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Escuela sin rampa de acceso prohibió a personal ayudar a estudiante en silla de ruedas

Sala IV le da dos meses para que solucione el problema

Por Anyi Ospino | 28 de Feb. 2023 | 10:31 am

(CRHoy.com) La madre de una niña de 4 años con espina bífida mielomeningocele y que es hipotónica, estudiante Centro de Educación Especial de Pérez Zeledón, ganó un recurso de amparo en contra del Ministerio de Educación Pública (MEP) en el que solicitó una solución concreta para que su hija pudiera ingresar a la institución educativa en una silla de ruedas.

En la resolución del recurso se detalla que pese a que el centro educativo se especializa en educar a personas con discapacidad, no cuentan con una rampa que facilite el acceso a los menores que asisten a clases en esta institución. Ante este panorama, los magistrados de la Sala Constitucional le dieron dos meses al MEP para brindarle las facilidades de acceso.

La menor solo se moviliza en su silla, ya que tiene "espina bífida mielomeningocele, es hipotónica (disminución del tono muscular), de manera tal que no controla el tronco, tiene escoliosis y luxación de cadera, sufre retraso severo en el desarrollo, no habla".

Debido a lo anterior, la madre de la niña indicó que esta solo puede estar y movilizarse en la silla, ya que solo así se mantiene en la postura adecuada, de esta forma evita que la escoliosis que presenta la niña empeore.

De acuerdo con la recurrente, su hija se moviliza en una silla de ruedas prestada, la misma es muy pesada, razón por la que necesita ayuda cada vez que la niña va a ingresar o salir del centro educativo. La madre indicó que durante el año anterior quienes la asistían era el guarda o algunos profesores.

Según la madre de la amparada, siempre que ella solicitaba ayuda se la brindaban, ya que el centro educativo no tiene rampas, fue solo hasta finales de septiembre del año anterior que fue a recoger a su hija y pidió la ayuda del guarda del portón, que la maestra de la menor le indicó que estaba totalmente prohibido ayudarla a subir o bajar la silla.

En el amparo se manifiesta que desde la Dirección le argumentaron a la recurrente que la medida obedecía a que la solicitud que ella presentaba no podía ser autorizada, dado que ayudarla a subir y bajar la silla no se encuentra entre las ocupaciones del personal que labora en el centro educativo.

Ante este panorama, la madre se reunió personalmente con el asesor regional de Educación Especial de Pérez Zeledón, este le dijo que iba a reunirse con la directora para brindarle una solución a la niña.

Para octubre, la directora del centro educativo le informó a la madre la solución que le darían en cuanto al acceso en movilidad para la niña. "Todas las autoridades reunidas llegaron a la solución de que los días en que ella no pudiera bajar la silla de ruedas, la estudiante sería trasladada en la escuela en un coche de sombrilla y trabajaría en el aula en una silla de madera".

La respuesta que dieron por parte de la institución no fue recibida por parte de la recurrente, por lo que esta acudió a la trabajadora social de la Contraloría de Derechos Estudiantiles, esta le respondió el 21 de noviembre de 2022 que no se puede hacer ninguna mejora en la infraestructura del centro educativo porque no se cuentan con los recursos económicos.

Tomando en cuenta todo lo anterior, los magistrados de la Sala Constitucional fallaron a favor de la niña dando con lugar el recurso de amparo, de tal manera que le ordenaron a las autoridades del MEP solucionar las falencias en accesibilidad del centro educativo en un periodo de dos meses.

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