocimiento de un documento que está circulando por la red social WhatsApp. Sin embargo, de manera formal, este Tribunal no ha recibido notificación alguna que impida plantear y enderezar el procedimiento de la consulta formulada.

"En virtud de esta información, esta Cámara le dio la indicación a la técnica judicial Diana Arroyo Vega para que procediera a verificar la información que había sido llegada. Y ella realizó una constancia en donde se indica que al ser la 1:48 p.m. del 19 de julio de 2023 conversó con el señor Kéndall Rodríguez Pérez y al consultarle sobre el número de consulta 23-016490-0007-CO manifiesta que se encuentra en estudio de admisibilidad, que no existe sentencia y que no ha sido notificado. Adicional indica que ellos no notifican vía WhatsApp", expuso Valverde Delgado al justificar la determinación.

Brenes Gómez se apartó del fallo. Sobre el fondo de la gestión, señaló que no se pronunciaría, ya que él no la suscribió ni ha hecho planteamiento similar.

Aunó que, respecto a la postergación del arranque del contradictorio, le resulta improcedente lo resuelto, porque desde su perspectiva debe ser la Sala la que determine si es necesario suspender un procedimiento, al cabo del análisis de admisibilidad, así como en el pronunciamiento por el fondo.

Cabrera Espinoza debe encarar un contradictorio por cargos de venta de drogas y legitimación de capitales. El juicio en su contra, así como de otros 12 integrantes de su estructura criminal, fue dispuesto el 6 de marzo de 2023 por el Juzgado Penal del II Circuito Judicial de San José.

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