El nacimiento del Tribunal Supremo de Elecciones se dio en 1946
Es frecuente que en la valoración de los hechos y eventos históricos falte el análisis crítico de los mismos y sobre ello la superación de aquellas situaciones que enriquecen esos hechos o esas celebraciones. Cuando hablo de crítica histórica entiendo el enfoque en el estudio o tratamiento de temas o hechos históricos de la comprensión del contexto que los origina o en que se desarrollan, lo que puede aplicarse a gran cantidad de situaciones, textos, documentos, instituciones o personajes, sujetos de valoración y comprensión de su papel en la sociedad, en la economía, la vida política, económica y social.
Ciertamente, se puede hacer una apreciación positiva omitiendo datos, eventos, hechos, resaltando aquellos a los que les damos la mayor relevancia, y los colocamos como hitos, ejes o columnas vertebrales del proceso histórico o del evento que exaltamos, rememoramos o queremos destacar, pero no debemos olvidar que el proceso histórico comprende esos claros y oscuros, esos elementos negativos como los positivos. Esto vale para la valoración de fechas, efemérides, instituciones o personajes.
Recientemente se han celebrado los 75 años del Tribunal Supremo de Elecciones, considerando su figura institucional en la Constitución Política aprobada en la Constitución Política actual, del 7 de noviembre de 1949.
El acto de celebración fue hermoso, brillante, lúcido. Estuvo dedicado, y muy bien dedicado, a quien fuera su presidente casi desde el inicio de este siglo hasta el 2021, cuando Luis Antonio Sobrado González, el Magistrado que lo presidió se retiró, dando una gran lección ciudadana de responsabilidad cívica, sin estar obligado a esa renuncia, en virtud de que una cuñada aspiraba a un puesto de elección popular para evitar, obviamente, cualquier relación, sobre todo negativa, que se quisiera hacer de esa situación con él, su cuñada y el partido político por el cual participaba.
Con el Magistrado Sobrado se daba un cambio vigoroso desde su nombramiento en 1999. Tradicional era que los magistrados electorales llegaran desde la judicatura, y algunos de ellos con especialidad en Derecho Penal. No había entonces una especialidad en el país en Derecho Electoral. Luis Antonio Sobrado, a diferencia de sus anteriores miembros, llegaba desde la Procuraduría General de la República, lo que era para mí una situación cualitativamente superior y de limpieza al interior del entonces Tribunal Supremo Electoral.
El desempeño como Magistrado y como Presidente del más alto Tribunal Electoral del país demostró su valioso papel, trabajo y transcurrir en esa institución, y los cambios que ha tenido en este siglo. Bajo su labor se empezó a formar en el extranjero a abogados con especialidad en Derecho Electoral, enriqueciendo de esa manera a este Poder de Estado.
En el acto conmemorativo de este aniversario, dedicado a Luis Antonio Sobrado González con un conjunto de actividades analíticas del Derecho y la práctica electoral, el Dr. Hugo Picado, Magistrado Suplente, hizo una de las mejores disertaciones, que he oído, de valoración de una trayectoria de vida y profesional de un funcionario público del mayor nivel institucional en el país. Excelente y brillante exposición, del retrato de vida que nos dio con su disertación.
La Magistrada Presidenta del Tribunal Supremo de Elecciones, Eugenia María Zamora Chavarría, igualmente se distinguió en su disertación, sobre Luis Antonio sobrado como sobre el importante papel que ha tenido el Tribunal Supremo Electoral en la vida política de la Segunda República, desde su incorporación en la Constitución Política de 1949 hasta hoy.
El discurso realizado por Luis Antonio Sobrado igualmente fue sobresaliente, de su paso por el Tribunal Supremo de Elecciones, anecdótico, rico en contenido. No se podía esperar menos. En su referencia histórica del origen del Tribunal Supremo de Elecciones recordó otros Tribunales electorales surgido en el continente, con anterioridad, "Chile (1925), Uruguay y Brasil (1934), Nicaragua (1939) y Cuba (1940)", y con las constituciones políticas de otros países, que habían establecido la configuración constitucional electoral como fueron Chile, Uruguay, Brasil, Cuba y Nicaragua.
Sin embargo, en sus disertaciones no se destacó que el Tribunal Supremo de Elecciones, venía institucionalmente ya creado desde 1946, bajo el nombre de Tribunal Nacional Electoral.
Este había sido el resultado del esfuerzo político que se hacía bajo el gobierno de Teodoro Picado Michalski, 1944-1948, con el concurso del partido comunista, Vanguardia Popular, para garantizar que las elecciones de 1948 tuvieran un mejor manto protector de las acusaciones que por aquellos años se hacían de los resultados electorales. De ese mismo período fue la promulgación del Código Electoral, de 1946, impulsado por las mismas fuerzas políticas, para dar mayores garantías electorales. Este Código con sus reformas llegó hasta el 2009, cuando bajo la presidencia en el Tribunal Supremo de Elecciones, de Luis Antonio Sobrado se impulsó en actual Código Electoral.
El Tribunal Nacional Electoral, de 1946, había sido controlado por la oposición política después de la Huelga de Brazos Caídos, que se había hecho en julio de 1947, por la oposición para evitar que el gobierno lo usara corruptamente en las elecciones de 1947-1948.
Durante los días de la Junta de Gobierno, 1948-1949, el 4 de junio de 1948, a pocos días de tener el control del gobierno, la Junta, en su Decreto Ley No. 47 integró este Tribunal Nacional Electoral con los miembros propietarios Gonzalo Echeverría Flores, Juan Rafael Calzada Carboni, Carlos Orozco Castro, y con los suplentes Antonio Vargas Quesada, Mariano Echeverría Morales y Otón Acosta Jiménez, quienes se juramentaron ante la Corte Suprema de Justicia, que tenía una nueva integración de magistrados impuesta por la Junta de Gobierno. Este Tribunal Nacional Electoral fue el que tuvo a cargo la convocatoria de las elecciones para integrar la Asamblea Nacional Constituyente, que funcionó en 1949.
Durante el gobierno de la Junta se le hicieron varias reformas al
Código Electoral existente de 1946, al Registro Civil y al Registro Electoral. Igualmente la Junta le dio rentas propias al Tribunal Nacional Electoral, entre ellas una renta especial derivada de los ingresos de la Fábrica Nacional de Licores.
Fue la Junta de Gobierno cuando al convocar e integrar la Comisión Redactora del proyecto de la Constitución Política de la Segunda República estableció que debía cambiarse el nombre de Tribunal Nacional Electoral por el de Tribunal Superior de Elecciones. En su Decreto Ley No. 171 del 7 de setiembre de 1948, señaló, además, "que es mejor la palabra Supremo en vez de Superior, porque, aunque ambas significan: "lo que está más alto", es preferible, por tratarse de un Tribunal que disfrutará de todas las ventajas de un Poder del Estado, que se le denomine Supremo. El propio diccionario de la Lengua Castellana, dice: "Tribunal Supremo en aquel cuya jurisdicción se extiende a todas las provincias…, y de cuyas sentencias no hay apelación a otro. Y, agregó "que otros organismos del Estado se distinguen con el nombre de Tribunal Superior, sin que tengan como el de Elecciones una misión tan elevada como amplia y excepcional", por lo que señaló "que el Tribunal Nacional Electoral necesita saber su nueva denominación", y decretó que "en lo sucesivo, el Tribunal Nacional Electoral se seguirá denominando: Tribunal Supremo de Elecciones."
Así tenemos al actual denominado Tribunal Supremo de Elecciones, nacido en 1946, pero llevado a la Constitución Política en 1949, que es lo que se ha celebrado.
Las elecciones para diputados de la Asamblea Nacional Constituyente, y para integrar la Asamblea Legislativa, que acompañaría al Gobierno de Otilio Ulate Blanco las organizó y administró el Tribunal Nacional Electoral.
Las primeras elecciones que administró y organizó el Tribunal Supremo de Elecciones fueron las distritales de la Tigra en San Carlos, en 1951, en las cuales votaron primera vez las mujeres, y las nacionales y provinciales de 1953, donde por primera vez fueron electas tres diputadas, todas ellas brillantes y talentosas mujeres de la vida pública, política y educativa nacional.
El Tribunal Supremo Electoral estuvo sujeto desde su desempeño, después de la Junta de Gobierno, al Decreto No. 105, del 17 de julio de 1948 y al segundo párrafo del Artículo 98 de la Constitución Política, hasta 1975, que prohibieron el ejercicio electoral del "Partido Vanguardia Popular de Costa Rica, dirigido por los comunistas militantes más señalados en nuestro país.", por considerar que "por su ideología atentan contra la democracia", quedando prohibida "la organización o funcionamiento de partidos políticos que por sus programas, medios de acción, vinculaciones o antecedentes se opongan al régimen de Gobierno representativo y democrático de la República, o que atenten contra la soberanía nacional."
Con estas disposiciones legales se impidió la participación electoral de varios partidos políticos durante el período 1949 – 1975. A los ciudadanos comunistas no se les impidió votar por otras alternativas electorales. Se les impidió votar por ellos mismos.
Este un lunar muy importante del desarrollo democrático nacional, del desarrollo democrático electoral y de la Historia Política nacional, que tuvimos durante esos años.
Cuando se realicen actos que recuerden nuestra historia electoral no debería omitirse esta historia política costarricense, ya superada, y enriquecida con la misma vida del Tribunal Supremo de Elecciones.
En el acto de develación del cuadro con el rostro, con la parte anterior de la cabeza del Magistrado Luis Antonio Sobrado González, se insistió que era para que formara parte de la Galería de Ex Presidentes que ha tenido el Tribunal Supremo de Elecciones.
Se sigue cometiendo el error de llamar a esas galerías como la de EX PRESIDENTES. No son galerías de EX PRESIDENTES. Son galerías de personas que han ocupado la PRESIDENCIA de esas instituciones. Son PRESIDENTES de un período de administración institucional. Incluso, así se recuerda cuando al pie de sus cuadros generalmente se coloca una placa que señala el período en que desempeñaron el cargo.
La Galería, establecida en el Salón Legislativo, para los Jefes de Estado y Presidentes de la República, ya corrigió esta denominación, que se llamaba Salón de ex Jefes de Estado y de ex Presidentes de la República, para llamarse correctamente Salón de Jefes de Estado y de Presidentes de la República.
En instituciones públicas, que tienen salones similares, se sigue cayendo en el error de denominar sus galerías de Presidentes y Directores como galerías de EX presidentes y Directores, lo que debe corregirse.