Fiscal general confirma que Rodrigo Chaves no puede renunciar a su inmunidad

El fiscal general de la República, Carlo Díaz Sánchez, confirmó que el mandatario Rodrigo Chaves Robles no puede renunciar a su fuero de improcedibilidad —conocido como inmunidad— para afrontar la acusación penal elevada en su contra por el delito de concusión, relacionado con el escándalo denominado BCIE-Bulgarelli.
En abril, el Ministerio Público presentó una acusación formal contra Chaves y su ministro cercano, Jorge Rodríguez Vives, dado que, en apariencia, habrían ejercido presiones sobre Christian Bulgarelli, empresario y productor audiovisual que obtuvo un contrato para desarrollar proyectos de comunicación para la Presidencia.
De acuerdo con la investigación, Chaves y Rodríguez presionaron a Bulgarelli para que, le girara 30 mil dólares del pago del contrato al coimputado Federico Cruz Saravanja, alias Choreco, exasesor de campaña y amigo personal del gobernante, pese a que Cruz no tuvo ninguna participación en el proyecto.
Sin embargo, contra Chaves no puede ejecutarse un proceso penal ordinario, como ocurre con el resto de sospechosos en el país. Según la Constitución Política, el presidente está sujeto a un procedimiento especial aplicable a los miembros de los Supremos Poderes.
Semanas atrás, José Miguel Villalobos —abogado, asesor y quien se presenta como amigo del mandatario— anunció que, junto con Chaves, analizaban la estrategia a seguir.
Entre los escenarios que planteó en una entrevista televisiva, el jurista mencionó la renuncia a la inmunidad como una posibilidad.
"(…) No sé cuándo se tomará esa decisión, ni que va a hacer la Corte, en qué agenda lo va a poner y demás, y luego iría a la Asamblea Legislativa.
En ese ínterin tomaremos la decisión y finalmente es don Rodrigo, si va a renunciar a la inmunidad o al fuero de improcedibilidad únicamente para esta causa", dijo a Repretel el 9 de abril.
No obstante, diversos abogados constitucionalistas afirmaron que Chaves no puede renunciar a ese fuero especial y que, incluso si lo deseara, el levantamiento de la inmunidad debe someterse a votación en la Asamblea Legislativa.
En entrevista con CR Hoy, el fiscal general —quien por ley debe conducir personalmente las investigaciones contra miembros de los Supremos Poderes— confirmó que el mandatario no puede renunciar a esta protección constitucional.
"Nosotros consideramos que se debe dar el trámite que se ha establecido constitucionalmente y legalmente. Por lo menos el Código Procesal Penal lo que establece es que una vez que se formula la acusación tiene y nosotros la remitimos a la Secretaría de la Corte.
Como parte del procedimiento ellos la remiten en la Sala Tercera para analizar si existe delito. Si ellos consideran que existe, lo que corresponde es trasladar esa acusación en este caso a la Asamblea Legislativa para que ellos determinen si levantan el fuero.
Es una posibilidad que ellos tendrán que valorar y también se tendrá que valorar si legal, de acuerdo al reglamento de la Asamblea Legislativa y constitucionalmente, eso es procedente", detalló Díaz.
A criterio del Ministerio Público, no es jurídicamente válido que Chaves renuncie a la inmunidad únicamente para una causa específica, como lo adelantó su abogado.
De acuerdo con el artículo 121 de la Constitución, es atribución exclusiva de la Asamblea Legislativa "admitir o no las acusaciones que se interpongan contra quien ejerza la Presidencia de la República", mediante el voto favorable de dos terceras partes del total de diputados, si consideran que hay lugar a formación de causa.
En caso de que así se resuelva, el expediente debe remitirse a la Corte Suprema de Justicia para su juzgamiento. Por su parte, el Título V del Código Procesal Penal establece el procedimiento aplicable.
Según esta normativa, la Corte trasladará el expediente a la Asamblea si concluye que los hechos constituyen un delito. Si el Congreso autoriza el levantamiento del fuero, el caso pasa a la Sala Tercera de Casación Penal, que incluso puede ordenar medidas cautelares.
El trámite legislativo debe realizarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento de la Asamblea Legislativa. El capítulo II, que detalla el procedimiento, no contempla escenarios en los que se permita la renuncia voluntaria al fuero de improcedibilidad.
Trato especial
El abogado José Miguel Villalobos también señaló que él y el mandatario valoran solicitar a la Corte Suprema de Justicia un trato especial en el trámite de la causa penal.
Específicamente, indicó que analizarían pedir una audiencia con los magistrados para refutar los hechos investigados, aunque ese paso no está contemplado en la legislación vigente.
La pretensión es que el presidente comparezca ante los 22 miembros de la Corte Plena, con el fin de cuestionar la validez de la acusación presentada por el fiscal Díaz y lograr que no se remita el caso al Congreso.
"Estamos considerando un elemento que me parece que puede ser interesante y es si vamos a expresar nuestro criterio ante la Corte Plena. No es un procedimiento que exista.
Vamos a analizar esa posibilidad de pedir una audiencia ante la Corte Plena para que se haga una analogía como lo que ocurre en la audiencia preliminar, en los procesos penales", dijo Villalobos.
Este abogado pretende emular la audiencia preliminar, una etapa intermedia en los procesos penales ordinarios en la que se examina la acusación y la admisibilidad de las pruebas, y eventualmente se autoriza la apertura a juicio.
Sin embargo, esto no aplica para altos funcionarios como el presidente. Por esa razón, el fiscal general también cuestiona la eventual solicitud.
"Nosotros nos estaríamos refiriendo oportunamente a una solicitud como esa, pero a priori yo le podría decir como usted me indica, no está regulado la ley, entonces es algo que no corresponde realizar", añadió el jefe del Ministerio Público a CR Hoy.
Según la acusación, Choreco habría recibido $32.000 para la compra de una casa. Rodríguez Vives —quien al momento de los hechos era jefe del Despacho Presidencial, luego ministro de Comunicación y actualmente ministro de Cultura— también está señalado por estos hechos.
Bulgarelli es el testigo clave en el caso. El BCIE contrató su empresa para desarrollar productos de comunicación para la Presidencia, por un monto de $400.000, entre octubre de 2022 y octubre de 2023, con fondos provenientes de una donación.
En audios incorporados como prueba, se escucha a Chaves solicitar "cariñitos" y acciones dirigidas a mejorar su imagen, pagadas con esos recursos internacionales.
Además, antes del proceso de contratación, los funcionarios habrían mantenido contacto con Bulgarelli en Casa Presidencial, donde lo instruyeron para que él mismo elaborara los términos de referencia del contrato.
Trámite en curso
La acusación se encuentra en trámite ante el Tribunal de la Corte Plena, que debe decidir si remite el expediente a la Asamblea Legislativa para el levantamiento de la inmunidad.
Fuentes judiciales informaron a CR Hoy que, en la audiencia privada realizada el 26 de mayo, entre siete y ocho magistrados plantearon razones para inhibirse del conocimiento del expediente.
Sin embargo, las resoluciones sobre esas inhibitorias aún no han sido notificadas, lo cual mantiene el proceso estancado. Las excusas no se presentaron por temor ni por evasión, sino para evitar conflictos de interés y garantizar la transparencia, según confirmaron fuentes del Poder Judicial.
Entre quienes plantearon dudas se encuentran magistrados de la Sala Constitucional, debido a una resolución previa que podría estar vinculada al caso. Como no se identificó un nexo directo, la mayoría de las solicitudes fue rechazada. Solo una inhibitoria fue aceptada, por motivos distintos.
Como reveló CR Hoy días atrás, Paul Rueda Leal, magistrado titular de la Sala Constitucional, es el único confirmado —de los 22 actuales— que no participará en el análisis del expediente contra el mandatario.
Se inhibió porque el Ministerio Público investiga a su hija, Jimena Rueda Ledezma, por expresiones presuntamente ofensivas contra el presidente en redes sociales.
Aunque Rueda no ha manifestado opiniones sobre el caso ni tiene vínculos directos, se apartó para evitar cuestionamientos.
Para algunos magistrados, esta razón no constituía una causa válida para excusarse; sin embargo, él consideró prudente hacerlo, para preservar la legitimidad del proceso. Pese a ese paso, hasta ahora no hay avances sustanciales, porque las resoluciones sobre las inhibitorias aún no se han notificado.
Las causas de esas excusas no son públicas todavía, ya que el Código Procesal Penal prohíbe su divulgación antes de la notificación formal.
Por otra parte, la Procuraduría General de la República (PGR), como abogada del Estado, confirmó que podrá solicitar una indemnización si se determina que Chaves debe enfrentar juicio.
En este proceso, la PGR actúa como actor civil. La acción civil resarcitoria permite a las víctimas de un delito reclamar daños y perjuicios dentro del mismo proceso penal.
Al tratarse de un aparente delito de corrupción con afectación a la hacienda pública, la PGR representará los intereses del Estado y podrá exigir una indemnización a los imputados.
No obstante, dado que el proceso es especial por involucrar a un miembro de los Supremos Poderes, y aún se encuentra en fase preliminar, la Procuraduría no ha estimado el monto económico que solicitará.