¿Tiene que pagar el impuesto a sociedades? Plazo vence este viernes
El plazo para pagar el impuesto a las personas jurídicas, sin recargo, correspondiente al periodo fiscal 2025 vencerá este viernes 31 de enero, según recordó el Ministerio de Hacienda.
Este tributo grava a todas las sociedades mercantiles, las sociedades de una sucursal extranjera o su representante legal y las empresas individuales de responsabilidad limitada, inscritas a enero del presente año.
El pago se puede realizar por medio de un Débito en Tiempo Real (DTR) en la plataforma Administración Tributaria Virtual (ATV), a través de los servicios web de las entidades bancarias o directamente en sus ventanillas, con solo indicar el número de identificación de la persona jurídica.
Están exentas de este pago las micro y pequeñas empresas inscritas en el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) y los pequeños y medianos productores agropecuarios inscritos en el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG).
Las sociedades con actividad económica lucrativa inscritas ante la Dirección General de Tributación deberán encontrarse al día en la presentación de sus declaraciones autoliquidativas sobre las utilidades y/o renta capital. Esto, con el fin de poder determinar la tarifa del impuesto a pagar.
Las tarifas a pagar, según el tipo de contribuyente, son las siguientes:

*Salario base vigente: ¢462.200 (período 2025).
Hacienda advirtió que quienes no atiendan esta obligación se exponen al pago de intereses y a la sanción por morosidad, de acuerdo con lo establecido en el Código de Normas y Procedimientos Tributarios e incluso a la disolución de la sociedad, conforme lo dispone la ley, cuando no se pague el impuesto durante tres periodos consecutivos.
