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Exfiscal Jorge Chavarría recibirá pensión de ¢6.7 millones al mes

Dejó el cargo durante suspensión girada por Corte Plena

Por Pablo Rojas | 19 de Ene. 2018 | 10:04 am

El Consejo Superior del Poder Judicial acordó fijar en más de ¢6.7 millones el monto de jubilación mensual para Jorge Chavarría Guzmán, exfiscal general del Ministerio Público.

La decisión quedó en firme el 11 de enero tras aprobar el oficio Nº 4982-AP-2017 del 21 de diciembre de 2017 emitido por la Dirección de Gestión Humana del Poder Judicial y la Unidad de Jubilaciones y Pensiones, del cual este medio tiene una copia.

Chavarría, suspendido por la Corte Plena por espacio de 3 meses desde el 13 de octubre de 2017, solicitó el 17 de noviembre reactivar su jubilación a partir del 1 de diciembre.

El exfuncionario se acogió a ese beneficio desde el 2 de mayo de 2006, tras una carrera de más de 30 años en el Poder Judicial. No obstante, lo suspendió a partir del 16 de octubre de 2010 para asumir el cargo de Fiscal General.

Chavarría, quien cumplía su segundo período al frente del Ministerio Público, fue suspendido del cargo debido a presuntas anomalías en la tramitación de la desestimación un expediente penal ligado al "cementazo", donde figuraban como imputados Otto Guevara Guth (diputado del Movimiento Libertario), Víctor Morales Zapata (diputado independiente) y Walter Céspedes (exdiputado y asesor legislativo del PUSC), quienes son sospechosos de presunto tráfico de influencias a favor del importador de cemento chino, Juan Carlos Bolaños Rojas.

Actualmente, existen varias causas disciplinarias y penales en curso contra de Chavarría.

Cambio en jubilación

Cuando el exfiscal se jubiló en 2006 le fue establecido un monto mensual cercano a los ¢1.5 millones. Sin embargo, tras su gestión como fiscal general, solicitó un reajuste del monto.

Esa posibilidad está amparada en el dictamen C-360-2014 elaborado por la Procuraduría General de la República (PGR).

"En virtud de lo anterior, el nuevo monto de jubilación del señor Jorge Chavarría Guzmán a partir del 1 de diciembre de 2017 es  de  ¢ 6.798.544,71 (seis millones setecientos noventa y ocho mil quinientos cuarenta y cuatro colones con 71/100). Esto con base a la actualización de salarios.  Lo anterior a fin de que el Consejo Superior en las potestades que le faculta el artículo 81 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, disponga lo que corresponda", cita textualmente el acuerdo en firme.

El exfuncionario perdería temporalmente el beneficio en caso de que se compruebe que devenga algún salario por brindar servicios a otras entidades públicas o privadas.

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"Como puede inferirse sin mayor esfuerzo, en caso de que el jubilado del sistema del Poder Judicial hubiese obtenido su derecho reducido o proporcional con calificación (30 años de servicio) pero sin alcanzar la edad prescrita (60 años), o bien por cumplir la edad prescrita (60 años), pero sin completar el periodo de calificación previsto (30 años de servicio), y reingresa a laborar a ese mismo Poder de República, completando al final el periodo completo de calificación (30 años de servicio) o la edad prescrita (60 años), una vez terminada aquella relación a lo que tendría derecho es: En primer lugar, a que se reanude el pago de su jubilación hasta entonces suspendida, en razón de la incompatibilidad funcionarial normada (art. 234 de la Ley N°7333). En segundo término, a que su monto periódico de pensión asignable, hasta ahora proporcional o reducida, sea revisado a fin de convertirlo porcentualmente en una pensión completa, a fin de obtener el 100% del salario promedio o de referencia que establece el ordinal 224 de la Ley N° 7333. A esto último es a lo que nos referimos en el dictamen C-135-2014 que se pide aclarar o adicionar, cuando aludimos el fenómeno excepcional de "ordinariar el beneficio jubilatorio" y con respecto al cual estimamos que sería "razonable y jurídicamente factible que los últimos salarios percibidos y cotizados durante el reingreso sirvan para recalcular el monto de pensión asignable"

La solución jurídica interpretativa en ambos casos (de los incisos a) y b) del citado ordinal 225 de la Ley Orgánica del Poder Judicial), debe ser la misma, pues fácticamente los supuestos allí previstos permiten otorgar una pensión reducida o proporcional –sea por edad o por servicios-. Y en eso guardan innegable identidad. Por ello, en ambos casos es factible, a modo de excepción, ordinariar el beneficio jubilatorio por reingreso en la forma dicha, pues "…donde hay la misma razón debe haber la misma disposición" (Brenes Córdoba, Alberto. "Tratado de las Personas", p. 49); máxime que los supuestos fácticos o jurídicos allí contemplados resultan ser sustancialmente análogos.

Si en el dictamen C-135-2014 no hicimos mención de ello y aludimos únicamente, a modo de ejemplo, el supuesto del inciso b) del artículo 225 op.cit, fue porque estimamos que ello era suficiente para ilustrar nuestra posición.

Ahora bien, la forma o mecanismo interno con que se aplique la revisión aludida, es un asunto que le compete por entero y bajo su exclusiva responsabilidad al Consejo Superior del Poder Judicial (arts. 81 y 235 de la Ley N° 7333).

Por consiguiente, según advertimos tanto en el dictamen C-134-2008 de 23 de abril de 2008 y en el propio dictamenC-135-2014 de comentario (coincidiendo con la interpretación contenida en la sentencia N° 750-2011 de la 09:45 hrs. Del 14 de setiembre de 2011, Sala Segunda)…"

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Investigaciones en contra

La Fiscalía General investiga a Chavarría por un presunto tráfico de influencias e incumplimiento de deberes a raíz de una denuncia hecha por la Asociación Nacional de Investigadores en Criminalística (ANIC).

Esa queja, donde también figura el magistrado de la Sala Tercera Celso Gamboa Sánchez, se planteó el 12 de octubre del año pasado  y está basada la desestimación -pese a las pruebas existentes- de la denuncia planteada desde 2015 contra los diputados Morales Zapata, el Guevara Guth, el exlegislador Céspedes y el empresario Bolaños Rojas.

Chavarría labró una carrera de más de 30 años en el Poder Judicial desde que inició en 1979 como jefe regional del Organismo de Investigación Judicial (OIJ) de Limón.

Desde 1983 hasta 2006 trabajó para distintas dependencias del Ministerio Público. Luego, en 2010, asumió el puesto como fiscal general hasta diciembre del año pasado. Su segundo período en ese puesto concluía en octubre de 2018.

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