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Eliminan multa por no portar licencia ¿A partir de cuándo rige?

Marco legal deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta

Por Greivin Granados | 15 de Oct. 2024 | 11:55 am

Si usted en el transcurso de hoy o mañana conduce sin portar su licencia y un oficial de tránsito lo sorprende, corre el riesgo de que se aplique la multa de ₡25.000.

Los diputados aprobaron en primer debate un plan que tiene como propósito establecer una reforma a la Ley de Tránsito, la cual estableció que no se podrán realizar multas a quienes no porten la licencia en formato físico, pero esto todavía no está vigente.

Lo anterior ocurre en caso de que se corroboren la existencia del permiso por medio de otras vías, como una llamada o un sistema electrónico de que la persona sí tiene licencia.

Esta reforma también busca que los extranjeros con licencias de conducir acreditadas puedan operar vehículos en el territorio nacional no por un periodo específico de 3 meses, como el que actualmente señala la Ley de Tránsito, sino por un plazo idéntico al que se le autorice su estancia para la respectiva subcategoría prevista en la Ley de Migración.

La incógnita es: ¿Cuándo entrará en vigencia este marco legal?

Falta todavía que se desarrolle el segundo debate en el Plenario Legislativo, el cual está programado para que se lleve a cabo este jueves 17 de octubre. 

Una vez que pase el filtro del segundo debate, la iniciativa pasa al Poder Ejecutivo para que el presidente de la República, Rodrigo Chaves Robles, firme la nueva ley y la envíe a publicación en el Diario Oficial La Gaceta. 

Cuando el marco legal se publique en el medio oficial, comenzará a regir ese marco legal y ahí sí queda exenta la infracción. Así que todavía falta camino por recorrer.

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