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¡Fiscal General silencia a la prensa! Niega información sobre procesos contra Supremos Poderes

Dice que Fiscalía General ni siquiera debe confirmar ni descartar la existencia de investigaciones

Por Johel Solano | 11 de Oct. 2021 | 9:06 am

Fiscal General a.i. Warner Molina. Archivo.

(CRHoy.com)-. El Fiscal General a.i. Warner Molina no quiere que la prensa informe sobre las investigaciones judiciales que se podrían llevar contra el Presidente de la República, los ministros, diputados y magistrados del Poder Judicial.

El jerarca interino y postulante a ocupar el cargo titular, le indicó a CRHoy.com que la Fiscalía General -que investiga a los Supremos Poderes- no confirmará o descartará la existencia de denuncias contra cualquier persona.

La respuesta fue dada luego de que CRHoy.com consultara en qué etapa se encuentra una investigación contra el diputado Jonathan Prendas, investigado desde 2019 luego de asistir a un congreso en Barcelona invitado por un empresario.

La Fiscalía General señaló que era un proceso privado por lo que no iba a dar detalles; aunque la solicitud fuera simplemente conocer si el caso continuaba en investigación, si el proceso fue acusado o si se solicitó un sobreseimiento.

La respuesta sorprende, pues conocer la etapa procesal de un caso de interés público contra un diputado de la República no interfiere en ninguna diligencia ni representa tener acceso a información privada del expediente. No obstante, la Fiscalía General se apegó al artículo 295 del Código Procesal Penal para no dar esa información básica.

Bajo este panorama, la prensa no podría confirmar o descartar oficialmente cuando un miembro de los supremos poderes es investigado por el Ministerio Púbico. Tampoco se podría hacer un seguimiento con una respuesta oficial de la etapa en la que avanzan los casos y probablemente ni se conozca cuando sean desestimados o acusados.

"Toda denuncia penal recibida en el Ministerio Público, contra cualquier persona, incluida las que forman parte de los supremos poderes, debe pasar por una valoración inicial, con el fin de establecer si corresponde abrir formalmente la investigación y, o si procede solicitar la desestimación. En cualquier caso, conforme lo establece el artículo 295 del Código Procesal Penal, en esta fase del proceso rige la privacidad de las actuaciones, esto es, no es pública para terceros".

"Por ello, si una persona es denunciada y el Ministerio Público determina que sí procede abrir una investigación en su contra, lo esperable es que esa persona sea informada por la propia fiscalía y no por otros medios (no oficiales), como la prensa. Por respeto a la dignidad que merece todo ser humano que es denunciado (principio de inocencia) y para garantizar los fines del proceso, son las dos razones esenciales -por las cuales-, la Fiscalía General no debe -por razones de estricta legalidad- confirmar o descartar la existencia de denuncias contra cualquier persona", respondió.

Circular vigente contradice a fiscal

La respuesta de Molina no coincide con la circular administrativa vigente o4-AMD 2019 llamada "Derecho a la información en la fase de investigación penal" en la que se estableció la información pública que puede remitirse a los medios de prensa (se cita textual): 

  • Número de expediente, presunto delito investigado y estado de la causa (por ejemplo: en investigación, acusada, ala espera de audiencia preliminar, con solicitud de desestimación o sobreseimiento, en archivo fiscal), así como la fecha y el motivo del acto conclusivo. 
  • Nombre y apellidos de las personas imputadas.
  • Nombre del despacho que tramita la causa.
  • Medidas cautelares solicitadas.
  • Breve descripción de los hechos investigados, acusados o con solicitud de desestimación o sobreseimiento (en este punto se entiende que es una breve descripción que a criterio de las fiscala o fiscal no perjudique el proceso ni viole el derecho de las personas sujetas a proceso. La entrega de esa información debe ser valorada en cada caso particular por la persona directora del proceso penal en cuestión).

Esta circular está vigente, según confirmó el Ministerio Público y se puede consultar públicamente en la página de esa entidad (dar clic aquí y luego en la circular 04-ADM-2019).

"Atenta contra la prensa"

Tanto el director del Instituto de Prensa y Libertad de Expresión (IPLEX), Raúl Silesky, así como el presidente del Colegio de Periodistas, Belisario Solano, coinciden en que esta postura afecta la labor de la prensa, y es de preocupación en especial cuando se trata de casos contra funcionarios de los Poderes Supremos.

Raúl Silesky, Presidente del IPLEX.

"Todo funcionario público debe informar sobre su labor y estar disponible para los periodistas con el fin de informar a la ciudadanía de los hechos importantes. Más cuando se trata de investigaciones que enfrentan miembros de los Supremos Poderes y la etapa procesal en que se encuentran las mismas. Todos entendemos que no pueden dar detalles, ni comprometer las investigaciones. Pero no informar es imposibilitar el dar seguimiento a hechos escandalosos o lamentables que los habitantes deben conocer sobre su actuar, más cuando son de interés público", detalló Silesky.

Por su parte, Solano, representante del Colper calificó la posición como "un acto más de censura judicial".

"Me parece que atenta contra los principios de libertad de prensa, atenta contra el principio de transparencia de los funcionarios públicos y además se atenta contra el derecho a la información que tiene la ciudadanía", expresó.

El presidente del Colper, además, recalcó que el país está iniciando una nueva campaña política y es un derecho de los costarricenses conocer incluso si una persona que aspira a un puesto de elección popular está siendo o no investigado por parte del Ministerio Público.

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