Sala IV declara sin lugar recurso que presentó Alonso Solís por su detención
Exfutbolista fue detenido el 14 de febrero
La Sala Constitucional declaró sin lugar un recurso de habeas corpus que interpuso el exfutbolista Alonso Solís contra la Fiscalía Adjunta y el Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de San José (Goicoechea), por su detención el pasado 14 de febrero.
Solís fue detenido y esposado cuando llegó a hacer una diligencia al Juzgado, debido a que tenía una declaratoria de rebeldía por una citación del 2021 a la que no se presentó, en un proceso en el que se investigaba una presunta violencia doméstica ocurrida en el 2019. Por tal razón, la Fiscalía lo declaró en rebeldía.
El recurso se estudió bajo el expediente 24-004335-0007-CO por parte del Tribunal Constitucional, y se resolvió el pasado 8 de marzo.
Solís alegó ante los magistrados constitucionales que luego de tomársele los datos y pese a solicitar audiencia para medidas cautelares, el Ministerio Público desistió del proceso y se ordenó su libertad inmediata.
Trascendió que el día de la detención, su actual pareja Deborah Soto -quien habría presentado la denuncia en el 2019- informó a las autoridades judiciales que no quería continuar con el proceso contra Solís.
"Para los jueces constitucionales, la detención de las 09:03 horas del 14 de febrero de 2024 estaba respaldada por una resolución formal, dictada en razón de la desatención del tutelado al proceso.
"Por otra parte, el mismo 14 de febrero, a las 11:06 horas, la Fiscalía recurrida puso al tutelado a la orden del Juzgado Penal accionado y a las 16:10 horas, también del 14 de febrero, el Juzgado Penal del II Circuito Judicial de San José, dispuso ordenar la inmediata libertad del imputado, dejar sin efecto la declaratoria de rebeldía del 7 de febrero de 2022 y la orden de captura que se derivó de lo resuelto en dicho auto, pues la representante fiscal desistió de la solicitud de medidas cautelares en contra del acusado", alegó la Sala Constitucional.
El recurso de Amparo fue resuelto por unanimidad por parte de los magistrados de la Sala Constitucional.

