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Exigen a Aresep atender denuncias contra autobusera por cobrar tarifa completa a adultos mayores

Por Johan Rojas | 4 de Jul. 2025 | 3:36 pm

La Sala Constitucional le ordenó a la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep) resolver varias denuncias presentadas contra una empresa autobusera de Guanacaste por presuntos cobros indebidos a personas adultas mayores en su ruta.

Así lo establece la resolución n.º 2025-015351 del expediente 25-010737-0007-CO, dictada el pasado 23 de mayo de 2025. La denuncia se originó cuando una adulta mayor reportó ante la Aresep, en cuatro ocasiones entre 2018 y diciembre de 2024, que la empresa Autotransportes Pozo de Agua S.A., encargada de la ruta 544 entre Nicoya, Rosario, Zoológico Zafari y Tempisque, le cobraba la tarifa completa a esta población, pese a que la situación persistía.

Los magistrados acogieron el recurso de amparo, declararon con lugar la demanda y le ordenaron al regulador general, Eric Alonso Bogantes Cabezas, que resuelva el caso a la mayor brevedad posible.

En el plazo de 10 días, contado a partir de la notificación de este recurso, coordinen y adopten las medidas necesarias, dentro del ámbito de sus competencias, a fin de fiscalizar si la empresa Autotransportes Pozo de Agua S.A. cuenta con mecanismos efectivos de control que garanticen a las personas adultas mayores el acceso al servicio de transporte público, en el marco de la Ley Reguladora del Transporte Remunerado de Personas en Vehículos Automotores y de la Ley Integral para la Persona Adulta Mayor.

Además, se le ordenó a la Aresep resolver las denuncias anteriores.

Dentro del plazo máximo de un mes, contado a partir de la notificación de este recurso, se resuelva de forma definitiva la denuncia OT-97-2020, OT-031-2025 y la presentada el 17 de diciembre de 2024, lo cual deberá notificarse al tutelado por el medio señalado para tales efectos".

Finalmente, la resolución advierte:

Lo anterior se dicta bajo la advertencia de que, conforme a lo establecido en el artículo 71 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, se impondrá prisión de tres meses a dos años o de veinte a sesenta días multa a quien reciba una orden dictada en un recurso de amparo, que deba cumplir o hacer cumplir, y no la acate, siempre que el delito no esté más gravemente penado.

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