El 59 y el 60: Dos profundos proyectos de reformas en materia de impuestos
Vamos a llamar así a los proyectos presentados a corriente legislativa por el Poder Ejecutivo, bajo los expedientes 23.759 y 23.760
El primero, bajo el nombre Fortalecimiento del Control Tributario. El segundo Ley del Impuesto sobre la renta. Ambos, de convertirse en leyes de la República, cambiarían profundamente el sistema tributario entendido este como el conjunto de normas, de instituciones y de la aplicación e interpretación de las mismas en el modelo económico por parte de destinatarios del sistema mismo: los que pagamos y los que gestionan lo que debemos pagar.
Sobre ambos proyectos me he referido en este espacio. Sobre el que versa sobre el Fortalecimiento del Control Tributario, el 59, una referencia de sus contenidos principales:
1. Adición de un nuevo supuesto de responsabilidad solidaria para los integrantes de un conjunto económico por las deudas generados por cada uno de ellos.
2. Regulación de la responsabilidad subsidiaria en donde la sociedad asumiría subsidiariamente las deudas de su socio, los administradores asumirían las deudas de las sociedades en donde hayan consentido incumplimientos tributarios o en sociedades que hayan sido disueltas o liquidadas.
3. Bastará el indicio de fraude para ampliar la prescripción de 4 a 10 años y se amplían los actos administrativos que interrumpen la prescripción.
4. Será público el detalle de los Grandes Contribuyentes que autoliquidaron y declararon una cuota tributaria de cero o presenten pérdidas.
5. Se autoriza a la Administración Tributaria a realizar secuestro de documentos y bienes sin autorización judicial.
6. Se autoriza el levantamiento del velo societario ( se desconoce la división patrimonial entre el patrimonio de socios y sociedades ) para casos en que se presuma que existe fraude.
7. Se crea un procedimiento administrativo de ejecución sin necesidad de acudir a la vía judicial, o sea las resoluciones de la DGT tendrían la misma eficacia que la sentencia de un juez.
Y sobre el 60, que introduciría la renta global, las siguientes referencias:
1. Se equipara el tratamiento de las personas físicas asalariadas e independientes, con el mismo mínimo exento pero con un nuevo tipo en la escala ( actualmente llega hasta 25% y ahora se aumenta a 30% para los ingresos más altos.
2. Se incluye el gravamen de rentas de capital y ganancias de capital generadas en el exterior, permitiendo deducción por doble imposición internacional
3. Se mantiene una base especial de 15% para rentas y ganancias de capital
4. Los asalariados, con ingresos más altos deberán presentar declaración anual de impuesto sobre la renta
5. Se eliminan los tipos de 10 y 20% en la tarifa del impuesto de las personas jurídicas y se establece uno único de 30% y se elimina la exención del impuesto al dividendo de zonas francas si el beneficiario final es residente en Costa Rica.
6. Se corrigen los cuestionamientos a la definición de establecimiento permanente
7. Se uniforma el impuesto de no residentes ( antes remesas al exterior ) en 15%
8. Se define que las diferencias cambiarias se gravan por el criterio de devengo y no de realización.
9. Los extranjeros con establecimiento permanente tributarán como locales.
10. Se mantiene la exención a las ganancias de capital obtenidas por la transmisión de la vivienda habitual del contribuyente y la exención a las herencias y se elimina el tratamiento del 12.75% en rentas de capital pero se permiten gastos financieros y por mantenimiento.
11. Se estaría obligando a llevar contabilidad ajustada a lo dispuesto en las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF).
12. Se establece el concepto de entidad patrimonial en vez de inactivas y se establece obligación de declaración informativa anual
Ya veremos si estas reformas avanzan o no y tendremos en cuenta las recomendaciones que haga la OCDE sobre nuestro sistema fiscal, pues hemos recibido la visita de los técnicos del organismo que evalúan nuestro modelo, como lo hicieron en el pasado, y quienes recomendarán a nuestras autoridades qué tipo de reformas realistas presentar. He tenido la oportunidad de participar en reuniones con la OCDE en el Ministerio de Hacienda y una vez salgan las recomendaciones será importante emitir una opinión al respecto. Pero que se avecinan discusiones de impuestos, de nuevo, es un hecho y es algo que se supone normal en una democracia y ante una población que cada vez demanda más de su Estado y de sus gobernantes, la cuestión de los recursos se convierte en un tema central.
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