Esta fue la operación que le hicieron a sujeto que mató a su vecino y por la que salió de la cárcel
Le intervinieron el colon y aseguró que no podía permanecer dentro de cárcel
Eduardo Ramírez Zamora, quien mató a su vecino Otoniel Orozco Méndez dentro de un condominio en Escazú a mediados de 2024, fue sacado de prisión y se le permitió cumplir arresto domiciliario, como consecuencia de una intervención quirúrgica.
La resolución que cambió la medida cautelar del sospechoso —a la que CR Hoy tuvo acceso— detalla que el hombre fue sometido a una colectomía laparoscópica subtotal del colon descendente.
Esta cirugía consiste en extirpar una parte del colon, específicamente la sección descendente, que se ubica en el lado izquierdo del cuerpo. Su función principal es almacenar residuos y heces, preparándolos para su evacuación.
Este tipo de colectomía se realiza para tratar diversas condiciones, como enfermedades inflamatorias intestinales, cáncer de colon y otras afecciones.
La jueza María Rodríguez Anchía, quien avaló sustituir la prisión preventiva del imputado, señaló en su resolución que el sujeto se encontraba en el período postoperatorio y que, al menos durante seis semanas, debía guardar reposo, seguir un control médico y mantener una nutrición específica fuera del centro penal.
La decisión se justificó en un dictamen privado del Dr. Fernando Morales González, así como un dictamen médico-legal emitido por Medicatura Forense, el cual recopiló la valoración clínica del imputado.
El cambio de medida cautelar, que permitió la salida de Ramírez Zamora de prisión, se dio tras una solicitud de su abogado defensor, Andrés Durán López, quien argumentó que la condición de salud del condenado no podía ser tratada adecuadamente dentro del sistema penitenciario.
Tanto el Ministerio Público, representado por el fiscal Jordy Jiménez, como el abogado de la familia de Otoniel, Rodrigo Araya, se opusieron a la liberación de Ramírez. Ambos sostuvieron que el imputado sí podía recibir atención médica adecuada dentro de la cárcel y, por tanto, debía permanecer recluido según lo ya dispuesto.
Sobre Ramírez pesaba una medida cautelar de prisión preventiva vigente hasta el 3 de setiembre próximo. El sujeto se encontraba encarcelado como medida cautelar mientras la sentencia quedaba en firme, no cumpliendo aún la pena impuesta.
En diciembre del año anterior, Ramírez Zamora aceptó los cargos y admitió haber disparado en al menos seis ocasiones, por lo que fue sentenciado a 20 años de prisión por homicidio calificado y agresión con arma de fuego, según confirmó la Fiscalía de Pavas.
Sin embargo, la familia de la víctima cambió de abogado y presentó una apelación, al considerar que la pena era baja y con el objetivo de que se impusiera un castigo mayor.
La salida del imputado de la cárcel generó gran preocupación entre los familiares de Otoniel, debido al riesgo que representa.
El lunes anterior, el abogado de la familia de la víctima, Rodrigo Araya, reveló que una jueza del Tribunal de Pavas otorgó el cambio "sin ningún fundamento", luego de que Ramírez Zamora se sometiera a una intervención médica que requería solo seis semanas de recuperación.
Además, denunció que al imputado no se le impuso inicialmente ningún control, como un brazalete electrónico, y que solo debía recibir una visita semanal de la policía, lo que implicaba un alto riesgo de fuga, dado que posee recursos económicos para abandonar el país.
Ese mismo día, tras la divulgación del cambio, el Tribunal Penal de Pavas ordenó la colocación de la tobillera electrónica, luego de que la Fuerza Pública informara que no tenía capacidad para realizar visitas periódicas, como se había dispuesto.